Recepción de Recursos de revisión en contra de respuestas o falta de respuestas a Solicitudes de Información Pública y/o del Ejercicio de Derechos ARCO.

Homoclave: SP-2021-1847-003-A Tipo: Servicio Tipo de servicio: Otro
Dependencia: UNIDADES DE ASESORÍA, APOYO TÉCNICO, JURÍDICO Y DE COORDINACIÓN DEL DESPACHO DEL GOBERNADOR
Unidad administrativa: Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública Y Protección de Datos Personales
Nivel de gobierno:
El Recurso de revisión es el medio legal con el que cuentan las personas para impugnar la respuesta o falta de respuesta de los Sujetos Obligados a Solicitudes de Acceso a la Información pública o a sus Solicitudes de Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales (ARCO).
Requisitos
1
Escrito Libre
Original
Detalle
Descripción: El escrito libre para la interposición de Recursos de Revisión en materia de Protección de Datos Personales, deberá de cumplir con los requisitos señalados en el artículo 117, en su caso 107 ,108, y 109 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Quintana Roo
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Quintana Roo
Artículo: 117
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
escrito libre
Original
Detalle
Descripción: El escrito libre para la interposición de Recursos de Revisión en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, deberá de cumplir con los requisitos señalados en el artícullo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Fundamento Jurídico
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo
Artículo: 170
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato
No se presenta formato
Pasos
Presencial
1 Acudir a la Unidad de Transparencia de las Unidades de Asesoría, Apoyo Técnico, Jurídico y de Coordinación adscritas al Despacho de la Gobernadora del Estado.
2 Presentar el escrito libre del Recurso de revisión ante la Unidad de Transparencia.
3 El personal de la Unidad de Transparencia recibe el Recurso de revisión dirigido a la UTAIPPDP.
4 El personal de la Unidad de Transparencia entrega a la persona recurrente el acuse de recibido del Recurso de revisión.
5 El personal de la Unidad de Transparencia remite, a más tardar al día siguiente de su recepción, el Recurso de revisión al Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Quintana Roo (IDAIPQROO).
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
Medios electrónicos
Medios alternativos
1 Realice su Recurso de revisión mediante escrito libre. En caso de que el medio de impugnación sea en materia de Acceso a la Información Pública se deberá dar cumplimiento a los requisitos del artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo. En el supuesto de que el medio de impugnación sea en materia de Protección de Datos Personales, se deberá dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 117 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Quintana Roo.
2 Introducir el Recurso de revisión en el sobre de su preferencia.
3 Escribir en una cara del sobre: nombre de la persona Titular de la Unidad de Transparencia de este Sujeto Obligado y la dirección con código postal de la oficina de la Unidad de Transparencia de esta Dependencia Pública.
4 Escribir en una cara del sobre: los datos generales del remitente.
5 Entregar el sobre en el Servicio Postal o en la empresa de mensajería de su elección.
Costos
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia
Vigencia: no aplica
Observaciones:
Fundamento Jurídico
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Tercero con carta poder
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Se podrá interporner el Recurso de revisión sobre la calidad de la entrega de la información solicitada; es decir, se lleva a cabo cuando la respuesta es en sentido negativo, si no hay respuesta o si hay respuesta afirmativa pero la información entregada es incomprensible o no se encuentra en un formato accesible.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Ninguna de las anteriores
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridad responsable
Responsable del trámite o servicio
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- CINTIA YRAZU DE LA TORRE VILLANUEVA
Cargo: TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (983) 835-1350
Ext: 200572
Datos de la oficina del responsable del trámite: 22 de enero, Exterior 001, Chetumal Centro, Chetumal, CP 77000, Teléfono (983) 835-1350, Extensión 200572, Correo electrónico [email protected], Quintana Roo
Fundamento jurídico
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Quintana Roo
Artículo: 118
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Quintana Roo
Artículo: 106
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo
Artículo: 171
Fracción: II
Inciso: a
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Quintana Roo
Artículo: 115
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo
Artículo: 171
Fracción: I
Inciso: a
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Quintana Roo
Artículo: 106
Fracción: II, V
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo
Artículo: 168
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo
Artículo: 171
Fracción: I
Inciso: b, c
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo
Artículo: 176
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Quintana Roo
Artículo: 106
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Estadística
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
La Unidad de Transparencia recibe el Recurso de revisión y lo remite al Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Quintana Roo, pues es el órgano encargado de dar resolución.
Oficina de atención
Nombre: Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública Y Protección de Datos Personales
Direccion: Quintana Roo, Othón P. Blanco, 22 de enero Chetumal, Chetumal Centro, 001, C.P.77000, Telefono: (983) 835-1350, ,ext. 200572,
Correo: [email protected]
Horario: Lunes 9:00 A. M. a 5:00 P. M.
Horario: Martes 9:00 A. M. a 5:00 P. M.
Horario: Miércoles 9:00 A. M. a 5:00 P. M.
Horario: Jueves 9:00 A. M. a 5:00 P. M.
Horario: Viernes 9:00 A. M. a 5:00 P. M.
Última modificación del trámite o servicio: 14 octubre 2024
¿Dónde realizarlo?

Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública Y Protección de Datos Personales

Quintana Roo, Othón P. Blanco, 22 de enero Chetumal, Chetumal Centro, 001, C.P.77000, Telefono: (983) 835-1350, ,ext. 200572,<BR> Correo: [email protected]