Fundamento de la ficta
Ámbito: Estatal
Tipo: Código
Nombre: CÓDIGO DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Artículo: 31
Fracción: N/A
Inciso: N/A
Párrafo: 1
Número: N/A
Letra: Artículo 31. Para acreditar que opera la afirmativa ficta, invariablemente es necesario asegurarse que a la petición se anexaron las constancias y documentos, que acrediten el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en las normas aplicables al caso específico, así como que la petición se presentó ante la autoridad correspondiente
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Seguridad Pública Tránsito y Vialidad Municipal
Artículo: 204
Fracción: XV
Inciso: N/A
Párrafo: N/A
Número: N/A
Letra: TÍTULO NOVENO TABULADOR CONCEPTO ARTÍCULO 204. Las infracciones cometidas al presente Reglamento, se sancionaran con el equivalente en días de salario mínimo general vigente en la zona económica a que pertenece el Municipio, de acuerdo con el siguiente tabulador: XV. Circulación prohibida: 1. Por circular en zonas destinadas a peatones o zonas no permitidas, de 5 a 15 días.
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Constitución
Nombre: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 8
Fracción: N/A
Inciso: N/A
Párrafo: 1 y 2
Número: N/A
Letra: Artículo 8o. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Ingresos del municipio de Uruapan, Michoacán
Artículo: 27
Fracción: VII
Inciso: N/A
Párrafo: 1
Número: N/A
Letra: ARTÍCULO 27. Los derechos que se causen por la prestación de los servicios de Tránsito Municipal, se pagarán conforme a lo siguiente: VII. Por emisión de permisos para circular vehículos de transporte de carga, así como las maniobras de carga y descarga, en avenidas y horarios restringidos dentro de la Ciudad, por lo que se cobrara de 15 a 30 veces el valor diario de Unidad de Medida y Actualización, por cada 30 días.
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Ingresos del municipio de Uruapan, Michoacán
Artículo: 27
Fracción: VII
Inciso: N/A
Párrafo: 1
Número: N/A
Letra: ARTÍCULO 27. Los derechos que se causen por la prestación de los servicios de Tránsito Municipal, se pagarán conforme a lo siguiente: VII. Por emisión de permisos para circular vehículos de transporte de carga, así como las maniobras de carga y descarga, en avenidas y horarios restringidos dentro de la Ciudad, por lo que se cobrara de 15 a 30 veces el valor diario de Unidad de Medida y Actualización, por cada 30 días.
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Archivos
Artículo: 6
Fracción: N/A
Inciso: N/A
Párrafo: 2
Número: N/A
Letra: El Estado mexicano deberá garantizar la organización, conservación y preservación de los archivos con el objeto de respetar el derecho a la verdad y el acceso a la información contenida en los archivos, así como fomentar el conocimiento del patrimonio documental de la Nación
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Ingresos del municipio de Uruapan, Michoacán
Artículo: 27
Fracción: VII
Inciso: N/A
Párrafo: 1
Número: N/A
Letra: ARTÍCULO 27. Los derechos que se causen por la prestación de los servicios de Tránsito Municipal, se pagarán conforme a lo siguiente: VII. Por emisión de permisos para circular vehículos de transporte de carga, así como las maniobras de carga y descarga, en avenidas y horarios restringidos dentro de la Ciudad, por lo que se cobrara de 15 a 30 veces el valor diario de Unidad de Medida y Actualización, por cada 30 días.
Otro: