Inspección de Vehículo Abandonados

Homoclave: I-ASNG-NLE-1000-ASNG-0029 Tipo de actividad: Corroboración
Dependencia: Ayuntamiento de San Nicolás de la Garza
Unidad administrativa:
Orden de gobierno:
Retiro de Vehículos Abandonados en la vía pública
Datos generales
Tipo: Corroboración
La inspección verificación o visita domiciliaria es: SEGUIMIENTO (se da seguimiento al cumplimiento de alguna obligación en particular)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? No
¿Qué motiva la inspección? A solicitud de parte
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? No
Objetivo de la inspección Retiro de Vehículos Abandonados en la vía pública;
Palabras clave Retiro, Vehículos, Abandonados
Actividades o sectores económicos
Transportes, correos y almacenamiento
Subsector: Servicios relacionados con el transporte
Rama: Otros servicios relacionados con el transporte
Subrama: Otros servicios relacionados con el transporte
Clase: Otros servicios relacionados con el transporte
Requisitos
Formato requerido:
Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
Recibe denuncia de vehículo abandonado
Tiempo aproximado: 3 minutos
2
Acude al domicilio indicado
Tiempo aproximado: 10 minutos
3
Verifica que el vehículo se encuentre realmente abandonado y coloca pegote
Tiempo aproximado: 5 minutos
4
Registra y entrega el Formato de Petición de vehículos abandonados visitados
Tiempo aproximado: 3 minutos
Costo
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: Retiro de Vehículos Abandonados en la vía pública;
Dirigido a: Personas físicas
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Tamaño de empresas:
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: No aplica
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
01 Los visitados a quienes se levante el acta de verificación o inspección, además de formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas con relación a los hechos contenidos en ella de forma verbal o por escrito; pueden ejercer tal derecho dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se levantó el acta
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León
Artículo: 75
Fracción:
01 La inspección y/o verificación se realizará conforme a las disposiciones siguientes y serán supletorias las normas que del mismo modo reglamenten tales acciones: I. El inspector o verificador debe presentarse e identificarse ante las personas titulares de los predios, fincas, instalaciones o bienes muebles objeto de la verificación o en su caso, de sus representantes o de quienes tengan a su cargo la operación, cuidado o resguardo de las mismas, con documento idóneo, vigente y con fotografía, el cual lo acredite para realizar la verificación el día y hora señalado para la práctica de dicha diligencia, circunstancia que deberá hacerse constar en el acta que al efecto se levante, si el acto inicia en estos períodos; II. El resultado de la inspección o verificación se debe hacer constar en un acta circunstanciada y cuando se requieran análisis o estudios adicionales, en dictamen que se emita en forma posterior, donde se harán constar los hechos o irregularidades encontradas y en su caso, sus probables efectos, documentos de los cuales deberá entregarse copia al administrado; III. En la misma acta o dictamen se debe listar los hechos y en su caso las irregularidades identificadas para dar conocimiento al administrado; IV. Cuando en la inspección o verificación participe una autoridad competente y se adviertan hechos que generen condiciones graves de riesgo o peligro, podrán determinarse en el mismo acto, la medida de seguridad que corresponda, de acuerdo a lo establecido en esta Ley, determinación que se hará constar en el acta circunstanciada y se notificará al administrado; V. En ningún caso debe imponerse sanción alguna en la misma visita de verificación, y VI. Si del resultado de la verificación se advierten irregularidades, el responsable del acta circunstanciada o dictamen lo remitirá a la autoridad competente, quien realizará las acciones previstas por la Ley o los reglamentos aplicables.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León
Artículo: 73
Fracción:
01 Retirar de la vía pública los vehículos, remolques y semirremolques que presenten muestras de abandono, inutilidad o desarme mediante el servicio de grúa remitiéndolo al lote autorizado por el Municipio. En cuyo caso se llevará a cabo el siguiente procedimiento: a) Se fijará un aviso por 24-veinticuatro horas a fin de que el interesado, retire su vehículo; y b) Después de vencido el plazo, en caso de no ser retirado, la Autoridad Municipal retirará el vehículo, remolque o semirremolque llevándolo al lote autorizado.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de San Nicolás de los Garza
Artículo: 130
Fracción: IV
Sanciones
Se coloca pegote
La multa es un monto fijo o es calculado: Monto calculado
Tipo de monto: Pesos Mexicanos
Rango de la multa: 0.00 - 0.00
Metodología utilizada para cálculo de la multa:
Inspectores
Secretaría de Movilidad
Dirección de Inspección
Dirección de Inspección
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Ayuntamiento de San Nicolás de la Garza
Unidad administrativa:
Dirección:
Teléfono:
Correo:
Secretaría de Movilidad
Unidad administrativa: Secretaría de Movilidad
Dirección: Arturo B de la Garza 1315 Villarreal San Nicolás de los Garza San Nicolás de los Garza Nuevo León C.P. 66427
Teléfono: (818) 158-1313
Correo:
Fundamento Jurídico
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 130
Fracción: IV
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 75
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 73
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Vialidad y Tránsito del Municipio de San Nicolás de los Garza
Artículo: 105
Fracción: XVII
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 81
Febrero 88
Marzo 154
Abril 77
Mayo 111
Junio 100
Julio 101
Agosto 99
Septiembre 85
Octubre 103
Noviembre 105
Diciembre 111
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
208
Información adicional
Información que se consideré útil para que el interesado realice la inspección, verificación o visita domiciliaria
Domiclio donde se encuentra el vehículo abandonado
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 20 Junio 2023
Autoridad pública responsable

Secretaría de Movilidad

Arturo B de la Garza 1315 Villarreal San Nicolás de los Garza San Nicolás de los Garza Nuevo León C.P. 66427

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