Inspección de Casa-Habitación en Malas Condiciones de Higiene.

Homoclave: I-ASNG-NLE-1000-ASNG-0030 Tipo de actividad: Corroboración
Dependencia: Ayuntamiento de San Nicolás de la Garza
Unidad administrativa:
Orden de gobierno:
Inspeccionar que el domicilio reportado se mantenga salubre, evitando acumulamiento de cacharros, mal olor, falta de limpieza, escurrimiento de desechos de mascotas a vía pública, entre otros.
Datos generales
Tipo: Corroboración
La inspección verificación o visita domiciliaria es: SEGUIMIENTO (se da seguimiento al cumplimiento de alguna obligación en particular)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? No
¿Qué motiva la inspección? A solicitud de parte
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? Si
Objetivo de la inspección Inspeccionar que el domicilio reportado se mantenga salubre, evitando acumulamiento de cacharros, mal olor, falta de limpieza, escurrimiento de desechos de mascotas a vía pública, entre otros.;
Palabras clave Inspección, malas condiciones, Higiene, Casa-Habitación
Actividades o sectores económicos
Construcción
Subsector: Edificación
Rama: Edificación residencial
Subrama: Edificación residencial
Clase: Supervisión de edificación residencial
Requisitos
Formato requerido:
Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
Recibe Fomato de Petición
Tiempo aproximado: 3 minutos
2
Acude a la Casa-Habitación denunciada
Tiempo aproximado: 10 minutos
3
Inspecciona condiciones de salubridad de la Casa-Habitación
Tiempo aproximado: 5 minutos
4
Registra y entrega Formato de Petición de la Casa-Habitación Inspeccionada al Jefe Inmediato
Tiempo aproximado: 3 minutos
Costo
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: Inspeccionar que el domicilio reportado se mantenga salubre, evitando acumulamiento de cacharros, mal olor, falta de limpieza, escurrimiento de desechos de mascotas a vía pública, entre otros.;
Dirigido a: Personas físicas
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Tamaño de empresas:
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: No aplica
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
01 - Los visitados a quienes se levante el acta de verificación o inspección, además de formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas con relación a los hechos contenidos en ella de forma verbal o por escrito; pueden ejercer tal derecho dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se levantó el acta
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León
Artículo: 75
Fracción:
01 La inspección y/o verificación se realizará conforme a las disposiciones siguientes y serán supletorias las normas que del mismo modo reglamenten tales acciones: I. El inspector o verificador debe presentarse e identificarse ante las personas titulares de los predios, fincas, instalaciones o bienes muebles objeto de la verificación o en su caso, de sus representantes o de quienes tengan a su cargo la operación, cuidado o resguardo de las mismas, con documento idóneo, vigente y con fotografía, el cual lo acredite para realizar la verificación el día y hora señalado para la práctica de dicha diligencia, circunstancia que deberá hacerse constar en el acta que al efecto se levante, si el acto inicia en estos períodos; II. El resultado de la inspección o verificación se debe hacer constar en un acta circunstanciada y cuando se requieran análisis o estudios adicionales, en dictamen que se emita en forma posterior, donde se harán constar los hechos o irregularidades encontradas y en su caso, sus probables efectos, documentos de los cuales deberá entregarse copia al administrado; III. En la misma acta o dictamen se debe listar los hechos y en su caso las irregularidades identificadas para dar conocimiento al administrado; IV. Cuando en la inspección o verificación participe una autoridad competente y se adviertan hechos que generen condiciones graves de riesgo o peligro, podrán determinarse en el mismo acto, la medida de seguridad que corresponda, de acuerdo a lo establecido en esta Ley, determinación que se hará constar en el acta circunstanciada y se notificará al administrado; V. En ningún caso debe imponerse sanción alguna en la misma visita de verificación, y VI. Si del resultado de la verificación se advierten irregularidades, el responsable del acta circunstanciada o dictamen lo remitirá a la autoridad competente, quien realizará las acciones previstas por la Ley o los reglamentos aplicables.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León
Artículo: 73
Fracción: I - VI
Sanciones
Recomendación a mantener en buenas condiciones la casa-habitación
Inspectores
Dirección General de Salud
Dirección General de Salud
Dirección General de Salud
Dirección General de Salud
Dirección General de Salud
Dirección General de Salud
Dirección General de Salud
Dirección de Inspección
Dirección de Inspección
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Ayuntamiento de San Nicolás de la Garza
Unidad administrativa:
Dirección:
Teléfono:
Correo:
Dirección General de Salud
Unidad administrativa: Dirección General de Salud
Dirección: Jorge Gonzalez Camarena S/N Valle Dorado San Nicolás de los Garza San Nicolás de los Garza Nuevo León C.P. 66418
Teléfono: (818) 153-1356
Correo:
Fundamento Jurídico
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 75
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 28
Fracción: I, II, III
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 54
Fracción: I - VI
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento Orgánico del Gobierno Municipal de San Nicolás de los Garza
Artículo: 48
Fracción: V
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 73
Fracción: I - VI
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 51
Febrero 38
Marzo 67
Abril 44
Mayo 77
Junio 64
Julio 72
Agosto 65
Septiembre 61
Octubre 83
Noviembre 42
Diciembre 46
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
0
Información adicional
Información que se consideré útil para que el interesado realice la inspección, verificación o visita domiciliaria
Que el domicilio sea de San Nicolás de los Garza, N. L.
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 20 Junio 2023
Autoridad pública responsable

Dirección General de Salud

Jorge Gonzalez Camarena S/N Valle Dorado San Nicolás de los Garza San Nicolás de los Garza Nuevo León C.P. 66418

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