Visitas en materia de Recolección de Hidrocarburos

Homoclave: I-CNH-0004 Tipo de actividad: Supervisión
Dependencia: Comisión Nacional de Hidrocarburos
Unidad administrativa: Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos
Orden de gobierno:
Verificar el cumplimiento de los Lineamientos Técnicos en Materia de Recolección de Hidrocarburos.
Datos generales
Tipo: Supervisión
La inspección verificación o visita domiciliaria es: SEGUIMIENTO (se da seguimiento al cumplimiento de alguna obligación en particular), REACTIVA (como respuesta a un accidente o amenaza particular), PREVENTIVA (se realiza para prevenir algún impacto negativo)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? No
¿Qué motiva la inspección? A solicitud de parte, De oficio, Extraordinaria, Ordinaria
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? Si
Objetivo de la inspección Verificar el cumplimiento de los Lineamientos Técnicos en Materia de Recolección de Hidrocarburos.;
Palabras clave Sistemas de Recolección por ductos, Términos y condiciones para la prestación del servicio de Recolección (TCPS), Sistema, Balance, Calidad, Operaciones, Instalación, Recolección
Actividades o sectores económicos
Minería
Subsector: Extracción de petróleo y gas
Rama: Extracción de petróleo y gas
Subrama: Extracción de petróleo y gas
Clase: Extracción de petróleo y gas natural asociado , Extracción de gas natural no asociado
Requisitos
Formato requerido:
Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
Verificar física y documentalmente las actividades de Recolección de Hidrocarburos
Tiempo aproximado: 10 días
Costo
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: Verificar el cumplimiento de los Lineamientos Técnicos en Materia de Recolección de Hidrocarburos.;
Dirigido a: Personas morales
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria? Para los Operadores Petroleros que realicen o pretendan realizar actividades de Recolección de Petróleo, Gas Natural sin procesar o seco directo de campos, condensados, líquidos del Gas Natural e hidratos de metano, una vez que éstos han sido extraídos del subsuelo, mediante un Sistema de Recolección.
Tamaño de empresas: No aplica
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos ReguladosEn las oficinas del Sujeto ObligadoMedios electrónicos
Periocidad en la que realiza: No aplica
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
01 Recibir copia del acta circunstanciada.
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 53
Fracción:
02 Formular observaciones y ofrecer pruebas en relación a los hechos y omisiones contenidos en el Acta Circunstanciada, o en su caso, dicho derecho puede ser ejercido en el término de cinco días hábiles siguientes a la fecha en que concluye la Visita de manera escrita en la Oficialía de Partes de la Comisión.
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 51
Fracción:
02 Designar dos testigos
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
02 Recibir un ejemplar de la Orden de Visita.
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 46
Fracción:
02 Formular observaciones y ofrecer pruebas en relación a los hechos y omisiones contenidos en el Acta Circunstanciada, o en su caso, dicho derecho puede ser ejercido en el término de cinco días hábiles siguientes a la fecha en que concluye la Visita de manera escrita en la Oficialía de Partes de la Comisión.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 68
Fracción:
02 Recibir copia del acta circunstanciada.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 66
Fracción:
02 Designar dos testigos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 66
Fracción:
02 Recibir copia de la orden escrita con firma autógrafa expedida por la autoridad competente.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 65
Fracción:
01 Permitir el acceso y dará las facilidades al personal de la Comisión y a los terceros independientes;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamentos Técnicos en Materia de Recolección de Hidrocarburos
Artículo: 47
Fracción:
02 Permitir el acceso a los Verificadores y dar las facilidades e informes que estos requieran para el desarrollo de su labor.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
02 Permitir el acceso a los establecimientos objeto de verificación.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Admiistrativo
Artículo: 64
Fracción:
02 Dar facilidades e informes a los verificadores para el desarrollo de su labor.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 64
Fracción:
02 Permitir el acceso a sus instalaciones y equipos.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Hidrocarburos
Artículo: 47
Fracción: VII
02 Facilitar la labor de los inspectores y verificadores.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Hidrocarburos
Artículo: 47
Fracción: VII
02 Cumplir con la regulación, lineamientos y disposiciones administrativas que emita la Comisión Nacional de Hidrocarburos en el ámbito de su competencia;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Hidrocarburos
Artículo: 47
Fracción: VIII
02 Cumplir los términos y condiciones que se establezcan en las Asignaciones, Contratos para la Exploración y Extracción y autorizaciones;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Hidrocarburos
Artículo: 47
Fracción: III
01 Requerir el acuse de recibo correspondiente de puño y letra, y precisando su nombre completo, fecha y firma, sobre la entrega de un ejemplar de la Orden de Vsita.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 46
Fracción:
02 Señalar al visitado que tiene el derecho de formular observaciones y ofrecer pruebas en relación a los hechos y omisiones contenidos en el Acta Circunstanciada, o en su caso, hacer de su conocimiento que dicho derecho puede ser ejercido en el término de cinco días hábiles siguientes a la fecha en que concluye la Visita de manera escrita en la Oficialía de Partes de la Comisión, una vez leídos en presencia de los testigos y el visitado.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 51
Fracción:
02 Dejar copia del acta circunstanciada a la persona con quien se entendió la diligencia, aunque se hubiere negado a firmar, lo que no afectará la validez de la diligencia ni del documento de que se trate.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 49
Fracción:
02 Hacer constar en el acta circunstanciada: I. Nombre, denominación o razón social del Operador Petrolero, Autorizado o Usuario; II. Hora, día, mes y año en que se inicie y concluya la Visita; III. Calle, número, población o colonia, teléfono u otra forma de comunicación disponible, municipio o alcaldía, código postal y entidad federativa y en su caso, coordenadas geográficas en que se encuentre ubicado el lugar en que se practique la Visita; IV. Número y fecha de la Orden de Visita; V. Nombre y cargo de la persona con quien se entendió la Visita; VI. Nombre y domicilio de las personas que fungieron como testigos; VII. Datos relativos a la actuación (hechos y omisiones observados durante el desarollo de la Visita) inlcuyento toda aquella información adicional que se presente, se conozca o se recabe durante la misma, se deberá realizar la descripción de los documentos que exhibe la persona con quien se entiende la Visita y en su caso, precisar si ésta se anexa en original, copia certificada o simple; VIII. Declaración del visitado, si quisiera hacerla; y IX. Nombre y firma de quienes intervinieron en la Visita. Si se negare a firmar el visitado o su representante legal, ello no afectará la validez del Acta Circunstanciada, debiendo los Verificadores asentar la razón relativa; X. Apercibimiento de las faltas en que incurren quienes declaran falsamente ante autoridad distinta de la judicial, en el ejercicio de sus atribuciones, y XI. Circunstanciación del cierre del acta de la Visita, la cual podrá ser final o parcial, según sea el caso, indicando fecha y hora del mismo.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 49
Fracción:
02 Los Verificadores, en ningún momento podrán autorizar u ordenar el paro o la modificación de procesos, procedimientos o Instalaciones al personal de la Instalación con relación al objeto de la Visita.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
02 Levantar acta circunstanciada de la visita.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 49
Fracción:
02 Se encuentra facultado para fotocopiar, fotografiar, digitalizar, respaldar o reproducir de cualquier modo, los hallazgos que se encuentren disponibles, previo consentimiento del visitado.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
02 Designar dos testigos si la persona con quien se entiende la diligencia se hubiere negado a proponerlos.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
02 Solicitar a la persona con quien se entiende la diligencia que designe dos testigos de asistencia.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
02 Solicitar el acceso a las Instalaciones y hacer del conocimiento a la persona con quien se entienda la diligencia el objeto y alcance de la misma, solicitando se brinden todas las facilidades para el desempeño de sus funciones;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
02 Hacer constar por escrito, por medio de un Acta Circunstanciada, describiendo la forma en que se desarrollaron los hechos y las personas que intervinieron en los mismos, en caso de no permitir el acceso a los Verificadores.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 47
Fracción:
02 Estar provistos de orden escrita con firma autógrafa expedida por la autoridad competente.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimeinto Administrativo
Artículo: 63
Fracción:
02 Exhibir la orden escrita al inicio de la visita.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Admiistrativo
Artículo: 65
Fracción:
02 Dejar copia al propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento de la orden escrita.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 65
Fracción:
02 Exhibir credencial vigente con fotografía, al inicio de la visita, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar su función.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Procedimiento Administrativo
Artículo: 65
Fracción:
02 Proponer dos testigos si la persona con quien se entiende la diligencia se hubiere negado a proponerlos.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 66
Fracción:
02 Levantar acta circunstanciada de la visita.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 66
Fracción:
02 Hacer constar en el acta circunstanciada: I. Nombre, denominación o razón social del visitado; II. Hora, día, mes y año en que se inicie y concluya la diligencia; III. Calle, número, población o colonia, teléfono u otra forma de comunicación disponible, municipio o alcaldía, código postal y entidad federativa en que se encuentre ubicado el lugar en que se practique la visita; IV. Número y fecha del oficio de comisión que la motivó; V. Nombre y cargo de la persona con quien se entendió la diligencia; VI. Nombre y domicilio de las personas que fungieron como testigos; VII. Datos relativos a la actuación; VIII. Declaración del visitado, si quisiera hacerla; y IX. Nombre y firma de quienes intervinieron en la diligencia incluyendo los de quien la hubiere llevado a cabo. Si se negaren a firmar el visitado o su representante legal, ello no afectará la validez del acta, debiendo el verificador asentar la razón relativa.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 67
Fracción:
02 Corroborar la ubicación.;
03 Identificarse con credencial vigente con fotografía, al inicio de la visita, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar su función y el oficio de habilitación respectivo.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 46
Fracción:
02 Hacer entrega de un ejemplar de la Orden de Visita.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 46
Fracción:
02 Asentar en el Acta Circunstanciada, al concluir la Visita, el cierre de la misma recopilando en la última hoja nombre completo y firma de las personas que en ella intervinieron, señalando al visitado que, en su caso, su negativa a firmar o la negativa de los testigos no afectará la validez del Acta Circunstanciada respectiva.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 52
Fracción:
02 Dejar copia del acta circunstanciada a la persona con quien se entendió la diligencia, aunque se hubiere negado a firmar, lo que no afectará la validez de la diligencia ni del documento de que se trate.;
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 53
Fracción:
Sanciones
Las demás que señalan las leyes o reglamentos respectivas, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa que resulte de la aplicación de sanciones de otros ordenamientos.
Multa
La multa es un monto fijo o es calculado: Monto calculado
Tipo de monto: Actualización (UMA)
Rango de la multa: 7500.00 - 7500000.00
Metodología utilizada para cálculo de la multa: La Comisión Nacional de Hidrocarburos sancionará:
1. Llevar a cabo cualquier acto que impida la Exploración, desarrollo y producción de Hidrocarburos, las actividades relacionadas con la ejecución de los trabajos geológicos, geofísicos u otros violando lo establecido en la Ley de Hidrocarburos y la regulación que emita la Comisión Nacional de Hidrocarburos, con multa de entre setenta y cinco mil a doscientas veinticinco mil UMA’s.
2. Publicar, entregar o allegarse de información propiedad de la Nación a la que se refiere el artículo 32 de la Ley de Hidrocarburos, por medios distintos a los contemplados en la misma o sin contar con el consentimiento previo de la Comisión Nacional de Hidrocarburos con multa de entre setenta y cinco mil a doscientas veinticinco mil UMA’s.
3. Las demás violaciones al Título Segundo de la Ley de Hidrocarburos y a sus disposiciones reglamentarias, así como a la regulación, lineamientos y disposiciones administrativas competencia de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, serán sancionadas con multa de entre quince mil a cuatrocientas cincuenta mil UMA’s.
4. La restricción de acceso a instalaciones y equipos relacionados con actividades de la industria de Hidrocarburos, a los inspectores y verificadores, con multa de entre setenta y cinco mil a doscientas veinticinco mil UMA’s.
5. El incumplimiento o entorpecimiento de la obligación de informar o reportar, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, cualquier situación relacionada con la Ley de Hidrocarburos o sus disposiciones reglamentarias, con multa de entre siete mil quinientas a ciento cincuenta mil veces UMA’s. La sanción anterior será aplicable a los terceros que operen por cuenta y orden de los Asignatarios o Contratistas que incumplan o entorpezcan la obligación de informar o reportar a las autoridades que correspondan, conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Hidrocarburos y demás disposiciones aplicables.
6. Proporcionar información falsa, alterada o simula registros de contabilidad, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, con multa de entre tres millones setecientas cincuenta mil a siete millones quinientas mil UMA’s.
En la imposición de la sanción respectiva, se considerará en su caso:
1.- Los daños que se hubieren producido o puedan producirse.
2.- El carácter intencional o no de la acción u omisión constitutiva de la infracción.
3.- La gravedad de la infracción.
4.- La reincidencia del infractor.
5.- La capacidad económica del infractor.
Cuando en una misma acta se hagan constar diversas infracciones, las multas se determinarán separadamente, así como el monto total de todas ellas; considerando que, si en dicha acta se comprende a dos o más infractores, a cada uno de ellos se le impondrá la sanción que corresponda. En caso de reincidencia, se impondrá una multa por el doble de la anteriormente impuesta, sin que su monto exceda del doble del máximo.
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Artículo: 87
Fracción:
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Nombre: Ley Federal de Procedimeinto Administrativo
Artículo: 70
Fracción: II, VI
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Artículo: 85
Fracción: II, III, IV
Inspectores
Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad Técnica de Exploración y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad Técnica de Extracción y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad Técnica de Extracción y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad Técnica de Extracción y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad Técnica de Extracción y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad Técnica de Exploración y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad Jurídica
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Unidad Técnica de Extracción y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad Técnica de Extracción y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Unidad Técnica de Extracción y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad Técnica de Extracción y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad Técnica de Extracción y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad Técnica de Exploración y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2023
Unidad Técnica de Exploración y su Supervisión
Unidad Jurídica
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Unidad Técnica de Exploración y su Supervisión
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Comisión Nacional de Hidrocarburos
Unidad administrativa: Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos
Dirección: Patriotismo Benito Juárez, Santa María Nonoalco, 580, C.P.03700, Telefono: (554) 774-6500, ,ext. 0000_,<BR> Correo: [email protected]
Teléfono: (554) 774-6500
Comisión Nacional de Hidrocarburos
Unidad administrativa: Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos
Dirección: Patriotismo 580 Santa María Nonoalco Benito Juárez Benito Juárez Ciudad de México C.P. 03700
Teléfono: (554) 774-6500
Fundamento Jurídico
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 53
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 66
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 46
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 49
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 51
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 53
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 68
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamentos Técnicos en Materia de Recolección de Hidrocarburos
Artículo: 47
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 85
Fracción: II
Multa
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 87
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 25
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22
Fracción: II
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 66
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 46
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Admiistrativo
Artículo: 65
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimeinto Administrativo
Artículo: 63
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 46
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 65
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 64
Fracción:
Multa
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimeinto Administrativo
Artículo: 71, 73, 77
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos Técnicos en Materia de Recolección de Hidrocarburos
Artículo: 47
Fracción: IV
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22
Fracción: XIII
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 47
Fracción: III
Multa
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 85
Fracción: III
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 87
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 65
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 66
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 46
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 49
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 52
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 51
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 66
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 47
Fracción: VII
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimeinto Administrativo
Artículo: 70
Fracción: II, VI
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 8
Fracción: II
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 43
Fracción: 1
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Procedimiento Administrativo
Artículo: 65
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 67
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 47
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 49
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos de Supervisión
Artículo: 48
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 66
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Admiistrativo
Artículo: 64
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 47
Fracción: VII
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 85
Fracción: II, III, IV
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 62
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 47
Fracción: VIII
Multa
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 85
Fracción: II
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 0
Febrero 0
Marzo 0
Abril 0
Mayo 0
Junio 0
Julio 0
Agosto 0
Septiembre 0
Octubre 0
Noviembre 0
Diciembre 0
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
0
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 13 Mayo 2024
Autoridad pública responsable

Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos

Patriotismo 580 Santa María Nonoalco Benito Juárez Benito Juárez Ciudad de México C.P. 03700

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Catálogo Nacional