Verificación Sanitaria para Servicios Urbanos de Fumigación, Desinfección y Control de Plagas
Modalidad A.- Para servicios urbanos de fumigación, desinfección y control de plagas.

Homoclave: I-SALUD-TAB-0-SALUD-0002 Tipo de actividad: Vigilancia, Control
Dependencia: Secretaria de Salud
Unidad administrativa: Dirección de Protección Contra Riesgos Sanitarios
Orden de gobierno:
OBJETO: VISITA DE VERIFICACIÓN SANITARIA PARA CONSTATAR LAS CONDICIONES SANITARIA DE INFRAESTRUCTURA, EQUIPÁMIENTO, INSTRUMENTAL, ASI COMO LA DOCUMENTACIÓN SANITARIA. ALCANCE 1: VISITA DE VERIFICACION SANITARIA PARA CONSTATAR LAS CONDICIONES SANITARIAS DEL ESTABLECIMIENTO; PROCESOS, EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Y DE TRABAJO, DOCUMENTACIÓN, REGISTROS, MANUALES, PROCEDIMIENTOS, ANÁLISIS CLÍNICOS DEL PERSONAL, TRANSPORTE, CONTROLES, PRODUCTOS, ETIQUETADO, Y DISPOSICIÓN FINAL DE LOS DESECHOS O SUSTANCIAS TÓXICAS. ALCANCE 2: DE LAS CONDICIONES SANITARIAS QUE DETERMINAN LA CALIDAD DE PRODUCTO, DE LA DOCUMENTACIÓN EN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA QUE AMPARE EL FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO Y ADQUISICIÓN DE LOS PRODUCTOS O INSUMOS, CONFORME A LA NORMATIVIDAD SANITARIA APLICABLE EN LA MATERIA QUE CORRESPONDA DE ACUERDO ART. 17 BIS FRACCIONES VI, VII, X Y XIII DE LA LEY GENERAL DE SALUD. ALCANCE 3: EN CASO DE ENCONTRAR IRREGULARIDADES EN EL ESTABLECIMIENTO O EN LOS PRODUCTOS, O RIESGOS A LA SALUD DE LA POBLACIÓN APLICAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD QUE CORRESPONDA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 397, 402, 411, 412,414 Y 414 BIS DE LA LEY GENERAL DE SALUD. ALCANCE 4: PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES EL PERSONAL DESIGNADO PODRÁ REALIZAR TOMA VIDEOGRAFICA Y/O FOTOGRÁFICAS DEL ESTABLECIMIENTO, DE LOS PRODUCTOS O DE LAS ACCIONES QUE SE REALICEN EN CUMPLIMIENTO A LA PRESENTE ORDEN. DE CONFORMIDAD CON LA PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE TABASCO, NO. 8676 DE FECHA 29 DE MARZO DE 2023.
Datos generales
Tipo: Vigilancia, Control
La inspección verificación o visita domiciliaria es: PREVENTIVA (se realiza para prevenir algún impacto negativo), REACTIVA (como respuesta a un accidente o amenaza particular), SEGUIMIENTO (se da seguimiento al cumplimiento de alguna obligación en particular)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? No
¿Qué motiva la inspección? Ordinaria, Extraordinaria, De oficio, A solicitud de parte, Forma parte de un trámite o servicio
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? Si
Objetivo de la inspección OBJETO: VISITA DE VERIFICACIÓN SANITARIA PARA CONSTATAR LAS CONDICIONES SANITARIA DE INFRAESTRUCTURA, EQUIPÁMIENTO, INSTRUMENTAL, ASI COMO LA DOCUMENTACIÓN SANITARIA. ALCANCE 1: VISITA DE VERIFICACION SANITARIA PARA CONSTATAR LAS CONDICIONES SANITARIAS DEL ESTABLECIMIENTO; PROCESOS, EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Y DE TRABAJO, DOCUMENTACIÓN, REGISTROS, MANUALES, PROCEDIMIENTOS, ANÁLISIS CLÍNICOS DEL PERSONAL, TRANSPORTE, CONTROLES, PRODUCTOS, ETIQUETADO, Y DISPOSICIÓN FINAL DE LOS DESECHOS O SUSTANCIAS TÓXICAS. ALCANCE 2: DE LAS CONDICIONES SANITARIAS QUE DETERMINAN LA CALIDAD DE PRODUCTO, DE LA DOCUMENTACIÓN EN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA QUE AMPARE EL FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO Y ADQUISICIÓN DE LOS PRODUCTOS O INSUMOS, CONFORME A LA NORMATIVIDAD SANITARIA APLICABLE EN LA MATERIA QUE CORRESPONDA DE ACUERDO ART. 17 BIS FRACCIONES VI, VII, X Y XIII DE LA LEY GENERAL DE SALUD. ALCANCE 3: EN CASO DE ENCONTRAR IRREGULARIDADES EN EL ESTABLECIMIENTO O EN LOS PRODUCTOS, O RIESGOS A LA SALUD DE LA POBLACIÓN APLICAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD QUE CORRESPONDA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 397, 402, 411, 412,414 Y 414 BIS DE LA LEY GENERAL DE SALUD. ALCANCE 4: PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES EL PERSONAL DESIGNADO PODRÁ REALIZAR TOMA VIDEOGRAFICA Y/O FOTOGRÁFICAS DEL ESTABLECIMIENTO, DE LOS PRODUCTOS O DE LAS ACCIONES QUE SE REALICEN EN CUMPLIMIENTO A LA PRESENTE ORDEN. DE CONFORMIDAD CON LA PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE TABASCO, NO. 8676 DE FECHA 29 DE MARZO DE 2023.;
Palabras clave Servicios Urbanos de Fumigación y Exterminación de Plagas
Actividades o sectores económicos
Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza
Subsector: Agricultura, Cría y explotación de animales, Pesca, caza y captura, Servicios relacionados con las actividades agropecuarias y forestales
Rama: Cultivo de semillas oleaginosas, leguminosas y cereales, Cultivo de hortalizas, Cultivo de frutales y nueces, Cultivo en invernaderos y otras estructuras agrícolas protegidas, y floricultura, Otros cultivos
Subrama: Cultivo de soya, Cultivo de semillas oleaginosas, excepto soya, Cultivo de leguminosas, Cultivo de trigo, Cultivo de maíz, Cultivo de arroz, Cultivo de hortalizas, Cultivo de naranja, Cultivo de otros cítricos, Cultivo de frutales no cítricos y de nueces, Cultivo de productos alimenticios en invernaderos y otras estructuras agrícolas protegidas, Floricultura, y otros cultivos de productos no alimenticios en invernaderos y otras estructuras agrícolas protegidas, Cultivo de tabaco, Cultivo de algodón, Cultivo de caña de azúcar, Cultivo de alfalfa y pastos, Otros cultivos
Clase: Cultivo de soya , Cultivo de cártamo , Cultivo de girasol , Cultivo anual de otras semillas oleaginosas , Cultivo de frijol grano , Cultivo de garbanzo grano , Cultivo de otras leguminosas , Cultivo de trigo , Cultivo de maíz grano , Cultivo de algodón , Cultivo de alfalfa , Cultivo de pastos , Cultivo de agaves alcoholeros , Cultivo de cacahuate , Actividades agrícolas combinadas con explotación de animales , Actividades agrícolas combinadas con aprovechamiento forestal , Actividades agrícolas combinadas con explotación de animales y aprovechamiento forestal , Otros cultivos
Industrias manufactureras
Subsector: Industria alimentaria, Industria de las bebidas y del tabaco, Fabricación de insumos textiles y acabado de textiles, Fabricación de prendas de vestir, Industria de la madera, Industria química, Otras industrias manufactureras
Comercio al por mayor
Subsector: Comercio al por mayor de abarrotes, alimentos, bebidas, hielo y tabaco
Comercio al por menor
Servicios de apoyo a los negocios y manejo de residuos, y servicios de remediación
Servicios educativos
Servicios de salud y de asistencia social
Tramites de la inspección
La inspección es motivada por los siguientes trámites
La inspección o verificación se les realiza a los sujetos regulados que obtuvieron la resolución de los siguientes trámites:
Requisitos
Formato requerido:
ACTA PARA LICENCIA DE APLICADORAS DE PLAGUICIDAS..docx
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Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
Se presenta al establecimiento con la orden de visita y le informa al propietario, representante u ocupante, el objeto y alcance de la visita sanitaria , además de solicitar la designación de dos testigos que deberán permanecer lo que dure la verificación
Tiempo aproximado: 1 día, 8 horas
2
Posterior a la verificación, se emite la opinión técnico legal, en caso de contar con observaciones, se le otorga una prevención única para el cumplimiento de los ordenamientos y se le notifica al particular
Tiempo aproximado: 1 día, 2 horas
3
Al término de la prevención, se realiza nuevamente la verificación sanitaria para comprobación del plazo otorgado y en caso de cumplir, se dictamina la emisión de la licencia sanitaria
Tiempo aproximado: 1 día, 1 hora
Ámbito: Federal 1
Tipo: Ley
Nombre: LEY GENERAL DE SALUD
Artículo: 396
Fracción: I
Ámbito: Federal 1
Tipo: Ley
Nombre: LEY GENERAL DE SALUD
Artículo: 430
Fracción:
Ámbito: Federal 1
Tipo: Ley
Nombre: LEY GENERAL DE SALUD
Artículo: 198
Fracción: III
Costo
Variable
Criterios para calcular el monto Monto Calculado
¿Cuál es la moneda o unidad de medida? Pesos Mexicanos
Rango inicial $ 6,495.00
Rango final $ 6,495.00
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: OBJETO: VISITA DE VERIFICACIÓN SANITARIA PARA CONSTATAR LAS CONDICIONES SANITARIA DE INFRAESTRUCTURA, EQUIPÁMIENTO, INSTRUMENTAL, ASI COMO LA DOCUMENTACIÓN SANITARIA. ALCANCE 1: VISITA DE VERIFICACION SANITARIA PARA CONSTATAR LAS CONDICIONES SANITARIAS DEL ESTABLECIMIENTO; PROCESOS, EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Y DE TRABAJO, DOCUMENTACIÓN, REGISTROS, MANUALES, PROCEDIMIENTOS, ANÁLISIS CLÍNICOS DEL PERSONAL, TRANSPORTE, CONTROLES, PRODUCTOS, ETIQUETADO, Y DISPOSICIÓN FINAL DE LOS DESECHOS O SUSTANCIAS TÓXICAS. ALCANCE 2: DE LAS CONDICIONES SANITARIAS QUE DETERMINAN LA CALIDAD DE PRODUCTO, DE LA DOCUMENTACIÓN EN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA QUE AMPARE EL FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO Y ADQUISICIÓN DE LOS PRODUCTOS O INSUMOS, CONFORME A LA NORMATIVIDAD SANITARIA APLICABLE EN LA MATERIA QUE CORRESPONDA DE ACUERDO ART. 17 BIS FRACCIONES VI, VII, X Y XIII DE LA LEY GENERAL DE SALUD. ALCANCE 3: EN CASO DE ENCONTRAR IRREGULARIDADES EN EL ESTABLECIMIENTO O EN LOS PRODUCTOS, O RIESGOS A LA SALUD DE LA POBLACIÓN APLICAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD QUE CORRESPONDA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 397, 402, 411, 412,414 Y 414 BIS DE LA LEY GENERAL DE SALUD. ALCANCE 4: PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES EL PERSONAL DESIGNADO PODRÁ REALIZAR TOMA VIDEOGRAFICA Y/O FOTOGRÁFICAS DEL ESTABLECIMIENTO, DE LOS PRODUCTOS O DE LAS ACCIONES QUE SE REALICEN EN CUMPLIMIENTO A LA PRESENTE ORDEN. DE CONFORMIDAD CON LA PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE TABASCO, NO. 8676 DE FECHA 29 DE MARZO DE 2023.;
Dirigido a: Personas físicas | Personas físicas con actividad empresarial | Personas morales
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria? LEY GENERAL DE SALUD, Artículos 393, 396 FRACCIÓN I, 397, 398, 399, 400 y 401 FRACCIONES I, II, III y IV
REGLAMENTO DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS.- Artículo 3. ARTÍCULO 3. Para el cumplimiento de su objeto, la Comisión Federal tiene a su cargo las siguientes atribuciones: I. Ejercer la regulación, control, vigilancia y fomento sanitarios, que en términos de las disposiciones aplicables corresponden a la Secretaría en materia de:
g. plaguicidas y fertilizantes;
h. nutrientes vegetales;
i. sustancias tóxicas o peligrosas para la salud;
Tamaño de empresas: No se distingue por tamaño de empresa
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: Mensual
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
01 1. Solicitar la identificación del verificador
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Admiistrativo
Artículo: 65
Fracción:
02 2. Autorizar videograbación durante la visita
Ámbito: Estatal
Tipo: Procedimiento
Nombre: Procedimiento para la Realización de Videograbación en Visitas de Verificación y en Salas Multidisciplinarias
Artículo: OCTAVO, NOVENO, DECIMO, DECIMO PRIMERO
Fracción:
02 3. Recibir la orden de verificación
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 399
Fracción:
02 4. Conocer el propósito y alcance de la visita de verificación
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 399
Fracción:
02 5. Designar dos testigos, los cuales deberán permanecer durante toda la verificación sanitaria
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 401
Fracción: II
02 6. Conocer los hechos de la verificación
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 68
Fracción:
02 7. Leer el acta de verificación, recabar firmas y recibir copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 401
Fracción: IV
02 8. Manifestar en el acta lo que a su derecho convenga, en relación a lo descrito por el verificador sanitaria
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 401
Fracción: IV
02 9. Conocer las medidas correctivas de la verificación
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 401
Fracción: III
02 10. Conocer las medidas de seguridad que se pudieran aplicar
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 397, 401
Fracción: III
01 Permitir el acceso al establecimiento al verificador sanitario, firmar la orden de visita, firmar la carta de consentimiento de visita, designar los dos testigos y que permanezcan durante la verificación sanitaria, proporcionar los documentos que le sean solicitados acorde al acta de verificación sanitaria levantada, manifestar lo que a su derecho convenga al término de la visita, firmar el acta correspondiente.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 396
Fracción: I
01 Al iniciar la visita el verificador deberá exhibir la credencial vigente, expedida por la autoridad sanitaria competente, que lo acredite legalmente para desempeñar dicha función, así como la orden expresa a que se refiere el artículo 399 de esta ley, de la que deberá dejar copia al propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento. Esta circunstancia se deberá anotar en el acta correspondiente; ;
02 Al inicio de la visita, se deberá requerir al propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento, o conductor del transporte, que proponga a dos testigos que deberán permanecer durante el desarrollo de la visita. Ante la negativa o ausencia del visitado, los designará la autoridad que practique la verificación. Estas circunstancias, el nombre, domicilio y firma de los testigos, se hará constar en el acta;;
03 Al iniciar la visita el verificador deberá exhibir la credencial vigente, expedida por la autoridad sanitaria competente, que lo acredite legalmente para desempeñar dicha función, así como la orden expresa, de la que deberá dejar copia al propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento. Esta circunstancia se deberá anotar en el acta correspondiente; Al inicio de la visita, se deberá requerir al propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento, o conductor del transporte, que proponga a dos testigos que deberán permanecer durante el desarrollo de la visita. Ante la negativa o ausencia del visitado, los designará la autoridad que practique la verificación. Estas circunstancias, el nombre, domicilio y firma de los testigos, se hará constar en el acta; En el acta que se levante con motivo de la verificación, se harán constar las circunstancias de la diligencia, las deficiencias o anomalías sanitarias observadas, el número y tipo de muestras tomadas o en su caso las medidas de seguridad que se ejecuten, y Al concluir la verificación, se dará oportunidad al propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento o conductor del transporte, de manifestar lo que a su derecho convenga, asentando su dicho en el acta respectiva y recabando su firma en el propio documento, del que se le entregará una copia. La negativa a firmar el acta o a recibir copia de la misma o de la orden de visita, se deberá hacer constar en el referido documento y no afectará su validez, ni la de la diligencia practicada.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Salud
Artículo: 401
Fracción: I, II, III Y IV
Sanciones
Clausura definitiva
Clausura temporal
Multa
Revocación de licencia, permiso, autorización u otro
Suspensión definitiva de actividades
Suspensión temporal de actividades
Amonestación con apercibimiento
La multa es un monto fijo o es calculado: Monto calculado
Tipo de monto: Pesos Mexicanos
Rango de la multa: 5657.00 - 2262800.00
Metodología utilizada para cálculo de la multa: Al imponer una sanción, la autoridad sanitaria fundará y motivará la resolución, tomando en cuenta:
I. Los daños que se hayan producido o puedan producirse en la salud de las personas;
II. La gravedad de la infracción;
III. Las condiciones socio-económicas del infractor, y
IV. La calidad de reincidente del infractor.
V. El beneficio obtenido por el infractor como resultado de la infracción. Fracción adicionada
Lo anterior, se encuentra descrito en la Ley General de Salud. y va desde 50 hasta 20,000 UMAS
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Artículo: 416, 417, 418, 419, 420, 421, 422, 423, 424, 425, 426, y 427
Fracción: 418 FRACCIÓN I, II, III Y IV
Inspectores
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Secretaria de Salud
Unidad administrativa: Dirección de Protección Contra Riesgos Sanitarios
Dirección: Paseo Tabasco Villahermosa, Villahermosa Centro, 1504, C.P.86000, Telefono: (993) 310-0000, ,ext. 81206,<BR> Correo: [email protected]
Teléfono: (993) 310-0000
Secretaria de Salud
Unidad administrativa: DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS
Dirección: PASEO TABASCO 1504 Galaxia/tabasco 2000 Villahermosa Centro Tabasco C.P. 86035
Teléfono: (993) 310-0000
Fundamento Jurídico
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 416, 417, 418, 419, 420, 421, 422, 423, 424, 425, 426, y 427
Fracción: 418 FRACCIÓN I, II, III Y IV
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 399
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 401
Fracción: IV
Multa
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: LEY GENERAL DE SALUD
Artículo: 419, 420, 421, 421 BIS, 421 TER, 423 y 424
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Estatal
Tipo: Procedimiento
Artículo: OCTAVO, NOVENO, DECIMO, DECIMO PRIMERO
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 68
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 396
Fracción: I
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: Artículos 198, 204 Y 373
Fracción: II Y III
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 401
Fracción: IV
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: LEY GENERAL DE SALUD
Artículo: 396
Fracción: I
Monto
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: Artículo 195-K-8.
Fracción: I
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 396
Fracción: I
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 399
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 401
Fracción: III
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: LEY GENERAL DE SALUD
Artículo: 430
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 401
Fracción: I, II, III Y IV
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 401
Fracción: II
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 397, 401
Fracción: III
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: LEY GENERAL DE SALUD
Artículo: 198
Fracción: III
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Admiistrativo
Artículo: 65
Fracción:
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 2
Febrero 5
Marzo 0
Abril 5
Mayo 6
Junio 0
Julio 1
Agosto 1
Septiembre 1
Octubre 4
Noviembre 4
Diciembre 8
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
0
Información adicional
Información que se consideré útil para que el interesado realice la inspección, verificación o visita domiciliaria
Las visitas de verificación a estos establecimientos se llevan a cabo por vigilancia sanitaria regular por meta programada y que ya cuentan con la autorización sanitaria correspondiente y por solicitud de la licencia sanitaria para este servicio, previo a otorgarle la autorización se le realiza la verificación sanitaria para constatar que cumple con las instalaciones de infraestructura física, sanitarias, de equipo, así como con la evidencia documental requerida.
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 20 Marzo 2025
Autoridad pública responsable

DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

PASEO TABASCO 1504 Galaxia/tabasco 2000 Villahermosa Centro Tabasco C.P. 86035

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