Visitas de inspección a cualquiera de las sociedades mercantiles que operen como almacenes generales de depósito.

Homoclave: I-SE-028 Tipo de actividad: Supervisión, Vigilancia
Dependencia: Secretaría de Economía
Unidad administrativa: Dirección General de Normatividad Mercantil
Orden de gobierno:
Verificar, por sí o a través de terceros autorizados, el cumplimiento de las obligaciones de registro a cargo de los almacenes generales de depósito, en el Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías, así como la relativa a la existencia de mercancías amparadas por el certificado de depósito en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Datos generales
Tipo: Supervisión, Vigilancia
La inspección verificación o visita domiciliaria es: REACTIVA (como respuesta a un accidente o amenaza particular), SEGUIMIENTO (se da seguimiento al cumplimiento de alguna obligación en particular)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? No
¿Qué motiva la inspección? De oficio
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? Si
Objetivo de la inspección Verificar, por sí o a través de terceros autorizados, el cumplimiento de las obligaciones de registro a cargo de los almacenes generales de depósito, en el Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías, así como la relativa a la existencia de mercancías amparadas por el certificado de depósito en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.;
Palabras clave Almacén General de Depósito, RUCAM, Inscripción, Modificación, Rectificación, Anotación, Resoluciones Judiciales, Cancelación, Consultas, Certificaciones, Expediente Electrónico, boleta electrónica
Actividades o sectores económicos
Servicios financieros y de seguros
Subsector: Instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil
Rama: Otras instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil
Subrama: Otras instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil
Clase: Otras instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil
Plazo para prevenir al sujeto regulado: 3 Días hábiles
Requisitos
01
Deberá presentar los documentos que acrediten la existencia de mercancías amparadas por el certificado de depósito y Bonos de Prenda.
Ámbito: Federal
Tipo: Requisitos
Artículo: 22 Bis 10
Fracción:
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
Notificar mediante orden escrita con firma autógrafa expedida por la autoridad competente, en la que deberá precisarse el lugar o zona que ha de verificarse, el objeto de la visita, el alcance que deba tener y las disposiciones legales.
Tiempo aproximado: 1 día
2
Acudir al Domicilio en días y horas hábiles para practicar la visita
Tiempo aproximado: 1 día
3
El verificador deberá exhibir credencial vigente con fotografía, expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha función, en presencia de dos testigos.
Tiempo aproximado: 1 día
4
Los verificadores, para practicar visitas, deberán estar provistos de orden escrita, precisando el objeto de la visita.
Tiempo aproximado: 1 día
5
Levantar acta circunstanciada, en presencia de dos testigos.
Tiempo aproximado: 1 día
Ámbito: Federal 1
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 63
Fracción:
Ámbito: Federal 1
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 64
Fracción:
Ámbito: Federal 1
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 65 y 66
Fracción:
Ámbito: Federal 1
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 63
Fracción:
Ámbito: Federal 1
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 66
Fracción:
Costo
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: Verificar, por sí o a través de terceros autorizados, el cumplimiento de las obligaciones de registro a cargo de los almacenes generales de depósito, en el Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías, así como la relativa a la existencia de mercancías amparadas por el certificado de depósito en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.;
Dirigido a: Personas morales
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Tamaño de empresas: No se distingue por tamaño de empresa
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos ReguladosMedios electrónicos
Periocidad en la que realiza: No aplica
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
01 Se deberá realizar la visita de verificación notificando por la autoridad competente mediante oficio al sujeto regulado, señalando lugar, fecha, hora y objeto de la visita conforme a la legislación aplicable, una vez concluida la visita y en caso de existir observaciones por la autoridad podran formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas en relación a los hechos contenidos en ella, o bien, por escrito, hacer uso de tal derecho dentro del término de cinco días siguientes a la fecha en que se hubiere levantado el Acta Circuntanciada.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 62 al 69
Fracción:
01 Realizar la inscripción, modificación, rectificación por error, cancelación o anotación y garantizar la existencia de mercancías amparadas por el certificado de depósito que se inscriben en el RUCAM.;
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas de carácter general para el funcionamiento y operación del Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías.
Artículo:
Fracción:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas de carácter general para el funcionamiento y operación del Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías.
Artículo: 22 Bis 7 y 22 Bis 8
Fracción:
01 El inspector, verificador o visitador deberá notificar mediante oficio lugar, hora, fecha y objeto de dicha visita, conforme a la legislación aplicable, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones de registro a cargo de los almacenes generales de depósito, así como la relativa a la existencia de mercancías amparadas por el certificado de depósito.;
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
Artículo: 22
Fracción:
Sanciones
Multa
Amonestación con apercibimiento
Revocación de licencia, permiso, autorización u otro
La multa es un monto fijo o es calculado: Monto calculado
Tipo de monto: Pesos Mexicanos
Rango de la multa: 8688.00 - 43440.00
Metodología utilizada para cálculo de la multa: Para determinar el monto de la multa se deberá utilizar el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el año en el que se cometió la infracción (UMA), la cual será la referencia económica para determinar la gravedad, la capacidad económica del infractor,los daños que se hubieren producido o puedan producirse y la reincidencia en su caso.
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Artículo: 70
Fracción:
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Nombre: Reglas de carácter general para el funcionamiento y operación del Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías.
Artículo:
Fracción:
Ámbito: Federal
Tipo: Sanciones
Artículo: 22
Fracción:
Inspectores
Dirección General de Normatividad Mercantil
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Secretaría de Economía
Unidad administrativa: Dirección General de Normatividad Mercantil
Dirección: Pachuca Cuauhtémoc, Condesa, 189, C.P.06140, Telefono: (555) 229-6100, ,ext. 33537,<BR> Correo: [email protected].
Teléfono: (555) 229-6100
Secretaría de Economía
Unidad administrativa: Dirección General de Normatividad Mercantil
Dirección: Pachuca 189 Condesa Cuauhtémoc Cuauhtémoc Ciudad de México C.P. 06140
Teléfono: (555) 229-6100
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22
Fracción:
Fundamento del formato
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo:
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 63
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas de carácter general para el funcionamiento y operación del Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías.
Artículo:
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 70
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 62 al 69
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 65 y 66
Fracción:
Multa
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas de carácter general para el funcionamiento y operación del Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías.
Artículo:
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas de carácter general para el funcionamiento y operación del Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías.
Artículo:
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 63
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 66
Fracción:
Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 5
Fracción:
Fundamento de requisitos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 38
Fracción: XXIX
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas de carácter general para el funcionamiento y operación del Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías.
Artículo:
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22 Bis 10
Fracción:
Fundamento de requisitos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22 Bis 10
Fracción:
Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, casas de cambio, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas
Artículo:
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 64
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 62 al 69
Fracción:
Fundamento de requisitos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas de carácter general para el funcionamiento y operación del Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías.
Artículo: 22 Bis 7 y 22 Bis 8
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 63
Fracción:
Facultades
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22
Fracción:
Fundamento de requisitos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 22 Bis 10
Fracción:
Pasos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 65 y 66
Fracción:
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 0
Febrero 0
Marzo 0
Abril 0
Mayo 0
Junio 0
Julio 0
Agosto 0
Septiembre 0
Octubre 0
Noviembre 0
Diciembre 0
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
0
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 08 Octubre 2020
Autoridad pública responsable

Dirección General de Normatividad Mercantil

Pachuca 189 Condesa Cuauhtémoc Cuauhtémoc Ciudad de México C.P. 06140

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