Visita de Inspección
Presencial

Homoclave: I-SMADSOT-PUE-0-SMADSOT-0010 Tipo de actividad: Control, Vigilancia
Dependencia: Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial
Unidad administrativa:
Orden de gobierno:
Verificar cualquier acto o hecho que constituya crueldad animal.
Datos generales
Tipo: Control, Vigilancia
La inspección verificación o visita domiciliaria es: REACTIVA (como respuesta a un accidente o amenaza particular)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? No
¿Qué motiva la inspección? A solicitud de parte, De oficio
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? No
Objetivo de la inspección Verificar cualquier acto o hecho que constituya crueldad animal.;
Palabras clave Verificar cualquier acto o hecho que constituya crueldad animal
Actividades o sectores económicos
Servicios de apoyo a los negocios y manejo de residuos, y servicios de remediación
Subsector: Manejo de residuos y servicios de remediación
Requisitos
01
orden de visita y firma del acta de visita.
Formato requerido:
Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1. Identificación de los Inspectores. 2. Exhibicion y entrega de orden de visita. 3. Designación de testigos. 4. Inicio de inspección y redacción de acta. 5. Firma y entrega de un ejemplar al visitado
Tiempo aproximado: 2 horas
Costo
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: Verificar cualquier acto o hecho que constituya crueldad animal.;
Dirigido a: Personas morales | Personas físicas
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Tamaño de empresas: No aplica
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: Diaria
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
01 Apego al principio de legalidad y a los derechos humanos.
01 La persona con quien se entienda la inspección estará obligada a permitir al personal autorizado, el acceso al lugar o lugares sujetos a inspección, en los términos previstos en la orden escrita, a que se hace referencia en el artículo 49 de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla, así como proporcionar toda clase de información que conduzca a la verificación del cumplimiento de esta Ley y demás disposiciones aplicables.;
01 El personal autorizado podrá en todo momento examinar a los animales, tomar muestras de sangre, orina, excremento, comida y agua; así como sacar fotografías y realizar grabaciones de video o sonido.;
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial
Artículo:
Fracción:
02 El personal autorizado podrá en todo momento examinar a los animales, tomar muestras de sangre, orina, excremento, comida y agua; así como sacar fotografías y realizar grabaciones de video o sonido.;
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial
Artículo:
Fracción:
Sanciones
Sanciones administrativas de apercibimiento, multa y/o aseguramiento definitivo a través de resolución administrativa.
Inspectores
Instituto de Bienestar Animal
Dirección de Desarrollo Urbano e Impacto Ambiental
Instituto de Bienestar Animal
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Instituto de Bienestar Animal
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Instituto de Bienestar Animal
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Instituto de Bienestar Animal
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Instituto de Bienestar Animal
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Instituto de Bienestar Animal
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Dirección General de Contaminación Visual
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Instituto de Bienestar Animal
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 13/12/2024
Instituto de Bienestar Animal
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Dirección General de Contaminación Visual
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 31/12/2024
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial
Unidad administrativa:
Dirección:
Teléfono:
Correo:
Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial
Unidad administrativa: Instituto de Bienestar Animal
Dirección: Lateral recta a Cholula, Km 5.5 2401 San Andrés Cholula San Andrés Cholula San Andrés Cholula Puebla C.P. 72810
Teléfono: (222) 273-6800
Fundamento Jurídico
Facultades
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial
Artículo:
Fracción:
Facultades
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial
Artículo:
Fracción:
Fundamento de requisitos
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla, en materia de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica
Artículo:
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla
Artículo: 48, 49, 50, 51,52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62 y 63
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla
Artículo: 48, 49, 50, 51,52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62 y 63
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 16
Fracción: XVI
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 16
Fracción: XVI
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 20
Febrero 15
Marzo 24
Abril 15
Mayo 28
Junio 18
Julio 29
Agosto 23
Septiembre 22
Octubre 28
Noviembre 33
Diciembre 35
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
22
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 02 Julio 2024
Autoridad pública responsable

Instituto de Bienestar Animal

Lateral recta a Cholula, Km 5.5 2401 San Andrés Cholula San Andrés Cholula San Andrés Cholula Puebla C.P. 72810

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