Inspección y verificación a inmuebles y establecimientos con actividades comerciales y de servicios.
ninguna

Homoclave: I-SPCM-CMX6​-180-SPCM-001 Tipo de actividad: Vigilancia, Corroboración, Supervisión
Dependencia: Secretaria de Protección Civil Municipal
Unidad administrativa: Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Orden de gobierno:
Vigilar el cumplimiento de las medidas del Programa Interno de Protección Civil, así como de las normas oficiales y técnicas en materia de protección civil
Datos generales
Tipo: Vigilancia, Corroboración, Supervisión
La inspección verificación o visita domiciliaria es: SEGUIMIENTO (se da seguimiento al cumplimiento de alguna obligación en particular), REACTIVA (como respuesta a un accidente o amenaza particular), PREVENTIVA (se realiza para prevenir algún impacto negativo)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? Si
Justificación: Artículo 13. En el marco de operación de la presente Ley, la Secretaría, por conducto de la Comisión, se coordinará con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para suspender las actividades de vigilancia, inspección o verificación que efectúen personas inspectoras, verificadoras, ejecutoras y cualquier figura análoga adscrita a aquellas; con excepción de las actividades mencionadas que tengan por objeto resguardar la seguridad nacional, la seguridad de la población, la seguridad alimentaria, constatar que cuenten con medidas de protección civil, las que tengan como fin proteger la sanidad y la inocuidad agroalimentaria, animal y vegetal, la salud humana, el medio ambiente, los recursos naturales, los derechos e intereses del consumidor, las relativas al sector financiero y a la materia de armas de fuego y explosivos, así como la protección contra riesgos sanitarios.
¿Qué motiva la inspección? Forma parte de un trámite o servicio, A solicitud de parte, De oficio, Extraordinaria, Ordinaria
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? Si
Objetivo de la inspección Vigilar el cumplimiento de las medidas del Programa Interno de Protección Civil, así como de las normas oficiales y técnicas en materia de protección civil;
Palabras clave Programa interno, verificaciones, inspecciones, verificación, inspección
Actividades o sectores económicos
Transportes, correos y almacenamiento
Subsector: Servicios de almacenamiento
Comercio al por menor
Subsector: Comercio al por menor en tiendas de autoservicio y departamentales , Comercio al por menor de artículos para el cuidado de la salud , Comercio al por menor de artículos de ferretería, tlapalería y vidrios
Rama: Comercio al por menor en tiendas de autoservicio, Comercio al por menor en tiendas departamentales, Comercio al por menor de artículos para el cuidado de la salud
Subrama: Comercio al por menor en tiendas de autoservicio, Comercio al por menor en tiendas departamentales, Comercio al por menor de productos farmacéuticos y naturistas, Comercio al por menor de lentes y artículos ortopédicos
Clase: Comercio al por menor en supermercados , Comercio al por menor en minisupers , Comercio al por menor en tiendas departamentales , Farmacias sin minisúper , Farmacias con minisúper , Comercio al por menor de productos naturistas, medicamentos homeopáticos y de complementos alimenticios , Comercio al por menor de lentes
Servicios profesionales, científicos y técnicos
Servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e intangibles
Servicios educativos
Subsector: Servicios educativos
Servicios de salud y de asistencia social
Subsector: Servicios médicos de consulta externa y servicios relacionados
Servicios de esparcimiento culturales y deportivos, y otros servicios recreativos
Servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas
Otros servicios excepto actividades gubernamentales
Subsector: Servicios de reparación y mantenimiento
Plazo para prevenir al sujeto regulado: 10 Días hábiles
Tramites de la inspección
La inspección es motivada por los siguientes trámites
Requisitos
01
Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte vigente)
Ámbito:
Tipo: Requisitos
Artículo: 15
Fracción:
Formato requerido:
orden de visita de inspección y comisión formato acta circunstanciada.jpg
Descargar

Orden de visita de verificación_comisión_acta circunstanciada de verificación .jpg
Descargar

Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
EL Inspector se constituye en el lugar a inspeccionar por lo cual, el inspector deberá contar con orden que contendrá: fecha y ubicación del inmueble por inspeccionar; objeto y aspectos de la visita; el fundamento legal y la motivación de la misma; nombre y firma de la autoridad que expida la orden y el nombre y firma del inspector.
Tiempo aproximado: 20 minutos
2
Al inicio de la visita de inspección el inspector deberá requerir al visitado para que designe a dos personas que funjan como testigos en el desarrollo de la diligencia, advirtiéndole que en caso de no hacerlo estos serán propuestos y nombrados por el propio inspector
Tiempo aproximado: 10 minutos
3
levantará acta circunstanciada por duplicado en formas numeradas y foliadas en las que se expresará lugar, fecha y nombre de la persona con quien se entienda la diligencia y con los testigos de asistencia propuestas por esta o nombrados por el inspector. si alguna de las personas señaladas se niega a firmar, el inspector lo hará constar en el acta, sin que esta circunstancia altere el valor probatorio del documento
Tiempo aproximado: 10 minutos
4
El inspector comunicará al visitado mediante acta, si existen omisiones en el cumplimiento de cualquier obligación a su cargo derivado del Reglamento de Protección Civil para el municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, si se desprenden hechos que puedan constituir infracciones, el inspector lo hará constar en el acta; el inspector le hará saber al visitado que cuenta con cinco días hábiles, para que exponga por escrito ante la dirección de identificación y reducción de riesgos, inspecciones y eventos lo que a su derecho convenga, y en su caso, aporte las pruebas que considere pertinentes en relación con las actuaciones realizadas por parte de la autoridad; el sujeto regulado contará con diez días hábiles para subsanar las irregularidades derivadas del procedimiento anterior
Tiempo aproximado: 15 minutos
5
el inspectror-verificador entregará la copia del ejemplar legible del acta en poder de la persona con quien se practicó la diligencia, el original se entregará a la Dirección de Identificación y Reducción de Riesgos, Inspecciones y Eventos para su valoración correspondiente.
Tiempo aproximado: 15 minutos
6
Transcurrido el plazo de diez días hábiles, a que se refiere la fracción VII del artículo 117 del Reglamento de Protección Civil para el municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, la autoridad que ordenó la inspección, ordenará una verificación.
Tiempo aproximado: 10 días
7
En caso de que persista el incumplimiento, se procederá a la sanción de acuerdo al artículo 136 del Reglamento de Protección Civil para el municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Tiempo aproximado: 40 días
Costo
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: Vigilar el cumplimiento de las medidas del Programa Interno de Protección Civil, así como de las normas oficiales y técnicas en materia de protección civil;
Dirigido a: Personas morales | Personas físicas con actividad empresarial | Personas físicas
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Tamaño de empresas: No se distingue por tamaño de empresa
¿En dónde se realiza? En el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: Anual
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
01 A denunciar ante la Secretaría
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 131
Fracción:
02 A recibir copia legible del acta
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VIII
02 A contar con diez días hábiles para subsanar las irregularidades derivadas del procedimiento.
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VII
02 A que la resolución que proceda de acuerdo a lo establecido en el artículo 135 del Reglamento, le sea notificada en forma personal o por correo al visitado.
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: XVII
02 Tiene derecho a contar con cinco días hábiles, para que exponga por escrito ante la dirección de identificación y reducción de riesgos, ins pecciones y eventos lo que a su derecho convenga, y en su caso, aporte las pruebas que considere pertinentes en relación con las actuaciones realizadas por parte de la autoridad.
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VII
02 A designar a dos personas que funjan como testigos en el desarrollo de la diligencia.
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: V
02 A que se le entregue copia legible de la orden de inspección
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: III
02 a solicitar orden de inspección que contendrá:fecha, ubicación del inmueble por inspeccionar; objeto y aspectos de la visita; el fundamento legal y la motivación de la misma; nombre y firma de la autoridad que expida la orden y el nombre y firma del inspector.
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: I
02 A que el inspector porte el uniforme oficial, así como identificaciones oficiales expedidas por la Secretaría
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 115
Fracción:
02 A consecuencia de los hechos asentados en el acta circunstanciada de inspección , esto es de los resultados de la inspección física al inmueble o establecimiento se da oportunidad al visitado de manifestarlo en el acta, también se le hace saber al visitado el derecho que tiene de ofrecer pruebas con relación a los hechos u omisiones que constan en el acta o bien hacer uso de ese derecho por escrito, concediéndosele un término de cinco días hábiles para que exponga por escrito ante la Dirección de Identificación y Reducción de Riesgos, Inspecciones y Eventos de la Secretaría de Protección Civil Municipal para exhibir las pruebas y alegatos que en su derecho convengan, a su vez se le conceden 10 días hábiles para subsanar las irregularidades derivadas del procedimiento.
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 131
Fracción:
01 Presentar documentos requeridos ;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 111
Fracción:
02 Permitir el acceso al personal de la Secretaría al establecimiento o inmueble, a efecto de que practiquen los procedimientos y actividades de inspección, verificación, supervisión.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 113
Fracción: I
02 Atender en tiempo y forma las obligaciones, recomendaciones y medidas que las autoridades de protección civil establezcan como resultado de la inspección.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 113
Fracción: IV
02 Permitir el acceso y dar facilidades al personal de la Secretaría para el desarrollo de la inspección, así como proporcionar la información que conduzca a la verificación del cumplimiento de las normas, del Reglamento y demás aplicables en materia de protección civil.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 116
Fracción:
02 El sujeto obligado deberá tener en el establecimiento, Señales en materia de Protección Civil, conforme a NOM-003-SEGOB-2011 y NOM-026-STPS-2008 , Equipo contra incendio como extintores con carga útil y vigente conforme a la NOM-002-STPS-2010 Lámparas de iluminación de emergencia (si amerita por el horario de labores) conforme a la NOM-025-STPS-2008, Botiquín de primeros auxilios equipado con material de curación. Si tiene instalaciones de gas L.P. que utilice tanque de gas estacionario o tanque de gas portátil, deberán estar en conforme a la NOM-004-SEDG-2004 y NOM-013-SEDG-2002, Tener en óptimas condiciones las instalaciones eléctricas (no cables sueltos, pelados, deberá contar con contactos Dúplex polarizados con terminal puesta a tierra) conforme a la normativa, deberá tener el Programa Interno de Protección Civil vigente en el establecimiento.;
01 Hacerle saber al visitado la forma de notificación de la resolución;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VII
02 Hacerle saber al visitado los días con los que cuenta para que exponga por escrito ante la dirección de identificación y reducción de riesgos, inspecciones y eventos lo que a su derecho convenga, y en su caso, aporte las pruebas que considere pertinentes en relación con las actuaciones realizadas por parte de la autoridad. Asimismo, sobre el tiempo con el que cuenta para subsanar las irregularidades derivadas del procedimiento;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VII
02 El inspector deberá comunicar al visitado mediante acta, si existen omisiones en el cumplimiento de cualquier obligación a su cargo y si se desprenden hechos que puedan constituir infracciones conforme al Reglamento de Protección Civil para el municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VII
02 Si alguna de las personas señaladas en el acta se niega a firmar, el inspector lo hará constar en el acta, sin que esta circunstancia altere el valor probatorio del documento.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VI
02 El Inspector levantará acta circunstanciada por duplicado en formas numeradas y foliadas de toda visita. las actas expresarán lugar, fecha y nombre de la persona con quien se entienda la diligencia y con los testigos de asistencia.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VI
02 Al inicio de la visita de inspección requerir al visitado para que designe a dos personas que funjan como testigos en el desarrollo de la diligencia, advirtiéndole que en caso de no hacerlo estos serán propuestos y nombrados por el propio inspector.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: V
Fracción:
02 El inspector practicará las visitas dentro de las 48 horas siguientes a la expedición de la orden.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: IV
02 Los inspectores podrán requisitar la orden en el mismo acto, en los casos extraordinarios en el que se desconozca los datos de identificación del inmueble o establecimiento a inspeccionar, su ubicación, nombre del propietario o encargado, giro o actividad.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: II
02 El inspector deberá entregar copia legible de la orden de inspección;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: III
02 Identificarse con la credencial institucional vigente que para tal efecto le expida la Secretaría ante el propietario, arrendatario, poseedor, administrador o su representante legal, o ante la persona a cuyo cargo esté el inmueble.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: III
02 El inspector deberá portar el uniforme oficial asignado por la Secretaría ;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: III
02 El inspector deberá contar con orden que contendrá: fecha y ubicación del inmueble po r inspeccionar; objeto y aspectos de la visita; el fundamento legal y la motivación de la misma; nombre y firma de la autoridad que expida la orden y el nombre y firma del inspector;;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: I
02 El inspector deberá entregar en poder de la persona con quien se practicó la diligencia, un ejemplar legible del acta.;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VIII
02 El inspector deberá entregar el original de la diligencia a la Dirección de Identificación y Reducción de Riesgos, Inspecciones y Eventos para su valoración correspondiente;
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VIII
Sanciones
Suspensión definitiva de actividades
Multa
después de la inspección de aplica la verificación en caso de que no cumpla el sujeto regulado queda sujeto a dos requerimientos con sus verificaciones cada uno y, en caso de no cumplir posterior a estos recursos se aplica clausura temporal y multa
Clausura temporal
Clausura definitiva
Revocación de licencia, permiso, autorización u otro
Suspensión temporal de actividades
La multa es un monto fijo o es calculado: Monto calculado
Tipo de monto: Actualización (UMA)
Rango de la multa: 10857.00 - 54285.00
Metodología utilizada para cálculo de la multa: se multiplica el valor Actual de la UMA por el monto establecido en la Ley de Ingresos, por ejemplo $108.57 pesos 00/100 M.N. * 300 UMAS= $32, 571.00 pesos 00/100 M.N.
Ámbito: Municipal
Tipo: Sanciones
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 114, 115, 116, 117.
Fracción:
Inspectores
Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/06/2024
Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Secretaria de Protección Civil Municipal
Unidad administrativa: Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Dirección: Av. Central Poniente (Edificio valanci, segundo piso) Tuxtla Gutiérrez, Tuxtla Gutiérrez Centro, 554, C.P.29000, Telefono: (961) 612-5511, ,ext. 3031_,<BR>
Teléfono: (961) 612-5511
Correo:
Secretaria de Protección Civil Municipal
Unidad administrativa: Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos
Dirección: Av. Central Poniente (Edificio valanci, segundo piso) 554 Tuxtla Gutiérrez Centro Tuxtla Gutiérrez Tuxtla Gutiérrez Chiapas C.P. 29000
Teléfono: (961) 612-5511
Correo:
Fundamento Jurídico
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VII
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VI
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: III
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 131
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VII
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VIII
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VI
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: II
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: I
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: XVII
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: I
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 113
Fracción: I
Fundamento del formato
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VI
Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Administración Publica para el Municipio de Tuxtla Gutierrez
Artículo:
Fracción:
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 115
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 113
Fracción: IV
Multa
Ámbito: Municipal
Tipo: Ley
Artículo: 93
Fracción: XII
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 11, 34, 111, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 122, 123.
Fracción:
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VIII
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VII
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: IV
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 117
Fracción: III
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VII
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: III
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 111
Fracción:
Fundamento de requisitos
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Fundamento del formato
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123
Fracción:
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VII
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: V
Fracción:
Facultades
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: III
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: VIII
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 117
Fracción: V
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 131
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 116
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 114, 115, 116, 117.
Fracción:
Multa
Ámbito: Municipal
Tipo: Ley
Artículo: 93
Fracción: XII
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 70
Febrero 48
Marzo 95
Abril 74
Mayo 54
Junio 42
Julio 70
Agosto 84
Septiembre 45
Octubre 56
Noviembre 57
Diciembre 18
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
3
Información adicional
Información que se consideré útil para que el interesado realice la inspección, verificación o visita domiciliaria
La Inspección es parte del cumplimiento que el sujeto regulado debe dar para poder obtener el Dictamen de Cumplimiento de las Medidas del Programa Interno de Protección Civil
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 06 Septiembre 2024
Autoridad pública responsable

Dirección de Identificación y Reduccion de Riesgos, Inspecciones y Eventos

Av. Central Poniente (Edificio valanci, segundo piso) 554 Tuxtla Gutiérrez Centro Tuxtla Gutiérrez Tuxtla Gutiérrez Chiapas C.P. 29000

Cerrar

Catálogo Nacional