1 |
Se llevarán a cabo en el domicilio fiscal, establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos y semifijos en la vía pública, en los que los contribuyentes realicen sus actividades, señalando el objeto que se persigue.
Tiempo aproximado: 10 minutos
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2 |
Al presentarse los visitadores al lugar en donde deba practicarse la diligencia, entregarán la orden de inspección al visitado, a su representante legal, al encargado o a quien se encuentre al frente del lugar visitado, indistintamente, y con dicha persona se entenderá la visita de inspección.
Tiempo aproximado: 10 minutos
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3 |
Los visitadores se deberán identificar ante la persona con quien se entienda la diligencia requiriéndola para que designe dos testigos; si éstos no son designados o los designados no aceptan servir como tales, los visitadores los designarán haciendo constar esta situación en el acta que levanten, sin que esta circunstancia invalide los resultados de la visita de inspección.
Tiempo aproximado: 30 minutos
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4 |
En toda visita de inspección se levantará acta en la que se harán constar en forma circunstanciada los hechos u omisiones conocidos por los visitadores, durante la inspección. Se presumirán ciertos, salvo prueba en contrario, los hechos u omisiones asentados en el acta de visita de inspección a que se refiere esta fracción.
Tiempo aproximado: 20 minutos
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5 |
Si al cierre del acta de visita de inspección el visitado o la persona con quien se entendió la diligencia o los testigos se niegan a firmar el acta, o el visitado o la persona con quien se entendió la diligencia se niega a aceptar copia del acta, dicha circunstancia se asentará en la propia acta, sin que esto afecte la validez y el valor probatorio de la misma; dándose por concluida la visita de inspección;
Tiempo aproximado: 10 minutos
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6 |
Si con motivo de la visita de inspección a que se refiere este artículo, las autoridades conocieron incumplimientos a las disposiciones fiscales, se procederá a la formulación de la resolución correspondiente. Previamente se deberá conceder al contribuyente un plazo de tres días hábiles para desvirtuar la comisión de la infracción presentando las pruebas y formulando los alegatos correspondientes. Si se observa que el visitado no se encuentra inscrito en el Registro Estatal de Contribuyentes, la autoridad requerirá los datos necesarios para su inscripción, sin perjuicio de las sanciones y demás consecuencias legales derivadas de dicha omisión.
Tiempo aproximado: 10 minutos
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Enero | 20 |
Febrero | 5 |
Marzo | 7 |
Abril | 25 |
Mayo | 12 |
Junio | 15 |
Julio | 0 |
Agosto | 25 |
Septiembre | 7 |
Octubre | 7 |
Noviembre | 8 |
Diciembre | 0 |
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