Inspección para la atención de Denuncias de la Fauna Doméstica

Homoclave: I-SS-CMX6​-180-SS-0006 Tipo de actividad: Vigilancia, Control, Supervisión
Dependencia: Secretaria de Salud
Unidad administrativa: Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Orden de gobierno:
Dar seguimiento a la denuncia recibida, con el objetivo de corroborar la información recibida y aplicar el reglamento de acuerdo al tema que se trate: maltrato animal, insalubridad por fauna doméstica, agresión de perro a humano.
Datos generales
Tipo: Vigilancia, Control, Supervisión
La inspección verificación o visita domiciliaria es: PREVENTIVA (se realiza para prevenir algún impacto negativo), SEGUIMIENTO (se da seguimiento al cumplimiento de alguna obligación en particular), REACTIVA (como respuesta a un accidente o amenaza particular)
¿La inspección está exenta de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana? Si
Justificación: La inspección es de orden municipal
¿Qué motiva la inspección? Otro
¿Se inspecciona a los sujetos regulados que recibieron la resolución de un trámite o servicio? No
Objetivo de la inspección Dar seguimiento a la denuncia recibida, con el objetivo de corroborar la información recibida y aplicar el reglamento de acuerdo al tema que se trate: maltrato animal, insalubridad por fauna doméstica, agresión de perro a humano.;
Palabras clave maltrato, insalubridad, fauna doméstica, agresión, perros, gatos
Actividades o sectores económicos
Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza
Subsector: Cría y explotación de animales
Rama: Explotación de otros animales
Subrama: Explotación de otros animales
Clase: Explotación de otros animales
Requisitos
Formato requerido:
ORDEN DE INSPECCION.pdf
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Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria y el tiempo aproximado que lleva cada etapa
1
El inspector/verificador debe identificarse ante persona alguna en el domicilio mediante credencial emitida por autoridad competente
Tiempo aproximado: 15 minutos
2
Solicita el ingreso al domicilio mediante orden de inspección
Tiempo aproximado: 10 minutos
3
Se realiza la inspección al domicilio denunciado
Tiempo aproximado: 45 minutos
4
El inspector levanta acta circunstanciada de lo observado en la inspección
Tiempo aproximado: 10 minutos
5
El inspector integra el expediente y se respeta garantía de audiencia al infractor
Tiempo aproximado: 10 minutos
6
El inspector concluye la visita de verificación entregando copia de los documentos (acta circunstanciada, orden de inspección)
Tiempo aproximado: 10 minutos
Ámbito: Municipal 2
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento De Protección A La Fauna Doméstica En El Municipio De Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 58
Fracción:
Ámbito: Estatal 2
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 68
Fracción:
Ámbito: Municipal 2
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento De Protección A La Fauna Doméstica En El Municipio De Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 59
Fracción:
Ámbito: Estatal 2
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 66
Fracción:
Ámbito: Municipal 1
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento De Protección A La Fauna Doméstica En El Municipio De Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 60
Fracción:
Ámbito: Estatal 2
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 69
Fracción:
Ámbito: Municipal 2
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento De Protección A La Fauna Doméstica En El Municipio De Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 60
Fracción:
Ámbito: Estatal 2
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 71
Fracción:
Ámbito: Municipal 2
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento De Protección A La Fauna Doméstica En El Municipio De Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 61
Fracción:
Ámbito: Municipal 1
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento De Protección A La Fauna Doméstica En El Municipio De Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Artículo: 62
Fracción:
Costo
¿A quiénes les aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Objeto o sujeto de la inspección: Dar seguimiento a la denuncia recibida, con el objetivo de corroborar la información recibida y aplicar el reglamento de acuerdo al tema que se trate: maltrato animal, insalubridad por fauna doméstica, agresión de perro a humano.;
Dirigido a: Otros
¿Existe algún criterio que define a qué sujeto regulado le es aplicable la inspección, verificación o visita domiciliaria? La inspección se deriva de las denuncias recibidas por maltrato animal, insalubridad por fauna doméstica, agresión de perro a humano, dando seguimiento hasta su resolución.
Tamaño de empresas:
¿En dónde se realiza? OtroEn el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados
Periocidad en la que realiza: Diaria
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
01 1. No atender diligencias fuera del horario establecido, excepto si hay ampliación del mismo o si están publicadas; 2. Conocer en cualquier momento el avance de la denuncia; 3. Derecho de solicitar copia certificada de los documentos de mi expediente administrativo previo pago de derechos: 5. No atender al verificador sino lleva una orden escrita de autoridad competente; 6. Negarse a atender al inspector sino se identifica con credencial vigente con fotografía expedida por autoridad competente; 7. Designar dos testigos de su confianza que den fe de la legalidad del acto a que esta sujeto; 8. Que me sea entregada copia del acta de visita que me fue practicada, aún y cuando me niegue a firmarla; 9. Derecho a formular alegatos en el momento de la diligencia; 10. Derecho de ofrecer pruebas para desvirtuar los hechos; 11 Derecho a interponer medio de defensa en contra de la resolución de la autoridad que me inspeccionó
01 1. Atender al inspector, que se identifique con credencial emitida por autoridad competente; 2. Atender al inspector que se presente con orden escrita de autoridad competente; 3. Designa dos testigos de su confianza para dar fe de la legalidad del acto a que esta sujeto; 4. A recibir copia del acta de la visita que se le practica, aún cuando no la firme; 5;
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 65 al 72
Fracción:
01 Direccion de Protección Contra Riesgos Sanitarios;
Sanciones
Multa
Arresto Administrativo hasta por treinta y seis horas; el pago de daños y perjuicios causados, amonestación
La multa es un monto fijo o es calculado: Monto calculado
Tipo de monto: Actualización (UMA)
Rango de la multa: 10.00 - 100.00
Metodología utilizada para cálculo de la multa: La multa se obtiene de multiplicar el número de UMA´S por el valor vigente al momento de la infracción, las UMAs se determinan por el concepto de la infracción:
C) Propietarios, poseedores y/o encargados de animales
domésticos que no inmunicen anualmente contra las
enfermedades transmisibles propias de su especie y
prevalezcan dentro del territorio municipal y que después de
haberlo vacunado no acredite el comprobante de vacunación
correspondiente.
De 10 a 50UMA’S
D) Propietarios, poseedores y/o encargados de animales
domésticos que deambulen libremente en la vía pública que
generen molestias sanitarias y/o que afecten a terceras
personas
De 20 a 50
UMA’S
E) Personas que realicen la comercialización de animales
domésticos, sea está, en casa-habitación, en los diversos
medios de comunicación, en redes sociales y/o en la vía
pública
De 20 a 50
UMA’S
F) Propietarios, poseedores y/o encargados de animales
domésticos que dejen a sus mascotas en el abandono, ya
sea dentro de casa habitación, en la vía pública y/o
establecimientos veterinarios
De 20 a 50
UMA’S
G) Por arrojar animales vivos o muertos, en la vía pública, en
lotes baldíos, áreas verdes o afluencias de ríos y arroyos
De 20 a 50
UMA’S
H) Por arrojar aguas a la vía pública, con residuos de orines y/o
heces de animales que generen insalubridad
De 20 a 50
UMA’S
I) Por generar insalubridad en casa habitación y/o en vía
pública provocados por heces fecales, orines, residuos de
alimentos o de cualquier otra cosa relacionada con el
mantenimiento y estancia de cualquier tipo de animal
De 20 a 50
UMA’S
J) Por no mantener al canino agresor en observación durante
los 10 días posteriores a la agresión
De 20 a 50
UMA’S
sábado 01 de enero de 2022 Periódico Oficial No. 202-BIS
SGG-ID-PO14644
196
K) Por depositar heces fecales a la vía pública, terrenos
baldíos, fuentes, arroyos provenientes de animales
De 20 a 50
UMA’S
L) Por no levantar las heces fecales que las mascotas generen
en parques y/o vía pública, cuando éstos son llevados de
paseo
De 20 a 50
UMA’S
M) Todo propietario, poseedor y/o encargado de un animal
doméstico que realice actos de crueldad, maltratado, tortura,
acción dolorosa y mutilantes.
De 30 a 100
UMA’S
N) Permiso especial que no exceda de 60 días naturales.
(reclasificar en derechos)
5 UMA’S.
O) Todo propietario, poseedor y/o encargado de cualquier
animal doméstico que deje de proporcionar alimento, agua
limpia, alojamiento apropiado, medidas de seguridad e
higiene necesarias. Falta checar
De 30 a 100
UMA’S.
P) Todo propietario, poseedor y/o encargado de cualquier
animal doméstico que mantenga atado de una manera que
le cause sufrimiento.
De 30 a 100
UMA’S
Q) Todo propietario, poseedor y/o encargado de cualquier
animal doméstico que permanentemente los mantenga en
las azoteas sin los cuidados necesarios y en peligro de sufrir
caídas.
De 30 a 100
UMA’S
U) Por causar agresión de una mascota a un humano y entre
mascotas.
De 20 a 50
UMA’S
Ámbito: Municipal
Tipo: Sanciones
Artículo: 67
Fracción:
Inspectores
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Vigencia de la unidad verificadora u organismo coadyuvante para realizar las diligencias: 30/09/2024
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Contacto de la autoridad responsable de realizar la inspección
Secretaria de Salud
Unidad administrativa: Dirección de Protección contra Riesgo Sanitario
Dirección: Calle Central y 2ª Norte Tuxtla Gutiérrez, Tuxtla Gutiérrez Centro, S/N, C.P.29000, Telefono: (961) 612-5511, ,ext. 2226_,<BR> Correo: [email protected]
Teléfono: (961) 612-5511
Secretaria de Salud
Unidad administrativa: Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios
Dirección: Calle Central y 2a Norte, Palacio Municipal. s/n Tuxtla Gutiérrez Centro Tuxtla Gutiérrez Tuxtla Gutiérrez Chiapas C.P. 29000
Teléfono: (961) 612-5511
Correo:
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 65
Fracción:
Fundamento del formato
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 58 AL 61
Fracción:
Pasos
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 66
Fracción:
Pasos
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 71
Fracción:
Multa
Ámbito: Municipal
Tipo: Ley
Artículo: 64
Fracción: XVI
Derechos del Sujeto Obligado
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 68
Fracción:
Pasos
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 59
Fracción:
Pasos
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 69
Fracción:
Pasos
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 62
Fracción:
Obligacion del Sujeto Obligado
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 65 al 72
Fracción:
Pasos
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 68
Fracción:
Pasos
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 60
Fracción:
Sanciones
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 67
Fracción:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo: 65 al 72
Fracción:
Pasos
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 58
Fracción:
Pasos
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 60
Fracción:
Pasos
Ámbito: Municipal
Tipo: Reglamento
Artículo: 61
Fracción:
Estadística
¿Cuántas inspecciones se realizaron en el año anterior durante los siguientes Meses?
Enero 41
Febrero 38
Marzo 38
Abril 68
Mayo 53
Junio 63
Julio 48
Agosto 57
Septiembre 52
Octubre 45
Noviembre 43
Diciembre 40
¿Cuántas inspecciones derivaron en sanción en el año inmediato anterior?
0
Información adicional
Información que se consideré útil para que el interesado realice la inspección, verificación o visita domiciliaria
Realizar la denuncia a la Dirección de Protección Contra Riesgos Sanitarios, proporcionando el domicilio exacto, referencia del domicilio a inspeccionar (fachada, color, objeto que permita la identificación); nombre del supuesto infractor, motivo de la denuncia en competencia de nuestras funciones. Puede realizarse de manera anónima o de ser necesario proporcionar nombre, teléfono del denunciante siempre y cuando haya un agravio directo a quien denuncia (agresión de perro a humano)
Fecha de última actualización de la ficha de inspección: 30 Septiembre 2022
Autoridad pública responsable

Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios

Calle Central y 2a Norte, Palacio Municipal. s/n Tuxtla Gutiérrez Centro Tuxtla Gutiérrez Tuxtla Gutiérrez Chiapas C.P. 29000

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