Ley de Turismo del Estado de Puebla

Tipo de ordenamiento jurídico: Ley
Fecha de publicación de la regulación: 31 diciembre 2010
Fecha de última actualización: 20 abril 2023
Ámbito de la aplicación:
La presente Ley tiene como objetivos los siguientes: I.- Establecer las bases para la planeación, programación y evaluación de las políticas públicas en materia turística en el Estado y sus Municipios, bajo criterios de beneficio social, sustentabilidad, competitividad y desarrollo equilibrado a corto, mediano y largo plazo, así como la participación de los sectores social y privado; II.- Fomentar la creación de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable, su operación y las facultades concurrentes que de manera coordinada, ejercerán el Ejecutivo Estatal y Municipios, con base en las reglas y procedimientos emitidos por las instancias legalmente competentes y disposiciones normativas aplicables; III.- Estimular y promover la inversión pública, privada y social de capitales nacionales y extranjeros; IV.- Impulsar en forma sostenida nuevas fuentes de empleo y conservar las ya existentes, elevando el nivel de vida económica, social y cultural de los habitantes del Estado; V.- Determinar los derechos y obligaciones de los usuarios y prestadores de los servicios turísticos a que se refiere la presente Ley; VI.- Promover la creación, conservación, mejoramiento, protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos del Estado, preservando el equilibrio ecológico, el cuidado del medio ambiente, y el desarrollo urbano, rural y social; VII.- Determinar los mecanismos e instrumentos para la conservación, mejoramiento, protección, promoción y Ley de Turismo del Estado de Puebla 9 aprovechamiento de los recursos, pueblos mágicos y atractivos turísticos estatales y municipales, preservando el patrimonio natural, histórico, arquitectónico y cultural, con base en los criterios determinados por las leyes en la materia, así como contribuir a la creación o desarrollo de nuevos atractivos turísticos, en apego al marco jurídico vigente; 1 VIII.- Fomentar las acciones de planeación, coordinación, promoción, programación, capacitación, concertación, verificación y vigilancia del desarrollo turístico entre la Federación, el Estado y los Municipios en el ámbito de sus respectivas competencias y los sectores social y privado; IX.- Determinar los lineamientos que impulsen el turismo bajo bases y principios que permitan la planeación, programación, capacitación, promoción y concertación de las autoridades responsables y de los prestadores de servicios; X.- Fomentar y desarrollar acciones para diversificar la actividad turística, en el marco del desarrollo estatal de manera integral, apoyando el aprovechamiento de las actividades propias de las comunidades; XI.- Establecer los lineamientos para facilitar a las personas con discapacidad las oportunidades necesarias para el uso y disfrute de las instalaciones destinadas a la actividad turística; XII.- Considerar los principios que garantizan a las personas con discapacidad y a los adultos mayores, la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo del sector turístico; XIII.- Fomentar la accesibilidad al turismo e n beneficio de todos los grupos sociales, sin hacer distinción; XIV.- Promover y vigilar el desarrollo del turismo social, propiciando el acceso de toda la ciudadanía al descanso y recreación mediante esta actividad; y XV.- Determinar las líneas de acción que estimulen la calidad y competitividad en los servicios turísticos.
Índice
TÍTULO PRIMERO. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO SEGUNDO. DE LA POLÍTICA, PLANEACIÓN Y PROGRAMACIÓN DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA.
TÍTULO TERCERO. DE LA PROMOCIÓN Y FOMENTO AL TURISMO.
TÍTULO CUARTO. DE LOS ASPECTOS OPERATIVOS.
TRANSITORIOS
Vigencia
La regulación tiene vigencia defeninida No
Autoridades
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla
Secretaría de Turismo
Sector/actividad económica
Materias Exentas
  • Constatar medidas de protección civil
  • Trabajo
  • Seguridad, protección y/ salud laboral
  • Seguridad social
  • Seguridad nuclear
  • Seguridad de los productos no alimentarios y protección del consumidor
  • Seguridad de la población
  • Seguridad alimentaria
  • Sector financiero
  • Salud pública, medicamentos, asistencia sanitaria y/o sanidad
  • Salud humana
  • Revisión de contratos petroleros (art. 37-B-VII y 63 LISH)
  • Transporte
  • Resguardar la seguridad Nacional
  • Proteger la sanidad y la inocuidad agroalimentaria, animal y vegetal
  • Protección contra riesgos sanitarios
  • Programas sociales
  • Operaciones con recursos de procedencia ilícita
  • Medio ambiente
  • Infraestructura y/o construcción
  • Derechos e intereses del consumidor
  • Fiscal
  • Aduanera
  • Armas de fuego y explosivos
  • Comercio exterior
  • Recursos naturales
  • Turismo
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Tramites y servicios vinculados
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