Actualizar la regulación del trámite de solicitud de multiprogramación en el servicio público de radiodifusión, en sus diversas modalidades, incluyendo aquellos trámites que derivan de autorizaciones de multiprogramación o que se relacionan con aquel trámite, en apego a lo establecido en los artículos 158, 159, 160, 162 y 163 de la LFTR y demás disposiciones normativas aplicables en la materia, considerando los requisitos y procedimientos previstos en los Lineamientos de Ventanilla Electrónica. Al respecto, se establecerán las reglas aplicables para la recepción, atención, sustanciación y resolución de los trámites, según su naturaleza, a través de la Ventanilla Electrónica del Instituto, en un marco de certidumbre y seguridad jurídica. • Determinar que la Ventanilla Electrónica del Instituto será el medio de presentación de los trámites de multiprogramación y que a través de esa plataforma se llevarán a cabo todas las actuaciones relacionadas con los mismos (recepción, atención, sustanciación, resolución, etc.). • Establecer el eFormato de uso obligatorio para la presentación del trámite
de solicitud de multiprogramación, el cual considera las siguientes
modalidades:
o Solicitud de acceso a la multiprogramación.
o Solicitud de cambio de identidad de canales de programación en
multiprogramación.
o Solicitud para brindar acceso a un tercero a canales de
programación en multiprogramación.
o Solicitud de inclusión de nuevos canales de programación en las
transmisiones en multiprogramación.
• Asimismo, establecer los eFormatos de uso obligatorio para la presentación
de aquellos trámites que derivan de autorizaciones de multiprogramación o
que se relacionan con el trámite de solicitud de multiprogramación:
o Solicitud de prórroga de la fecha de inicio de transmisiones de
canales de programación en multiprogramación.
o Aviso de inicio de transmisiones de canales de programación en
multiprogramación.
o Aviso de terminación de transmisiones de canales de programación
en multiprogramación o renuncia a la autorización de
multiprogramación.
o Solicitud de exención del cumplimiento de la obligación de transmitir
al menos un canal de programación en multiprogramación en alta
definición.
• Garantizar la calidad, eficacia y eficiencia de la regulación en materia de
multiprogramación, buscando en todo momento la simplificación y la
reducción de cargas administrativas, considerando la importancia que tiene
el sector de radiodifusión en el contexto del ecosistema digital y la rápida
transformación que vive la sociedad por la creciente adopción de las TICs.
Índice
Vigencia
La regulación tiene vigencia defeninida No
Autoridades
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Sector/actividad económica
Información en medios masivos
Cerrar
Subsector:
Radio y televisión, Telecomunicaciones
Rama:
Transmisión de programas de radio y televisión, Operadores de servicios de telecomunicaciones alámbricas e inalámbricas, Operadores de servicios de telecomunicaciones vía satélite, Otros servicios de telecomunicaciones
Subrama:
Transmisión de programas de radio, Transmisión de programas de televisión, Operadores de servicios de telecomunicaciones alámbricas e inalámbricas, Operadores de servicios de telecomunicaciones vía satélite, Otros servicios de telecomunicaciones
Clase:
Transmisión de programas de radio , Transmisión de programas de televisión , Operadores de servicios de telecomunicaciones alámbricas , Operadores de servicios de telecomunicaciones inalámbricas , Operadores de servicios de telecomunicaciones vía satélite , Otros servicios de telecomunicaciones