La presente ley tiene por objeto regular, proteger y fomentar la actividad pecuaria en el Estado de Chiapas, a través de:
I. Establecer las bases para promover el desarrollo sustentable de la producción, la sanidad, inocuidad, calidad, clasificación, control de la movilización y comercialización de semovientes, productos y subproductos pecuarios;
II. La organización y orientación de la explotación pecuaria;
III. El aprovechamiento racional de las diversas especies animales;
IV. La conservación, mejoramiento y explotación racional de los recursos naturales relacionados con las actividades pecuarias;
V. El fomento a la investigación, capacitación pecuaria y la divulgación de los resultados que se obtengan;
VI. El registro de la propiedad de los animales;
VII. El control de la movilización de animales, productos y subproductos;
(REFORMA MEDIANTE DECRETO 204, PUBLICADA EN EL P. O. NO. 304, 3ª. SECCIÓN DE FECHA 05 JULIO 2017).
VIII. Establecer bases y directrices para la construcción, rehabilitación, equipamiento y operación de los Centros de Sacrificio;
IX. El sacrificio Humanitario de las diferentes especies pecuarias; y
X. Las demás que otorgue la presente ley, su reglamento y demás normatividad aplicable en la materia.