Las disposiciones del presente Reglamento son de orden público, interés y observancia general, con fundamento en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122, 123, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 31 fracción I, 164 Y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 23, fracción XXIII, 80, fracción XV del Bando Municipal 2013 de Chalco y tienen por objeto normar el funcionamiento de los establecimientos mercantiles, industriales y de servicios en el Municipio de Chalco, Estado de México, en lo relativo a su apertura, operación, regularización, sanciones y suspensión de actividades.