tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información, así como la organización y funcionamiento del organismo garante señalado en el artículo 125 bis de la Constitución Política del Estado de Campeche.
El derecho humano de acceso a la información comprende la facultad de las personas para solicitar, difundir, investigar, buscar y recibir información pública, así como el deber de los sujetos obligados de difundir, de manera proactiva, las obligaciones en materia de transparencia y en general, toda aquella información que se considere de interés público.