El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley de Aviación Civil, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte. El Transporte Aéreo Internacional, se sujetará a lo que, en su caso, establezcan los tratados internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sean parte, y en aquellos casos en que no exista regulación internacional especial, a lo dispuesto en la Ley y el presente Reglamento.