I. Establecer la concurrencia de los municipios, entidades federativas y la federación para la ordenación, regularización y aplicación de las normas de seguridad estructural.
II. Fijar las normas básicas para reducir el nivel de riesgos en toda edificación y sobre todo en las zonas de riesgo señaladas por los planes o programas de desarrollo urbano, tomando en cuenta la clasificación general del sistema de ciudades.
III. Controlar las obras de construcción, instalaciones, modificaciones, ampliación, reparación, conservación, restauración y demolición, así como el uso de edificaciones y los usos, destinos y reservas de los predios y los centros de población del territorio del estado.
IV. Definir los principios conforme a los cuales la federación, el estado y el municipio ejercerán sus atribuciones.
Índice
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I
Capítulo II Autoridades y Facultades
Capítulo III Vía Pública
TÍTUTO SEGUNDO ALINEAMIENTO, USO DE SUELO, LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES
Capítulo I Alineamiento y Uso de Suelo
Capítulo II Licencia de Construcción
Capítulo III Ocupación de Obra
TÍTULO TERCERO DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA Y CORRESPONSABLES
Capítulo I Directores Responsables de Obra
Capítulo II Corresponsables
Capítulo III Comisión de Admisión de Directores Responsables de Obra en el Estado
Capítulo IV Del Cambio, Término de Funciones. Término de Responsabilidad y Suspensión de Directores Responsables de Obra
TÍTULO CUARTO PROYECTO ARQUITECTÓNICO E INSTALACIONES
Capítulo I Legalidades
Capítulo II Densidad de Edificación
Capítulo III Espacios sin Construir
Capítulo IV Circulaciones en las Construcciones
Capítulo V Accesos y Salidas
Capítulo VI Previsiones contra Incendios
Capítulo VII Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias
Capítulo VIII Instalaciones Eléctricas, Mecánicas y Especiales
Capítulo IX Establecimiento para Inmuebles
Capítulo X Edificios para Habitación u Hospedaje
CAPÍTULO XI Edificios para Comercios y Oficinas
CAPÍTULO XII Edificios para la Educación
CAPÍTULO XIII Edificios para Hospitales
CAPÍTULO XIV Instalaciones Especiales para Discapacitados
CAPÍTULO XV Centros de Reunión
CAPÍTULO XVI Templos
CAPÍTULO XVII Salas de Espectáculos
CAPÍTULO XVIII Visibilidad en Espectáculos
CAPÍTULO XIX Edificios para Espectáculos y/o Actividades Deportivas
CAPÍTULO XX Clubes Deportivos Sociales
CAPÍTULO XXI Edificios para Baños
CAPÍTULO XXII Edificios para Estacionamientos
CAPÍTULO XXIII Ferias con Aparatos Mecánicos
CAPÍTULO XXIV Elevadores y otros Sistemas de Transportación Electromecánica
TÍTULO QUINTO NORMAS DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL
CAPÍTULO I Disposiciones Generales
CAPÍTULO II Definiciones y Características de las Edificaciones
CAPÍTULO III Criterio de Diseño Estructural
CAPÍTULO IV Cargas Muertas
CAPÍTULO V Cargas Vivas
CAPÍTULO VI Diseño por Sismo
CAPÍTULO VII Diseño por Viento
CAPÍTULO VIII Pruebas de Carga
CAPÍTULO IX Cimentaciones
CAPÍTULO X Construcciones Dañadas
CAPÍTULO XI Obras Provisionales y Modificaciones
TÍTULO SEXTO CONSTRUCCIÓN
CAPÍTULO I Generalidades
CAPÍTULO II Calidad de los Materiales
CAPÍTULO III Constructivos. Procedimientos
CAPÍTULO IV Trazos y Nivelaciones
CAPÍTULO V Excavaciones y Cimentaciones
CAPÍTULO VI Instalaciones
CAPÍTILO VII Acabados y Fachadas
CAPÍTULO VIII Demoliciones
CAPÍTULO IX Seguridad e Higiene en las Obras
CAPÍTULO X Dispositivo para Transporte Vertical de Obras
CAPÍTULO XI Uso, Operación y Mantenimiento
CAPÍTULO XII Ampliaciones de Obra
CAPÍTULO XIII Instrumentación
TÍTULO SÉPTIMO
CAPÍTULO I Disposiciones diversas medidas de seguridad
CAPÍTULO II Infracciones
CAPÍTULO III Sanciones
CAPÍTULO IV Revocación
TRANSITORIOS
Vigencia
La regulación tiene vigencia defeninida No
Autoridades
Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones
Sector/actividad económica
Construcción
Cerrar
Subsector:
Edificación, Construcción de obras de ingeniería civil, Trabajos especializados para la construcción