Los presentes lineamientos tienen como objetivo determinar las bases, criterios y condiciones
que deberán observar y aplicar las personas conciliadoras adscritas a las diferentes oficinas estatales, de
apoyo e itinerantes del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, al realizar el procedimiento de
conciliación prejudicial individual, de conformidad con el Título Trece Bis, Capítulo I Del Procedimiento de
Conciliación Prejudicial de la Ley Federal del Trabajo, establecido como principal mecanismo para la solución
de los conflictos laborales