Solicitud de registro de Comité de Ética en Investigación A) Registro inicial

Homoclave: CONBIOETICA-00-003-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Registro
Dependencia: Comisión Nacional de Bioética
Unidad administrativa: Dirección de Comités de Bioética
Nivel de gobierno:
Deberán contar con un comité de ética en investigación los establecimientos para la atención médica del sector público, social o privado del sistema nacional de salud, que lleven a cabo actividades de investigación en seres humanos. En las instituciones de salud, bajo la responsabilidad de los directores o titulares respectivos y de conformidad con las disposiciones aplicables, en el caso de que se realicen investigaciones en seres humanos.
Requisitos
1
Acta de instalación del CEI
Original
Descripción: El CEI deberá instalarse bajo la responsabilidad del director o titular de la institución o del establecimiento, mediante un acta de instalación, en la que se hará constar su integración, su domicilio y los demás requisitos que se señalen en las disposiciones aplicables
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Constancia de designación de cada integrante del Comité de Ética en Investigación (CEI)
Original
Descripción: Documento expedido por el titular del establecimiento. La constancia de designación de los miembros del Comité deberá contener al menos los requisitos siguientes: I. Nombre completo de la persona designada; II. Duración del encargo; III. Cláusula de confidencialidad con relación a las solicitudes, información del investigador y de los sujetos de investigación que se somete a consideración del Comité, así como de las reuniones en las que se delibera sobre los Protocolos, y IV. El señalamiento expreso de que la incorporación al Comité será con carácter honorífico.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Cédula Profesional
1 copia
Descripción: cédula profesional de licenciatura y, en su caso, posgrado, de cada integrante del CEI, excepto del representante del núcleo afectado o de las personas usuarias de los servicios de salud, , excepto del Representante del núcleo afecto o usuarios de los servicios de salud. de conformidad con el artículo 104 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 180 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
4
Curriculum Vitae (Personal)
Original
Descripción: Original con rúbrica y firma del currículum vitae de cada integrante con las características previstas en la edición vigente de la Guía Nacional para la Integración y el Funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación en el que se documente la experiencia profesional de los integrantes del CEI en el campo de la investigación y/o ética en investigación.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
5
Constancias de capacitación en bioética y/o ética en investigación
1 copia
Descripción: Copia simple de las constancias de capacitación en ética en investigación, bioética o buenas prácticas clínicas de cada integrante, obtenidas durante los últimos cinco años, excepto del representante del núcleo afectado o de las personas usuarias de los servicios de salud, de conformidad con el artículo 104 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 2 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
6
Licencia Sanitaria del establecimiento
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 101
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 41 Bis
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Documento que acredita que el establecimiento se encuentra bajo los supuestos previstos en la Ley General de Salud
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 60 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
7
Manual de procedimientos del CEI
1 copia
Descripción: Copia simple del manual de procedimientos aprobado del Comité de Ética en Investigación, con los elementos mínimos previstos en la edición vigente de la Guía Nacional para la Integración y el Funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación;
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 15 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
8
Manifestación bajo protesta de decir verdad artículo 41 Bis y 98 de la Ley General de Salud
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 101
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 41 BIS y 98
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Original del escrito en el cual se manifiesta bajo protesta de decir verdad que el establecimiento se encuentra, en los supuestos previstos en los artículos 41 BIS y 98 de la Ley General de Salud y cuenta con la infraestructura que garantice la capacidad técnica, material, humana y financiera, así como las instalaciones, equipo y tecnología para llevar a cabo las pruebas, estudios, ensayos, verificaciones y demás actividades necesarias para llevar a cabo actividades de investigación en seres humanos, de conformidad con los criterios establecidos en la normatividad vigente, en donde especifique el tipo y nivel de riesgo de las investigaciones que lleva a cabo el establecimiento según lo referido en el artículo 17 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud;
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
9
Solicitud de registro de Comité de Ética en Investigación
Original
Descripción: Formato de solicitud que recaba información general del establecimiento, e integración y funcionamiento de los CEI, así como datos del solicitante que firma la solicitud
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
10
Documento con que se acredite la representación legal del establecimiento
1 copia
Descripción: Documento con el que se acredite la representación legal del establecimiento
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 3 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
Solicitud de registro de comité de ética en investigación
Descargar

Número identificador del formato:
Liga de internet donde se puede descargar el formato: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/598646/Solicitud_registroCEI.pdf
Llenar formato en línea aquí:
¿El formato se puede enviar electrónicamente? No
Pasos
1 Descargar la solicitud y llenarla ,
2 Recopilar y adjuntar los documentos que acompañan la solicitud: documento con el que se acredite la representación legal del establecimiento; licencia sanitaria del establecimiento. En caso de no contar con esta, deberá presentar aviso de funcionamiento que lo acredite como establecimiento de atención médica y documento oficial que acredite que el establecimiento lleva a cabo, por sí mismo, actividades de investigación en seres humanos; escrito en el cual se manifiesta bajo protesta de decir verdad que el establecimiento se encuentra, en los supuestos previstos en los artículos 41 BIS y 98 de la Ley General de Salud y cuenta con la infraestructura que garantice la capacidad técnica, material, humana y financiera, así como las instalaciones, equipo y tecnología para llevar a cabo las pruebas, estudios, ensayos, verificaciones y demás actividades necesarias para llevar a cabo actividades de investigación en seres humanos, de conformidad con los criterios establecidos en la normatividad vigente, en donde especifique el tipo y nivel de riesgo de las investigaciones que lleva a cabo el establecimiento según lo referido en el artículo 17 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud; acta de instalación del Comité de Ética en Investigación; manual de procedimientos aprobado del Comité de Ética en Investigación, con los elementos mínimos previstos en la edición vigente de la Guía Nacional para la Integración y el Funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación; constancia de designación de cada integrante propuesto, que incluya cláusulas de confidencialidad y no conflicto de interés;cédula profesional de licenciatura de cada integrante y, en su caso, posgrado, excepto del representante del núcleo afectado o de las personas usuarias de los servicios de salud, de conformidad con el artículo 104 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud y Disposición OCTAVA, fracción I del presente Acuerdo;currículum vitae de cada integrante con las características previstas en la edición vigente de la Guía Nacional para la Integración y el Funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación, y constancias de capacitación en ética en investigación, bioética o buenas prácticas clínicas de cada integrante, obtenidas durante los últimos cinco años, excepto del representante del núcleo afectado o de las personas usuarias de los servicios de salud, de conformidad con el artículo 104 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud y Disposición OCTAVA, fracción I del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación y se establecen las unidades hospitalarias que deben contar con ellos, de conformidad con los criterios establecidos por la Comisión Nacional de Bioética, publicado el 31 de octubre de 2012.
3 Solicitar una cita vía telefónica o correo electrónico para entregar toda la documentación de forma impresa en las oficinas de la Comisión Nacional de Bioética, o enviarlos vía paquetería certificada.
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
Liga electrónica para agendar una cita en linea para realizar el trámite:
Costo
Monto calculado
Moneda en la que se realizó el pago:
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 55 Días hábiles
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 10 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 15 Días hábiles

Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
La Comisión, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al de la presentación de la solicitud, admitirá a trámite la misma o, en su caso, prevendrá al solicitante para que subsane las omisiones de su solicitud dentro del término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha en que se le haya notificado dicha prevención, apercibido de que en caso de no hacerlo se tendrá por no presentada la solicitud. Una vez admitida a trámite la solicitud, la Comisión contará con un plazo de treinta días hábiles para notificar al solicitante, sobre la procedencia de la misma y, en su caso, para emitir la constancia de registro correspondiente, la cual tendrá una vigencia de tres años.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Deberán contar con un comité de ética en investigación los establecimientos para la atención medica del sector público, social o privado del sistema nacional de salud que lleven a cabo actividades de investigación en seres humanos. En las instituciones de salud bajo la responsabilidad de los directores o titulares respectivos y de conformidad con las disposiciones aplicables en el caso de que se realicen investigaciones en seres humanos
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Cintia Aurora Plata Ledesma
Cargo: Jefe de departamento de Registro a Comités de Ética en Investigación
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 54872760 ext 59548; 59409 y 59408
Ext:
Datos de la oficina del responsable del trámite: Calzada Arenal 134, colonia Arenal Tepepan. C.P. 14610 Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México.
Fundamento Jurídico
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 101
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Decreto
Artículo: Segundo
Fracción: X
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 101
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Decreto
Artículo: Segundo
Fracción: X
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 41 BIS
Fracción: II
Inciso:
Párrafo: segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 41 Bis
Fracción: II
Inciso:
Párrafo: segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 41 Bis
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 98
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 98
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 98
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 101
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 101
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 41 BIS
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite: Evaluar y supervisar que la integración, registro y el funcionamiento del Comité de Ética en Investigación registrado ante la Comisión Nacional de Bioética, cumpla con la legislación vigente en materia de investigación para la salud, así como con las disposiciones y criterios establecidos por la Comisión Nacional de Bioética para asegurar que es un Comité autónomo, institucional, multidisciplinario, plural y consultivo que evalúa continuamente que los proyectos o protocolos de investigación se apeguen, en todo momento, a los principios éticos y a la normatividad vigente aplicable, garantizando la protección de las personas que participan o participarán en investigaciones, al salvaguardar su dignidad, derechos y seguridad.
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 88
Número de solicitudes rechazadas: 1
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Es importante que el solicitante revise previamente la normatividad aplicable para el trámite así como la Guía nacional para la integración y el funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación, sexta edición, 2018.
Última modificación del trámite o servicio: 17 diciembre 2020
Autoridad pública responsable

Dirección de Comités de Bioética

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