Permisos para el establecimiento de instituciones educativas en materia aeronáutica

Modalidad: Permiso para que una persona moral establezca una institución educativa en materia aeronáutica

Homoclave: AFAC-2020-290-040-B Tipo: Trámite Tipo de trámite: Permiso
Dependencia: Agencia Federal de Aviación Civil
Unidad administrativa: Dirección de Certificación de Licencias
Nivel de gobierno:
¿Eres una persona moral interesada en obtener un permiso para establecer una institución educativa en materia aeronáutica? Consulta el procedimiento y los requisitos aquí.
Requisitos
1
Escrito libre de solicitud
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15 y 19
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Aviación Civil
Artículo: 95
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Las promociones deberán hacerse por escrito en el que se precisará el nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan, en su caso de su representante legal, domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas, la petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición, el órgano administrativo a que se dirigen y lugar y fecha de su emisión. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital. El promovente deberá adjuntar a su escrito los documentos que acrediten su personalidad, así como los que en cada caso sean requeridos en los ordenamientos respectivos. En el caso de los documentos que acrediten la personalidad del promovente se deberá adjuntar. Persona física: Copia de la identificación oficial vigente con fotografía del promovente (credencial para votar, pasaporte, cartilla militar liberada, cédula profesional). Persona moral: Copia certificada, del acta constitutiva y sus modificaciones debidamente inscritas en el Registro Público correspondiente. En el caso de los documentos que acrediten la representación se deberá adjuntar. Persona física: Copia certificada de carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante fedatario público, copia de la identificación oficial vigente con fotografía del representante o apoderado legal (credencial para votar, pasaporte, cartilla militar liberada, cédula profesional). Persona moral: Copia certificada del instrumento público, así como copia de la identificación oficial vigente con fotografía del representante o apoderado legal (credencial para votar, pasaporte, cartilla militar liberada, cédula profesional).
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Manual General de Capacitación
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Aviación Civil
Artículo: 95
Fracción: VIII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Deberá contener: I. Relación de las personas instructoras con los que contará la institución, debidamente registradas ante la Agencia Federal de Aviación Civil. II. Carta de aceptación de responsabilidad de la persona encargada de la institución. III. Organigrama de la institución con la descripción de las funciones y responsabilidades de cada puesto. IV. Propuesta de las carreras, planes y programas de formación o de capacitación y adiestramiento. V. Descripción de las instalaciones, equipos, material didáctico, y en su caso, de las aeronaves con las que se realizará la formación, capacitación y/o adiestramiento. VI. Los lineamientos y procedimientos bajo los cuales se proporcionará la formación, capacitación o adiestramiento. Este Manual deberá ser elaborado, autorizado y mantenerse actualizado de conformidad con las disposiciones técnico-administrativas correspondientes. NOTA: Este requisito se presentará en la Fase 2 y 3 del procedimiento.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Comprobante de Pago del trámite
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Aviación Civil
Artículo: 159
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Comprobante de pago por concepto del trámite solicitado, de conformidad con el monto establecido en el artículo 159, fracción II de la Ley Federal de Derechos.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 La persona interesada presenta su solicitud, a través de un escrito libre, en la Ventanilla Única de Servicios de la Dirección de Certificación de Licencias.
2 Cuando la Autoridad de Aviación Civil lo indique, la persona interesada se presenta de manera presencial para realizar la exposición de motivos, la presentación del proyecto (incluyendo detalles de la misión, visión, valores, domicilio de las instalaciones, infraestructura, estructura orgánica, planos de distribución con sus dimensiones, programas de las carreras técnicas a impartir, etc.) y la manifestación de cualquier duda o particularidad.
3 La persona interesada presenta, para el visto bueno por parte de la Autoridad de Aviación Civil, la propuesta del Manual General de Capacitación de la institución educativa acompañado de la documentación complementaria.
4 En caso de recibir una prevención por parte de la Autoridad de Aviación Civil, la persona interesada presenta la modificación al Manual General de Capacitación o la documentación faltante, según sea el caso.
5 Una vez que la Autoridad de Aviación Civil otorgue el visto bueno a la modificación del Manual General de Capacitación y/o la documentación complementaria, la persona interesada realiza la demostración de su capacidad para cumplir con lo establecido en dicho Manual, en la normatividad aeronáutica y en la normatividad educativa vigente.
6 Una vez que la Autoridad de Aviación Civil comprueba que la institución educativa se apega a lo establecido en su Manual General de Capacitación, cuenta y cumple con las condiciones necesarias para operar, la persona interesada realiza el pago del permiso correspondiente.
7 La persona interesada acude a la Ventanilla Única de Servicios de la Dirección de Certificación de Licencias para recibir el Permiso de Funcionamiento correspondiente.
8 La presentación de documentación y/o entrega de resolución será de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas en las instalaciones de la Ventanilla Única de la Dirección de Certificación de Licencias.
Costo
$ 25,000.00
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025.
Artículo: 159
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 159
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿En dónde puedo realizar el pago? Caja de la AFAC
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 40 Días hábiles
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 5 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Aviación Civil
Artículo: 95
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Aviación Civil
Artículo: 95
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Este trámite lo realizan las personas morales interesadas en obtener un permiso para establecer una institución educativa que imparta cursos o carreras necesarias para adquirir o actualizar los conocimientos y habilidades requeridas para obtener, revalidar, convalidar y recuperar las licencias, permisos, autorizaciones, capacidades y/o certificados de capacidad en materia aeronáutica.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Transportes, correos y almacenamiento
Subsector: Transporte aéreo
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Proceso de apertura
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Liliana Daniela Reyes Rangel
Cargo: Directora de Certificación de Licencias
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 723-9300
Ext: 18600
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Fuerza Aérea , Exterior 235, Federal, Venustiano Carranza, CP 15700, Teléfono (555) 723-9300, Extensión 18603, Ciudad de México
Nombre: Luz María del Ángel Mohedano
Cargo: Titular del Área de Denuncias e Investigaciones
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 723-9300
Ext: 12350
Correo electrónico: [email protected]
Fundamento Jurídico
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17-A
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025.
Artículo: 159
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 11
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Carto y Sexto
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Aviación Civil
Artículo: 95
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se dan a conocer al público en general el domicilio oficial y los horarios de atención de la Agencia Federal de Aviación Civil y de las diferentes áreas y oficinas adscritas a ésta, para la correspondencia, entrega y recepción de documentación, trámites, diligencias y/o actuaciones relacionadas con los asuntos de su competencia
Artículo: Segundo
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 159
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Aviación Civil
Artículo: 95
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Aviación Civil
Artículo: 95
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 12 Ter
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Aviación Civil
Artículo: 95
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: La Agencia podrá, en cualquier momento, realizar verificaciones para vigilar el cumplimiento de las instituciones educativas en la aplicación de los planes y programas de estudio. La persona encargada de las instituciones educativas permitirá el acceso y darán facilidades e información a las personas designadas como inspectoras verificadoras aeronáuticas o personas instructoras examinadoras designadas por la Agencia
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 10
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
* Para más información respecto a la solicitud para establecer una institución educativa en materia aeronáutica se sugiere consultar la Circular Obligatoria CO-SA 14.2/09 “QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES PARA EL ESTABLECIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DE UN CENTRO DE FORMACIÓN CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO, PARA EL PERSONAL TÉCNICO AERONÁUTICO” en su versión más reciente. * En caso de que la propuesta del Manual General de Capacitación y/o la información complementaria esté incompleta o no se adecue a lo establecido en la normatividad aeronáutica vigente, la Autoridad de Aviación Civil prevendrá por única ocasión a la persona solicitante a efecto de que subsane dicha prevención. * En caso de que la persona solicitante no compruebe que la institución educativa se apega a lo establecido en su Manual General de Capacitación, no cuenta y/o no cumple con las condiciones necesarias para operar, se tendrá como rechazada su solicitud y nuevamente se deberá iniciar con el procedimiento. * El plazo de respuesta del Permiso empezará a correr a partir de que la Autoridad de Aviación Civil constate que la institución educativa se apega a lo establecido en su Manual General de Capacitación, cuenta y cumple con las condiciones necesarias para operar.
Última modificación del trámite o servicio: 17 marzo 2025
Oficinas de Atención

Dirección de Certificación de Licencias

Ciudad de México, Venustiano Carranza, 602 Venustiano Carranza, México (Lic. Benito Juárez), 161, C.P.15620, Telefono: (555) 723-9300, ,

Lunes 9:00 A. M. a 2:00 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 2:00 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 2:00 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 2:00 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 2:00 P. M.

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