Autorización para el manejo de residuos peligrosos para actividades del Sector Hidrocarburos

Modalidad: Incineración de residuos peligrosos

Homoclave: ASEA-00-001-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente
Unidad administrativa: Unidad de Gestión Industrial
Nivel de gobierno:
Para realizar la incineración de residuos peligrosos generados por las actividades del Sector Hidrocarburos deberás obtener una autorización de la ASEA.
Requisitos
1
Escrito libre
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 50,61,62,63,80
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 48,49,50 y 51
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: Transitorio Quinto
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: que contenga la solicitud para obtener la autorización de incineración de residuos peligrosos firmado por la persona física o representante legal en caso de personas morales. Original y copia de acuse.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Formato FF-SEMARNAT-040 y sus anexos en original
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 48,49,50
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: a. Copia de identificación oficial del solicitante. b. Copia del acta constitutiva de la persona moral. c. Acreditación del representante legal. d. Copia de la autorización de uso del suelo. e. Copia del plano del proyecto ejecutivo de la planta en conjunto. f. Diagrama de flujo de proceso. g. Programa de capacitación del personal involucrado en el manejo de los residuos peligrosos. h. Programa de prevención y atención de contingencias o emergencias ambientales y accidentes. i. Copia de la autorización en materia de impacto ambiental. j. Balance de materia y energía del proceso de Incineración. k. Propuesta del protocolo de pruebas. l. Propuesta del seguro o garantía financiera. m. Memoria fotográfica. n. Pago de derechos.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Comprobante de Pago del trámite
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Formato e5, hoja de ayuda y pago bancario
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
Federal
Acuerdo
Artículo primero
XXXVI
Pasos
1 Reúne los requisitos y documentos
2 Preséntate para entrega de documentos, en el Área de Atención al Regulado de la ASEA, Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México. La recepción de trámites o solicitudes de los Regulados será de lunes a viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.
Costo
$ 75,113.00
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-T
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y sus anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27.
Artículo: 194-T
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿En dónde puedo realizar el pago? Hoja de ayuda E5cinco
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 30 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: No aplica
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 10 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 10 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 55
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
1) Es necesario que las actividades de manejo integral de los residuos peligrosos no contravengan la legislación y normatividad aplicable. 2) Es necesario que la actividad que pretende ser autorizada debe corresponder con la definida en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y en su Reglamento. 3) Es indispensable que todos los datos de información deben corresponder con los documentos que acompañen al trámite. 4) Es indispensable suministrar a esta Dependencia la información de soporte técnico de los procesos o tecnologías a los que se someterán los residuos peligrosos. 5) Es necesario que el balance de materia, el balance de energía, el diagrama de flujo y la descripción del proceso deben ser correspondientes y se debe señalar la base de cálculo correspondiente. 6) Es obligatorio que mientras no se emita la Norma Oficial Mexicana sobre protocolos de pruebas, la evaluación se realizará con base en lo detallado en el artículo transitorio décimo segundo del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. 7) Es indispensable que tratándose de incineración se especifiquen las medidas para dar cumplimiento a las normas oficiales mexicanas que se expidan de conformidad con los Convenios Internacionales de los que México sea parte. 8) La ASEA podrá imponer restricciones a la incineración que estipulen grados de eficiencia y eficacia que deben alcanzar los procesos y los parámetros ambientales que deben cumplirse a fin de prevenir y reducir la liberación al ambiente de sustancias contaminantes. 9) La alimentación de residuos peligrosos al proceso de incineración también podrá restringirse, cuando se defina que dichos residuos peligrosos son susceptibles de ser valorizados mediante otros procesos disponibles y éstos sean ambientalmente eficaces, tecnológicamente y económicamente factibles.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: 10 años de vigencia
Observaciones:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 58
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? En cualquier caso, que se pretenda incinerar residuos peligrosos del Sector Hidrocarburos.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Ninguna de las anteriores
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- David Rivera Bello
Cargo: Director General de Gestión de Procesos Industriales.
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (55) 9126-0100
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Alcadía Tlalpan, Ciudad de México.
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- José Guadalupe Galicia Barrios
Cargo: Director General de Gestión Exploracion y Extracción de Recursos No Convencionales Maritimos
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (55) 9126-0100.
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Alcadía Tlalpan, Ciudad de México.
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Nancy Evelyn Ortiz Nepomuceno
Cargo: Directora General de Gestión Comercial
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (559) 126-0100
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 50
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos
Artículo: 51
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 28
Fracción: XI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos
Artículo: 49
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-T
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos
Artículo: 48
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 25
Fracción: XI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 29
Fracción: XI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos
Artículo: 50
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos
Artículo: 49
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 26
Fracción: XI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 37
Fracción: XIV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 5
Fracción: III y VIII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos
Artículo: 50
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 27
Fracción: XI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 58
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 54
Fracción: 1
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Procedimiento Administrativo
Artículo: 69-C
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y sus anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27.
Artículo: 194-T
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos
Artículo: 51
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 54
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 48
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general los días y horas de atención para los trámites y servicios ante las unidades administrativas que se señalan, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados.
Artículo: PRIMERO
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 55
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
¿Qué es la incineración de residuos peligrosos? Cualquier proceso para reducir el volumen y descomponer o cambiar la composición física, química o biológica de un residuo sólido, líquido o gaseoso, mediante oxidación térmica, en la cual todos los factores de combustión, como la temperatura, el tiempo de retención y la turbulencia, pueden ser controlados, a fin de alcanzar la eficiencia, eficacia y los parámetros ambientales previamente establecidos. En esta definición se incluye la pirólisis, la gasificación y plasma, solo cuando los subproductos combustibles generados en estos procesos sean sometidos a combustión en un ambiente rico en oxígeno. ¿Qué es una autorización para la incineración de residuos peligrosos? Es un documento legal mediante el cual la ASEA autoriza el manejo de residuos peligrosos para su incineración, para dar cumplimiento con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR). ¿Cuál es el trámite que debe realizarse para obtener la autorización para la operación de un centro de incineración de residuos peligrosos? ASEA-00-001-A. ¿Existe algún plazo de respuesta? El tiempo máximo para que la autoridad emita respuesta es de 30 días hábiles. Para requerir información faltante, cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles. ¿Qué vigencia tiene la autorización? 10 años. ¿Qué restricciones tiene la incineración? La restricción para la incineración es que solo aplicará para aquellos residuos peligrosos no susceptibles de ser valorizados mediante otros procesos; dichos procesos alternos deberán estar disponibles, ser ambientalmente eficaces y económicamente factibles. ¿Se requiere realizar un protocolo de pruebas para llevar a cabo la incineración de residuos peligrosos? Si, lo que permitirá conocer la eficiencia de destrucción y remoción de los residuos peligrosos alimentados al equipo incinerador. ¿Qué Norma Oficial Mexicana regula la actividad de incineración de residuos peligrosos? La Norma Oficial Mexicana NOM-098-SEMARNAT-2002, Protección ambiental-Incineración de residuos, especificaciones de operación y límites de emisión de contaminantes. Se recomienda utilizar el formato de SEMARNAT FF-SEMARNAT-040 que podrá ubicarlo fácilmente digitando el número de formato en cualquier buscador de internet.
Última modificación del trámite o servicio: 10 enero 2024
Autoridad pública responsable

Área de Atencion al Regulado de la ASEA

Blvd. Adolfo Ruiz Cortines 4209 Jardines en la Montaña Tlalpan C.P.14210

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