Propuesta de remediación de sitios contaminados por emergencia ambientalpara actividades del Sector Hidrocarburos

Modalidad: Emergencia ambiental

Homoclave: ASEA-00-013-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente
Unidad administrativa: Unidad de Gestión Industrial
Nivel de gobierno:
Tuviste una circunstancia, evento indeseado o inesperado que trajo como resultado la liberación no controlada, incendio o explosión de uno o varios materiales o residuos peligrosos contaminando un sitio que puede afectar la salud humana o el medio ambiente de manera inmediata, entonces estás obligado a presentar ante la Agencia una propuesta de remediación del sitio contaminado por una emergencia ambiental derivada de las actividades del Sector Hidrocarburos.
Requisitos
1
Escrito libre
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 135,138 y 143
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: donde solicite la evaluación de la propuesta de remediación y sus motivos, firmado en original por la persona física (dueño) o el Representante Legal en caso de personas morales. Original y copia para su acuse.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
2
Comprobante de pago de derechos.
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 135,138 y 143
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Original
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
3
Formato e5.
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 135138143
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Original
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
4
Formato FF-SEMARNAT-094, firmado en original y sus respectivos anexos.
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 135,138 y 143
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: ? Identificación oficial vigente para personas físicas y representantes legales. Original para cotejo y copia simple (aplica para modalidad A y B). • ? Acta Constitutiva para el caso de personas morales. Original o copia certificada y copia simple para cotejo (aplica para modalidad A y B). • ? Original o copia certificada y copia simple para cotejo del documento con el que se acredita la representación legal del promovente. Para el caso de personas físicas: carta poder firmada ante dos testigos. Para el caso de personas morales: Poder Notarial, sólo en caso de que la representación y las actuaciones para las que se encuentre facultado no se encuentren contenidas desde el Acta Constitutiva (aplica para modalidad A y B). • ? Seguro o garantía vigente y suficiente para cubrir los daños que pudieran generarse durante la ejecución de las acciones de remediación correspondientes. (Únicamente si en el numeral 14 seleccionó la opción Institución de educación superior u Otra persona).Copia certificada (aplica para modalidad A y B). • ? Planos del lugar a una escala tal que permita apreciar la información requerida, georeferenciados con coordenadas UTM y orientación geográfica, donde se muestren topografía, cuerpos de agua superficiales, puentes y caminos de acceso, las áreas dañadas de suelo y los puntos de muestreo, con las mismas denominaciones que se indican en los resultados de las determinaciones analíticas del contaminante (aplica para modalidad A y B). ? Documento comprobatorio de la cadena de custodia de las muestras (aplica para modalidad A y B). • ? Planos isométricos de concentraciones y migración del contaminante en suelo y subsuelo (aplica para modalidad A y B). • ? Memoria fotográfica del sitio (aplica para modalidad A y B). • ? Los planos de instalaciones, de depósitos de residuos, de materiales peligrosos y contaminantes existentes en el sitio, destacando las vías, caminos de acceso y de servicios (aplica para modalidad B). • ? Los planos del sitio georeferenciados en coordenadas UTM a escala adecuada que muestren las áreas contaminadas por encima de los límites de concentración de contaminantes establecidos en las normas oficiales mexicanas o de aquéllos determinados mediante una evaluación de riesgo ambiental (aplica para modalidad B). • ? documentación que acredite la formación profesional y experiencia en la remediación de sitios contaminados por materiales peligrosos o residuos peligrosos. (Sólo en caso de que en el numeral 14 haya seleccionado como responsable técnico la opción de Otra persona). (Aplica para modalidad A y B). • ? programa de remediación (modalidades A y B), integrado por lo siguiente. (En caso de que el programa de remediación no incluya la totalidad de la información señalada en cada uno de los componentes indicados en el instructivo en los numerales 38.1, 38.2, 38.3, 38.4 y 38.5 respectivamente, no se tendrá por cumplido el requisito correspondiente). • ? 38.1 Estudio de caracterización • 38.2 Propuesta de remediación • 38.3 • 38.4 Estudio de evaluación de riesgo correspondiente (sólo para modalidad B)
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
Federal
Acuerdo
1
XLII
Pasos
1 Reúne los requisitos y documentos,
2 Realiza el pago de derechos y
3 Preséntate en el Área de Atención al Regulado, ubicada en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México., en los siguientes horarios. La recepción de trámites o solicitudes de los Regulados será de lunes a viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.
Costo
$ 2,027.00
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y sus anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27.
Artículo: 194-T-6
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-T-6
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿En dónde puedo realizar el pago? Hoja de ayuda e5cinco
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 40 Días naturales
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 10 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando hayas contaminado un sitio derivado de realizar actividades del Sector Hidrocarburos.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- David Rivera Bello
Cargo: Director General de Gestión de Procesos Industriales
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (55) 9126-0100
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: ; Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Alcadía Tlalpan, Ciudad de México.
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Nancy Evelyn Ortiz Nepomuceno
Cargo: Directora General de Gestión Comercial
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (559) 126-0100
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y sus anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27.
Artículo: 194-T-6
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra: A
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 132
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general los días y horas de atención para los trámites y servicios ante las unidades administrativas que se señalan, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados.
Artículo: PRIMERO
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-T-6
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 69-C
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
1.- ¿En qué consiste un Programa de Remediación? Es una serie de medidas a las que se someterán los sitios contaminados para eliminar o reducir los contaminantes hasta un nivel seguro para la salud, el ambiente o prevenir su dispersión sin modificarlos. Este programa se aplica tanto a una emergencia ambiental como a un pasivo ambiental. 2.- ¿Cuál es el contenido de los Programas de Remediación? Un programa de remediación debe contener: Estudios de caracterización. Estudio de evaluación de riesgo ambiental, en su caso. Investigaciones históricas (pasivos ambientales). La Propuesta de remediación. Las acciones de remediación estarán encaminadas a lograr la remediación del sitio hasta alcanzar los niveles de limpieza previstos en las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes. En caso de no existir éstas, los niveles de remediación se podrán determinar con base en un estudio de evaluación de riesgo ambiental. En su caso, se podrán establecer niveles de remediación cuando éstos hayan sido calculados con base en estudios de evaluación de riesgo ambiental de la literatura científica con estándares internacionales. 3.- ¿Quiénes pueden realizar los Programas de Remediación? Los Programas de Remediación pueden ser llevados a cabo por: El responsable de la contaminación o daño ambiental; o bien Los responsables técnicos que sean designados por el responsable de la contaminación, los cuales podrán ser: Instituciones de educación superior con experiencia en la materia. Prestadores de servicios de tratamiento de suelos contaminados autorizados. Otra persona, siempre que el responsable anexe al Programa de Remediación la documentación que acredite la formación profesional y experiencia en la remediación de sitios contaminados por materiales peligrosos o residuos peligrosos. Cuando las acciones de remediación sean ejecutadas por una institución de educación superior u otra persona como responsables técnicos, el responsable de la contaminación deberá otorgar un seguro suficiente para cubrir los daños que pudieran generarse durante la remediación. 4.- ¿Qué es una emergencia ambiental? Una emergencia ambiental se presenta cuando la contaminación del sitio deriva de una circunstancia o evento, indeseado o inesperado, que ocurra repentinamente y que traiga como resultado la liberación no controlada, incendio o explosión de uno o varios materiales o residuos peligrosos que afecten la salud humana o el ambiente, de manera inmediata. 5.- ¿Qué acciones inmediatas deben realizarse cuando se producen derrames, infiltraciones, descargas o vertidos accidentales de materiales o residuos peligrosos? Cuando en una instalación fija se derramen, infiltren, descarguen o viertan materiales o residuos peligrosos que no excedan de un metro cúbico, se deberán realizar las siguientes acciones: Minimizar o limitar su dispersión. Retirar el material o residuo. Realizar la limpieza del sitio. Anotar el incidente en sus bitácoras. Lo anterior, no es aplicable cuando se trate de derrames, infiltraciones, descargas o vertidos accidentales ocasionados durante el transporte de materiales o residuos peligrosos, ya que deberá atender el siguiente procedimiento. Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se derramen, infiltren, descarguen o viertan materiales o residuos peligrosos en cantidad mayor a un metro cúbico, el responsable, generador o prestador del servicio, deberá realizar las siguientes acciones: Contener los materiales o residuos liberados, minimizar o limitar su dispersión, retirarlos y realizar la limpieza del sitio. Avisar de inmediato a la Agencia y a las autoridades competentes que ocurrió el accidente. Ejecutar las medidas que les hubieren impuesto las autoridades. Iniciar trabajos de caracterización del sitio contaminado y en su caso realizar las acciones de remediación correspondientes. La emergencia ambiental, es el único caso en el que se pueden realizar acciones de remediación sin contar con la aprobación de la Agencia; sin embargo, se debe presentar la propuesta de remediación paralela a la ejecución de éstas para su aprobación correspondiente, en caso de así proceder. Las acciones de remediación que se realicen antes de la aprobación de la propuesta, deben utilizar empresas prestadoras de servicio autorizadas por la Agencia, no deben contravenir lo dispuesto en los artículos 148 y 149 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) y no deben concluir previo a la presentación de la propuesta de remediación a la Agencia. 6.- ¿Cuál es el procedimiento mediante el cual se da aviso a la Agencia en caso de derrames, infiltraciones, descargas o vertidos de materiales peligrosos o residuos peligrosos en suelos? Dentro de los tres días hábiles siguientes al día en que hayan incurrido los hechos deberá presentarse un aviso a Agencia que contenga: Nombre y domicilio de quien dio el aviso o nombre del generador o prestador de servicios y el número de su registro o autorización otorgada por la Agencia. Localización y características del sitio donde ocurrió el accidente. Causas que motivaron el derrame, infiltración, descarga o vertido accidental. Descripción precisa de las características fisicoquímicas y toxicológicas, así como cantidad de los materiales peligrosos o residuos peligrosos derramados, infiltrados, descargados o vertidos. Medidas adoptadas para la contención. Considerando que la atribución de la Agencia es evaluar las acciones para la remediación de sitios contaminados que se propongan en los programas respectivos, no se evaluarán, ni aprobarán planes de muestreo, caracterizaciones o estudios de evaluación del riesgo ambiental, que no estén contenidos en un Programa de Remediación. Para la evaluación, y en su caso, la aprobación de la propuesta de remediación de emergencias ambientales, se deberá presentar individualmente (una por cada sitio). No se evaluarán propuestas de remediación que incluyan más de un sitio contaminado. 7.- ¿Cuáles son las prohibiciones para la atención de una emergencia ambiental? Cuando en una emergencia se apliquen medidas de contención de los materiales o residuos peligrosos liberados, no se permitirá: El lavado de suelos en el sitio por medio de dispositivos hidráulicos sin dispositivos de control, almacenamiento y tratamiento de los lixiviados y corrientes de agua generadas; La mezcla de suelos contaminados con suelos no contaminados con propósitos de dilución; La extracción o remoción de suelos contaminados y residuos peligrosos contenidos en ellos sin un control de la emisión de polvos, y La aplicación en el sitio de oxidantes químicos.
Última modificación del trámite o servicio: 10 enero 2024
Autoridad pública responsable

Área de Atencion al Regulado de la ASEA

Blvd. Adolfo Ruiz Cortines 4209 Jardines en la Montaña Tlalpan C.P.14210

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