Registro de Pólizas Contratadas a través de un Estudio de Pérdida Máxima Probable (PML) del Sector Hidrocarburos

Homoclave: ASEA-00-042 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Registro
Dependencia: Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente
Unidad administrativa: Unidad de Gestión Industrial
Nivel de gobierno:
Si realizas las siguientes actividades del Sector Hidrocarburos y decides contratar una póliza de seguro con base en un estudio de pérdida máxima probable (PML), este trámite te sirve para registrar tu póliza, para las actividades de: I. Exploración y Extracción de Hidrocarburos, II. Tratamiento y refinación de petróleo, III. Procesamiento de Gas Natural, IV. Transporte de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos, producto del procesamiento del gas natural y de la refinación del petróleo por medio de Ductos, V. Transporte de Hidrocarburos o Petrolíferos por medio de Auto-tanques o Semirremolques, VI.Transporte de Hidrocarburos o Petrolíferos por medio de Carro-tanques, VII.Transporte de Hidrocarburos o Petrolíferos por medio de Buque-tanques, VIII. Almacenamiento de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos, cuando estos últimos estén vinculados a ductos del procesamiento del gas natural y de la refinación del petróleo, IX. Distribución de Gas Natural o Petrolíferos por medio de ductos o planta de distribución, X. Distribución de Gas Natural o Petrolíferos por medio de Auto-tanques, XI. Distribución de Gas Natural o Petrolíferos por medio de Buque-tanques, XII. instalaciones de Expendio al Público de Petrolíferos o Hidrocarburos que se encuentren en aeródromos, o sitios adyacentes a zonas marítimas fluviales independientemente de su ubicación, y XIII. Compresión, Descompresión, Licuefacción y Regasificación de Gas Natural.
Requisitos
1
Para las obra o actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, tratamiento y refinación de petróleo y procesamiento de gas natural:
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 40
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: 1) El Estudio de Pérdida Máxima Probable (PML, por sus siglas en inglés); realizado por un Tercero Autorizado por la Agencia. 2) El duplicado del original de la póliza de seguro expedida por la Institución de Seguro correspondiente. 3) Carta bajo protesta de decir verdad en la que manifieste que la póliza contratada cumple con los requerimientos contenidos en las presentes Disposiciones. 4). Para coberturas de Control de Pozos, de conformidad con el artículo 23 de las presentes Disposiciones, copia del documento emitido por la Comisión Nacional de Hidrocarburos con el monto de Inversión de Perforación Autorizados (AFE). 5) En caso de pozos en producción, copia del documento presentado a la Comisión Nacional de Hidrocarburos donde se determine el monto de Inversiones de Perforación Estimadas para Pozos en Operación. 6) Para actividades de Exploración y Extracción, deberá presentar el documento en el que declare que cuenta, de manera directa o indirecta, con capacidades técnicas, físicas, humanas y equipos para atender de manera integral el descontrol de pozos, con base en las mejores prácticas internacionales de la industria. El documento deberá acompañarse con la descripción de dichas capacidades.7) En su caso y, de no haberse presentado ante la Agencia con anterioridad, copia simple del documento público con el que se acredite la personalidad jurídica del representante legal del Regulado
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Para las actividades de Transporte de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos, producto del procesamiento del gas natural y de la refinación del petróleo por medio de Ductos; Transporte de Hidrocarburos o Petrolíferos por medio de Auto-tanques o Semirremolques; Transporte de Hidrocarburos o Petrolíferos por medio de Carro-tanques; Transporte de Hidrocarburos o Petrolíferos por medio de Buque-tanques; Almacenamiento de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos, cuando estos últimos estén vinculados a ductos del procesamiento del gas natural y de la refinación del petróleo; Distribución de Gas Natural o Petrolíferos por medio de ductos o planta de distribución; Distribución de Gas Natural o Petrolíferos por medio de Auto-tanques; Distribución de Gas Natural o Petrolíferos por medio de Buque-tanques; instalaciones de Expendio al Público de Petrolíferos o Hidrocarburos que se encuentren en aeródromos, o sitios adyacentes a zonas marítimas fluviales independientemente de su ubicación, y de Compresión, Descompresión, Licuefacción y Regasificación de Gas Natural.
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 40
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: I. El estudio de Pérdida Máxima Probable realizado por un Tercero Autorizado, rubricado en todas y cada una de sus fojas por el regulado o su representante legal y el Tercero Autorizado, acompañado de los formatos establecidos en el Anexo II de las presentes Disposiciones. II. El duplicado del original de la póliza de seguro expedida por la Institución de Seguro correspondiente. III. Carta bajo protesta de decir verdad con base en el formato 2 del Anexo I de las presentes Disposiciones en la que declare que el seguro contratado cumple con los requerimientos contenidos en las mismas. IV. DEROGADO V. En su caso y, de no haberse presentado ante la Agencia con anterioridad, copia simple del documento público con el que se acredite la personalidad jurídica del representante legal del Regulado.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
Federal
Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
40
Pasos
1 Reúne tus requisitos y documentos digitalizados en USB o CD (disco compacto).
2 Trae tu e-firma (antes FIEL), así como sus archivos .cer y .key y contraseña de la llave “key”.
3 Preséntate en el Área de Atención al Regulado de la ASEA, ubicada en el Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México. Recepción del trámite de lunes a viernes de 9:30 a las 15:00 horas.
Web
1 Reúne tus requisitos y documentos
2 Ingresa tu información vía internet a través de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) de la ASEA.
3 Acepta los términos y condiciones para el uso de la Oficialía de Partes Electrónica.
4 Adjunta los requisitos, firma con tu e.fima (antes FIEL) y envía tu solicitud.
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite
El trámite es de resolución inmediata
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 15 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: No aplica
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 15 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 30 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 45
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
El estudio de Pérdida Máxima Probable deberá realizarse por un Tercero Autorizado por la Agencia, con base en lo establecido por el Anexo II Guía para el Estudio de Pérdida Máxima Probable de las Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 47
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: 1 inmediato de vigencia
Observaciones: La vigencia del Registro será la misma que la establecida en la póliza registrada.
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 44
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Representante legal
  • Otro: Regulado
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando el Regulado opte o requiera registrar las pólizas de seguros de responsabilidad civil, responsabilidad por daño ambiental y en su caso, control de pozos con base en un estudio de pérdida máxima probable (PML).
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Minería
Subsector: Extracción de petróleo y gas
Transportes, correos y almacenamiento
Subsector: Transporte por ductos
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Proceso de apertura
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Dora Luz Llanes Herrera
Cargo: Director General de Gestión de Operación Integral
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (55) 9126-0100.
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: s; Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Alcadía Tlalpan, Ciudad de México.
Nombre: Victor Manuel Muciño García
Cargo: Titular del Órgano Interno de Control
Rol:
Otro:
Teléfono: (55) 5628 0600 Ext. 22123
Ext:
Correo electrónico: [email protected]
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 12
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 44
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 48
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 44
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 47
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 45
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 47
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 45
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 45
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 45
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 69-C
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 40
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 10
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 46
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 69-C
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Aviso
Nombre: Aviso por el que se comunica al público en general que los días 31 de enero, 1o. y 2 de febrero de 2018 el Área de Atención al Regulado, Oficialía de Partes y la Unidad de Transparencia de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos suspenderán actividades y se da a conocer el nuevo domicilio de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidro
Artículo: quinto
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Artículo: Tercero Transitorio
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 40
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Aviso
Nombre: Aviso por el que se comunica al público en general que los días 31 de enero, 1o. y 2 de febrero de 2018 el Área de Atención al Regulado, Oficialía de Partes y la Unidad de Transparencia de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos suspenderán actividades y se da a conocer el nuevo domicilio de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidro
Artículo: cuarto
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para el requerimiento mínimo de los seguros que deberán contratar los regulados que realicen las actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción, regasificación o expendio al público de hidrocarburos o petrolíferos
Artículo: 40
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: Corroborar que los Regulados cuentan con pólizas de seguro vigentes y con las coberturas adecuadas al riesgo que conlleva la actividad desarrollada
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
¿Quién puede solicitar el trámite? Regulado Representante legal del Regulado ¿En qué casos debe presentarse? Cuando el Regulado del Sector Hidrocarburos requiera registrar sus pólizas de seguros de responsabilidad civil (RC), responsabilidad por daño ambiental (RA), y en su caso, control de pozos, conforme a los montos mínimos de aseguramiento o límites responsabilidad, con base en el estudio de Pérdida Máxima Probable (PML), para las siguientes actividades: 1) Exploración y Extracción de Hidrocarburos. 2) Tratamiento y refinación de petróleo. 3) Procesamiento de Gas Natural. 4) Compresión, Licuefacción, Descompresión y Regasificación. 5) Transporte, Almacenamiento, Distribución y Expendio al Público de Gas Natural. 6) El transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de petrolíferos. 7) Transporte por ducto y el Almacenamiento, que se encuentre vinculado a ductos de Petroquímicos producto del procesamiento del Gas Natural y de la refinación del Petróleo. El estudio debe elaborarse conforme a la Guía siguiente: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/174107/GU_A_PML_FINAL.pdf _______________________________________________________ HORARIOS DE ATENCIÓN POR CONTINGENCIA SANITARIA: Los Regulados deberán adoptar el siguiente "ACUERDO que modifica por segunda ocasión el diverso por el que se hace del conocimiento del público en general las medidas que se establecen para coadyuvar en la disminución de la propagación del coronavirus COVID-19, así como los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados, con las excepciones que en el mismo se indican, publicado en el diario oficial de la federación el 25 de enero de 2021". El cual podrá consultar en la siguiente liga: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5625335&fecha=30/07/2021
Última modificación del trámite o servicio: 24 enero 2022
Autoridad pública responsable

Área de Atencion al Regulado de la ASEA

Blvd. Adolfo Ruiz Cortines 4209 Jardines en la Montaña Tlalpan C.P.14210

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