Autorización de Reciclaje o Co-procesamiento de Residuos de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos

Homoclave: ASEA-03-008-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente
Unidad administrativa: Unidad de Gestión Industrial
Nivel de gobierno:
Si eres regulado o prestador de servicios del Sector Hidrocarburos y vas a realizar actividades de Reciclaje o Co-procesamiento de Residuos de Manejo Especial (RME) del Sector hidrocarburos este trámite te sirve para solicitar tu autorización ante la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA).
Requisitos
1
Escrito con la solicitud expresa y firmado por si o a través del representante legal que cuente con facultades para ello
Original y 1 copia
Descripción: Información: a) Clave Única de Registro del Regulado (CURR), solo aplica a Regulados b) Nombre o descripción de las actividades de donde provienen los residuos de manejo especial. c) Describir las instalaciones en donde se realizará la actividad de manejo de RME (excepto transporte), así como las áreas destinadas para tal fin, especificando las características, dimensiones, material de construcción, contenedores, entre otros; d) La capacidad nominal y de operación anual estimada de las instalaciones, en unidades de medida, toneladas o metros cúbicos, en donde se pretendan llevar a cabo las actividades de manejo, en su caso; e) Nombre y descripción de la actividad o actividades que se pretendan realizar; f) Número de personal requerido para las actividades, anexando organigrama y funciones del personal; g) Las características de los RME generados durante la operación de manejo, la cantidad estimada que se generará y el manejo que se les dará, y h) Las medidas de seguridad implementadas en todo el proceso y sistemas de control a implementar en el establecimiento de las diversas áreas e instalaciones para prevenir o mitigar los posibles impactos al agua, suelo y aire que pudieran ocasionar las actividades de manejo de los residuos, así como en su transporte. III. Documentos: a) Testimonio o copia certificada del instrumento notarial en el que conste el acta constitutiva de los Regulados o Prestadores de Servicios o documento con el que acredite su legal existencia; b) Copia certificada del poder notarial del representante legal, que le otorga tales facultades, para personas morales o carta poder tratándose de personas físicas; c) Copia simple de la identificación oficial del solicitante y original para su cotejo; d) Copia simple del Registro Federal de Contribuyentes del solicitante; e) Original y copia simple del pago de derechos o aprovechamientos que, en su caso, aplique; f) Croquis de la localización de la Instalación o del sitio en donde se realizará la actividad, señalando las colindancias del mismo; g) Copia simple del registro de descargas de aguas residuales emitida por la autoridad competente; h) Programa de capacitación del personal involucrado en el manejo de RME; i) Copia simple y original para cotejo de la licencia de uso de suelo del predio en el que se pretenda instalar la infraestructura de la actividad, en su caso, que se encuentre vigente o ratificada ante la autoridad competente (excepto transporte); j) Copia simple de la póliza de seguros y garantías financieras que cubran daños por responsabilidad civil y ambiental; k) Planos correspondientes a escala 1:125000 hasta 1:5000 de modo que se permita su fácil lectura e interpretación, tamaño mínimo A0, y l) Memoria fotográfica de las áreas, equipos o unidades. 7 Nota: En los casos en que se cuente con la CURR, no aplicará lo establecido en la fracción II, incisos a), b), c) y d), de la fracción previa, siempre y cuando el firmante sea el representante legal reconocido en la CURR
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
2
Formato de autorización de reciclaje y co-procesamiento de RME (FF-ASEA-007) debidamente requisitado y con sus anexos
Original
Descripción: Las cargas, emisiones y efluentes de otros RME, así como los parámetros de control de proceso; III. Describir la operación del proceso, detallando los procedimientos, métodos o técnicas de reciclaje o coprocesamiento que se proponen, detallando todas sus etapas; así como el arribo de los RME a la Instalación, incluyendo las actividades de pesaje y descarga, la manipulación cuando el almacenamiento se realice a granel, entre otros; IV. Describir las acciones a realizar para confirmar que los RME no presentan características de peligrosidad; V. Indicar los puntos en los que se generen emisiones a la atmósfera, descargas de aguas residuales, subproductos, residuos, incluyendo sus volúmenes de generación; describiendo los controles operacionales para la prevención de la contaminación en aire, agua y suelo; VI. Especificar el poder calorífico del RME y el proceso al cual será incorporado cuando se realice un aprovechamiento energético o de sustitución de materiales; VII. Describir los equipos, instrumentos y maquinaria utilizados en la actividad: tipo, marca, cantidad, número de equipo, material de fabricación, características, especificaciones, capacidad, función, entre otros; VIII. Indicar la materia prima e insumos requeridos en las actividades, señalando nombre, cantidad, concentración y estado físico, así como la capacidad total de almacenamiento; IX. Copia del plano del proyecto ejecutivo de la planta o Instalación, que considere el balance de masa y energía, en su caso, los planos eléctricos, mecánicos y diagramas de tuberías e instrumentación, además de indicar la distribución de las áreas, incluyendo el almacén de RME recibidos; así como los diagramas de la maquinaria o equipo, detallando los sistemas de control de emisiones y RME. X. Plan de respuesta a emergencias, que contenga los procedimientos específicos de actuación para cada escenario (fuga, derrame, incendio o explosión, entre otros), que pueda presentarse con los RME que se pretenden manejar, y XI. Copia simple de la autorización en materia de Impacto Ambiental para el manejo de residuos. Todo documento original puede presentarse en copia certificada y éstos podrán acompañarse de copia simple, para cotejo. Observaciones
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
Formato requerido:
Pasos
1 Reúne los requisitos y documentos.
2 Preséntate para entrega de documentos, en la Área de Atención al Regulado de la ASEA, Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México. La recepción de trámites o solicitudes de los regulados es lunes a viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 60 Días naturales
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: El sujeto regulado o prestador de servicios deberá presentar todos los requisitos solicitados en los artículos 16 y 20 de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para la gestión integral de los Residuos de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2018-05-02. Fecha de entrada en vigor 2018-05-03.
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 15 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 15 Días hábiles

Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
El sujeto regulado o prestador de servicios deberá presentar todos los requisitos solicitados en los artículos 16 y 20 de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para la gestión integral de los Residuos de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2018-05-02. Fecha de entrada en vigor 2018-05-03.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: 5 años de vigencia
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
  • Otro: Prestadores de Servicio y/o Regulados
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando estés realizando o vayas a realizar actividades de Reciclaje o Co-procesamiento de Residuos de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- David Rivera Bello
Cargo: Director General de Gestión de Procesos Industriales
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (55) 9126-0100.
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Alcadía Tlalpan, Ciudad de México.
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Nancy Evelyn Ortiz Nepomuceno
Cargo: Directora General de Gestión Comercial
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (559) 126-0100
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo: 31
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 69-C
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo: 14
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo: TERCERO Transitorio
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo: 20
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Aviso
Nombre: Aviso por el que se comunica al público en general que los días 31 de enero, 1o. y 2 de febrero de 2018 el Área de Atención al Regulado, Oficialía de Partes y la Unidad de Transparencia de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos suspenderán actividades y se da a conocer el nuevo domicilio de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidro
Artículo: quinto
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo: 31
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo: 16
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo: 14, 16 y 20
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Aviso
Nombre: Aviso por el que se comunica al público en general que los días 31 de enero, 1o. y 2 de febrero de 2018 el Área de Atención al Regulado, Oficialía de Partes y la Unidad de Transparencia de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos suspenderán actividades y se da a conocer el nuevo domicilio de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidro
Artículo: cuarto
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo: 31
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: para Co-procesamiento
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
¿En qué casos se debe presentar el trámite? Cuando estés realizando o vayas a realizar actividades de Reciclaje o Co-procesamiento de Residuos de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos. ¿Quién puede solicitar el trámite? Los Regulados Los prestadores de servicios ¿Cuál es el criterio de resolución del trámite? El sujeto regulado o prestador de servicios deberá presentar todos los requisitos solicitados en los artículos 16 y 20 de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para la gestión integral de los Residuos de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2018-05-02. ¿Cuáles son los supuestos por los que la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente puede revocar las autorizaciones otorgadas? Se presenten documentos apócrifos para acreditar el cumplimiento de los términos y condicionantes establecidos en la autorización; El documento original de la autorización o sus reproducciones presenten alteraciones o modificaciones en su contenido; Cuando se realicen actividades distintas a las autorizadas, y Cuando alguna autoridad competente, informe de la instauración de procedimientos administrativos en contra del titular de la autorización por causas graves y solicite la cancelación o revocación ya sea como medida de seguridad o como sanción impuesta mediante resolución que ponga fin al procedimiento. Autorización de Reciclaje o Co-procesamiento de Residuos de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos
Última modificación del trámite o servicio: 31 octubre 2023
Autoridad pública responsable

Área de Atencion al Regulado de la ASEA

Blvd. Adolfo Ruiz Cortines 4209 Jardines en la Montaña Tlalpan C.P.14210

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