Importación Temporal de Vehículos, Casas Rodantes y Embarcaciones de Procedencia Extranjera e Internación Temporal de Autos Fronterizos.

Modalidad: Importación Temporal de Vehiculo

Homoclave: BANJERCITO-2019-115-001-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Permiso
Dependencia: Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada S.N.C.
Unidad administrativa: Dirección de Servicios Bancarios Fronterizos
Nivel de gobierno:
El tramite de Permiso de Internación, Importación Temporal de Vehículos, Casas Rodantes, Embarcaciones y Only Sonora, consiste en la expedición por parte de Banjercito del documento que ampara la legal entrada de vehículos, casas rodantes y embarcaciones extranjeras de uso particular para permanecer en territorio nacional por tiempo limitado y con una finalidad especifica, siempre que retornen al extranjero en el mismo estado.
Requisitos
1
Pasaporte, Passport Card, Tarjeta de Residencia, Visa, Credencial “Employment Authorization Card”, en los casos en que para el trámite del permiso de importación temporal de vehículos, el importador no se encuentre presente, el mismo podrá ser tramitado en su representación por un tercero siempre que acredite su calidad de representante legal.
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Para efectos del trámite de importacion temporal, es necesario acreditar ser mexicanos residentes en el extranjero, o ser extranjeros. En virtud de ser un tramite exclusivo para usuarios con estas caracteristicas, por lo que se solicita cualquiera de los documentos antes mencionados para acreditar y validar la informacion que nos proporcionan.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria: Autorización
Nombre de la empresa o persona que lo emite:
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
2
Titulo de propiedad, registro de placas vigentes, registro de renovación de placas, Contrato de crédito con una vigencia no mayor a tres meses o contrato de arrendamiento vigente.
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
3
Forma Migratoria
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: La Forma Migratoria permite determinar los días por los que será autorizado el Permiso de Importación Temporal.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
Formato requerido:
Federal
Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
4.2.7
IV
Federal
Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
4.2.7
IV
Pasos
1 El interesado debe acudir a las Oficinas de Banjercito, ubicadas en los Consulados de México en los Estados Unidos, en la fecha y horario establecido en su cita realizada previamente. Para que se le permita el acceso al Consulado, será necesario presentar su comprobante de cita impreso, asi como todos sus documentos en original y copia y una tarjeta de crédito o debito a su nombre.,Por otra parte, el usuario tambien puede acudir a reailizar el trámite en cualquier oficina de Banjercito ubicadas en las fronteras de ingreso a México (Norte y Sur), para ello, los usuarios no requieren realizar cita previa, solo presentarse con sus documentos establecidos como requisitos en original y copia,asi como un medio de pago (efectivo, tarjeta de crédito o debito).
2 El interesado debe acudir a las Oficinas en donde BANJERCITO tiene presencia, ubicadas en los Consulados de México en los Estads Unidos, en la fecha y hora programada para realizar su támite.
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
Liga electrónica para agendar una cita en linea para realizar el trámite: https://www.banjercito.com.mx/citasconsulares/
App
1 El usuario debe ingresar a la pagina de internet antes descrita para iniciar el llenado de su solicitu de permiso de importación, previo a ello deberá contar con sus requisitos digitalizados en formato PDF no mayor a un MB de extension a fin de cargar estos documentos dentro de la aplicación como parte del procedimiento de solicitud. Una vez concluida, al día siguiente hábil, personal de Banjercito realiza la revision de los documentos e informacion cargada por el usuario para validar que seacandidato para obtener el permiso. Una vez que se aprueba la solicitud, el importador recibe un correo electronico en donde se le indica que su tramite fue aprobado, o ensu caso, se le informa sobre las inconsistencias de su solicitud a fin de que realice los cambios solicitados. Posterior a ello se realiza el envio del permiso por medio del servicio postal al domicilio que el importador haya registrado en su solicitud.
Liga para descargar o utilizar la aplicación: Android | iOS
Web
1 El usuario debe ingresar al sitio oficial de internet de Banjercito para inicar su solicitud, tendrá que iniciar su solicitud ingresndo sus datos personales, datos del vehiculo que desea importar, datos del domiclio al que desea se le haga el envio de su permiso, realiza la carga de los documentos requeridos como requisitos de forma electrónica, realiza el pago correspondiente, y espera aproximadamente 7 días para recibir su permiso en el domicilio especificado en su solicitud.,
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite
El trámite es de resolución inmediata No
Costo
$ 51 dolares mas IVA Dólares
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Dólar
Ámbito: Federal
Tipo: Otros
Nombre: CONTRATO ENTRE EL SAT Y BANJERCITO, PARA LA IMPORTACIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS, CASAS RODANTES Y EMBARCACIONES DE PROCEDENCIA EXTRANJERA E INTERNACIÓN TEMPORAL DE AUTOS FRONTERIZOS
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿En dónde puedo realizar el pago? En línea , Cuando se realiza el trámite de forma presencial, el pago se realiza en efectivo o con tarjeta de credito o debito a traves del uso de una Terminal Punto de Venta.
Descripción del medio de pago: Cuando se realiza el trámite en línea, al termino de la solicitud, el importador realiza el pagoa traves de la aplicacion de Banjercito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Posterior al inicio y previo a la resolución
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 1 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: Una vez que el usuario acude a ventanilla o realiza el trámite via electrónica, es necesario que personal de Banjercito realice la validacion de la informacion contenida en los documentos que presenta el usuario; posterior a ello se realiza la captura en sistema de la información, se realiza el cobro y el sistema realiza la consulta del Historial del Vehiculo; cuando este no presenta ningun indicador de restriccion, se procede a continuar con el trámite, hasta la entrega del permiso al usuario.
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 1 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 1 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción: III
Inciso:
Párrafo: 3
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Que el vehiculo no presente ninguno de los estatus descritos en la Regla 3.5.1., fraccion II, inciso f) de las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior. Asimismo se deberá consultar el historial del usuario para asegurarse de que no cuente con permisos activos, que presente adeudos en la entrega de permisos anteriores o bien que no cuente con días de los que pueda disponer en el periodo en el que solicita el trámite.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: 1 año de vigencia
Observaciones: El plazo autorizado para retornar los vehículos que hubieran sido importados temporalmente por mexicanos residentes en el extranjero, será de 180 días naturales de estancia efectiva en el país, computables a partir de la fecha de ingreso del vehículo a territorio nacional y utilizables en un periodo de 12 meses, considerando entradas y salidas múltiples, amparado en todo, momento por la garantía existente. El plazo autorizado para retornar los vehículos que hubieran sido importados temporalmente por extranjeros, será el de la vigencia de su condición de estancia y sus renovaciones, siempre que exista continuidad entre éstas.
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Tercero con carta poder
  • Representante legal
  • Otro: Cónyuge o concubino(a), ascendientes o descendientes de primer grado en línea recta y hermanos, todos ellos debiendo ser mayores de edad conforme a la legislación mexicana y residentes en el extranjero
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? El trámite de Importación temporal permite el ingreso a territorio nacional de vehículos, de procedencia extranjera, para circular de forma legal, por un periodo de tiempo determinado, con una finalidad específica retornándolo en el mismo estado y que no serán destinados a actividades de lucro, este trámite es exclusivo para Mexicanos Residentes Legales en el Extranjero y Turistas (Extranjeros) que deseen ingresar a México.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Ninguna de las anteriores
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Tte. Cor. I.C.E. Christian Noé Cuevas González
Cargo: Director de Servicios Bancarios Fronterizos
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 5626-05-00 Ext 2589
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Dirección de Servicios Bancarios Fronterizos
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: LEY ADUANERA
Artículo: 106
Fracción: II
Inciso: e
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Otros
Nombre: CONTRATO ENTRE EL SAT Y BANJERCITO, PARA LA IMPORTACIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS, CASAS RODANTES Y EMBARCACIONES DE PROCEDENCIA EXTRANJERA E INTERNACIÓN TEMPORAL DE AUTOS FRONTERIZOS
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 3.5.1
Fracción: II
Inciso: f
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: LEY ADUANERA
Artículo: 106
Fracción: IV
Inciso: a
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 3.5.1
Fracción: II
Inciso: f
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción: III
Inciso:
Párrafo: 3
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: LEY ADUANERA
Artículo: 106
Fracción: II
Inciso: e
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Otros
Nombre: CONTRATO ENTRE EL SAT Y BANJERCITO, PARA LA IMPORTACIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS, CASAS RODANTES Y EMBARCACIONES DE PROCEDENCIA EXTRANJERA E INTERNACIÓN TEMPORAL DE AUTOS FRONTERIZOS
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: LEY ADUANERA
Artículo: 106
Fracción: IV
Inciso: a
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Otros
Nombre: CONTRATO ENTRE EL SAT Y BANJERCITO, PARA LA IMPORTACIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS, CASAS RODANTES Y EMBARCACIONES DE PROCEDENCIA EXTRANJERA E INTERNACIÓN TEMPORAL DE AUTOS FRONTERIZOS
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: LEY ADUANERA
Artículo: 106
Fracción: IV
Inciso: a
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 3.5.1
Fracción: II
Inciso: f
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 3.5.1
Fracción: II
Inciso: f
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: LEY ADUANERA
Artículo: 106
Fracción: II
Inciso: e
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Otros
Nombre: CONTRATO ENTRE EL SAT Y BANJERCITO, PARA LA IMPORTACIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS, CASAS RODANTES Y EMBARCACIONES DE PROCEDENCIA EXTRANJERA E INTERNACIÓN TEMPORAL DE AUTOS FRONTERIZOS
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: Reglas GENERALES EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo: 4.2.7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Verificar parentesco directo con el propietario del vehiculo en caso de que el trámite lo realice un familiar directo.
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite: Expediente para respaldo de la Oficina que realice el trámite.
Descripción: Revision en la veracidad en la informacion que se proporciona por parte de los usuarios; que sean documentos autenticos; comprobar la propiedad del vehiculo que se desea importar.
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 549058
Número de solicitudes rechazadas:
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Para mayor informacion , resolucion de dudas e informacion de contacto pueden ingresar a la siguiente pagina. https://www.gob.mx/banjercito/articulos/sistema-de-importacion-temporal-de-vehiculos?idiom=es
Última modificación del trámite o servicio: 27 septiembre 2019
Autoridad pública responsable

Dirección de Servicios Bancarios Fronterizos

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