Proceso de Acceso a la Pensión

Homoclave: BIENESTAR-01-002-A Tipo: Servicio Tipo de servicio: Incorporación
Dependencia: Secretaría de Bienestar
Unidad administrativa: Unidad para la Atención de Grupos Prioritarios
Nivel de gobierno:
Para las personas mexicanas con discapacidad permanente de cero hasta 29 años y de 30 hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad y habiten en municipios y localidades indígenas o afromexicanas o en municipios o localidades con alto o muy alto grado de marginación y personas de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad que residan en una entidad federativa cuyo gobierno haya firmado el Convenio para la Universalización de la Pensión para personas con discapacidad permanente, podrán solicitar los apoyos que el Programa otorga.
Requisitos
1
Acta de nacimiento
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 3.3 Criterios de Elegibilidad y Requisitos de Acceso
Letra:
Otro:
Descripción: Documento oficial que acredita tu nombre, tu sexo, tu nacionalidad mexicana, indica la fecha y lugar de tu nacimiento, así como la filiación con tus padres o las personas que detenten la patria potestad.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 3.3 Criterios de Elegibilidad y Requisitos de Acceso
Letra:
Otro:
Descripción: La credencial para votar o credencial de elector, conocida coloquialmente como INE (antes llamado IFE), es un Documento oficial expedido por el Instituto Nacional Electoral que permite a los ciudadanos mexicanos mayores de edad participar en las elecciones locales y federales, además de ser el documento más aceptado como identificación oficial para todos los actos civiles, administrativos, mercantiles, laborales, judiciales y en general, para todos los actos en que, por ley, la persona deba identificarse.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Certificado Médico
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 3.3 Criterios de Elegibilidad y Requisitos de Acceso
Letra:
Otro:
Descripción: El certificado y/o constancia médica, deberá contener los requisitos mínimos de certificado médico por la institución pública y en el que se señale la discapacidad permanente.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
4
Comprobante de Domicilio
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 3.3 Criterios de Elegibilidad y Requisitos de Acceso
Letra:
Otro:
Descripción: Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
5
Clave Única de Registro de Población (CURP)
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 3.3 Criterios de Elegibilidad y Requisitos de Acceso
Letra:
Otro:
Descripción: La Clave Única de Registro de Población, sirve para registrar en forma individual a todas las personas que residen en México, nacionales y extranjeras, así como a las mexicanas y mexicanos que radican en otros países.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
6
Certificado Médico
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 3.3 Criterios de Elegibilidad y Requisitos de Acceso
Letra:
Otro:
Descripción: Certificado y/o constancia médica que acredite requerir servicios de rehabilitación emitido por alguna institución pública o privada acreditadas por el Sistema Nacional de Salud.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
Federal
Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Anexo 2 Formato de Registro Personas con Discapacidad
Pasos
1 Las personas interesada deben acudir a los Módulos de Atención a solicitar su registro para su incorporación al Programa.
2 Las personas prestadoras de servicios o servidoras públicas recabarán la información de las personas solicitantes que cumplan con los criterios de elegibilidad y requisitos de acceso a través del Formato de Registro Personas con Discapacidad, Cédula de Verificación de Discapacidad y Formato Único de Bienestar: Personas con Discapacidad (Anexos 2, 3 y 4 de las Reglas de Operación del Programa).
3 Se informará a la persona solicitante o a su adulto auxiliar, el resultado de su solicitud de incorporación al Programa, en un plazo máximo de dos meses a la captura del trámite por las Delegaciones de Programas para el Desarrollo en los Módulos de Atención a partir de su solicitud.
4 Una vez validado el registro, se iniciará el proceso de entrega del medio de pago y/o vales para el bienestar según el apoyo que corresponda. El mecanismo de entrega para el apoyo económico se realizará por medio de las Delegaciones de Programas para el Desarrollo en coordinación con la Dirección General de Operación Integral de Programas (DGOIP), preferentemente por tarjeta bancaria. A las personas derechohabientes que no cuenten con este medio de cobro o en los municipios que no cuenten con infraestructura bancaria, la entrega del apoyo económico se realizará de manera directa y sin intermediarios.
Costo
Gratuito
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso: d)
Párrafo:
Número: 3.6.1 Derechos
Letra:
Otro:
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 2 Meses
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: a) La identificación de las Personas con Discapacidad Permanente que residen en la República Mexicana, será con información obtenida a través de la compulsa de datos en sitio que realicen las personas prestadoras de servicios o servidoras públicas, de los registros de las dependencias y del registro e inscripción en los Módulos de Atención instalados para tal efecto. b) Las personas prestadoras de servicios o servidoras públicas a través de los Módulos de Atención serán las responsables de llevar a cabo el registro estatal de las personas solicitantes que cumplan con los criterios de elegibilidad y requisitos de acceso establecidos en las presentes Reglas de Operación. En el caso de que la documentación entregada tuviese errores o faltase algún documento, la persona solicitante podrá realizar la corrección de datos presentados y/o presentar la faltante en cualquier momento del ejercicio fiscal. c) Se informará a la persona solicitante o a su adulto auxiliar, el resultado de su solicitud de incorporación al Programa, en un plazo máximo de dos meses a la captura del trámite por las Delegaciones de Programas para el Desarrollo a partir de su solicitud, en los Módulos de Atención o través de la Línea de Bienestar. d) Una vez validado el registro, se iniciará el proceso de entrega del medio de pago y/o vales para el bienestar según el apoyo que corresponda. El mecanismo de entrega para el apoyo económico se realizará preferentemente por tarjeta bancaria. A las personas derechohabientes que no cuenten con este medio de cobro o en los municipios que no cuenten con infraestructura bancaria, la entrega del apoyo económico se realizará de manera directa y sin intermediarios durante los Operativos Bienestar.
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 1 En cualquier momento
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 1 En cualquier momento

Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 4.1 Proceso
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
El orden de incorporación de las personas con discapacidad permanente se realizará conforme a la fecha de registro y a la disponibilidad presupuestal del programa.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Tutor
  • Padres
  • Otro: PERSONA ADULTA AUXILIAR: Persona mayor de edad, facultada para realizar cualquier trámite relacionado con la pensión en representación de la persona beneficiaria del programa, siempre y cuando haya sido registrada como tal. La cual podrá ser un familiar o persona designada por la persona beneficiaria que así lo desee sin tener parentesco alguno.
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Las personas con discapacidad permanente que cumplan con los criterios de elegibilidad y requisitos de acceso, establecidos en las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, podrán acceder a los apoyos que este otorga.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Ninguna de las anteriores
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Consultas
Otro:
Nombre:- Isolda Martínez Flores
Cargo: Subdirectora de Monitoreo y Análisis
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 328-5000
Ext: 54837
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Reforma, Exterior 51________, Tabacalera, Cuauhtémoc, CP 06030, Teléfono (555) 328-5000, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Nombre: Miguel Ángel Cedillo Hernández
Cargo: Titular del Área de Especialidad en Control Interno en el Ramo Bienestar
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 328-5000
Ext:
Correo electrónico: [email protected]
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 4.1 Proceso
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 4.1 Proceso
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 4.1 Proceso
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso: d)
Párrafo:
Número: 3.6.1 Derechos
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 4.1 Proceso
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 4.1 Proceso
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 3.10.2 Instancia Operativa
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 12
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglas
Nombre: ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2024
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 4.1 Proceso
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Dejar constancia de que las personas solicitaron su registro para su incorporación al Programa.
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Para solicitudes de Transparencia y Acceso a la Información y de Auditorías realizadas por entes fiscalizadores.
Fines para conservar información el trámite: No aplica
Descripción: Hacer constar que las personas solicitantes entregaron la documentación de acuerdo con los criterios de elegibilidad y requisitos de acceso establecidos en las Reglas de Operación del Programa.
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 232680
Número de solicitudes rechazadas: 16472
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Los Módulos de Atención para realizar cualquier trámite relacionado con el Programa, se pueden consultar en el portal de la Normateca de la Secretaría de Bienestar, con el enlace electrónico siguiente: https://www.gob.mx/bienestar/documentos/personas-con-discapacidad-250279?state=published
Última modificación del trámite o servicio: 22 febrero 2024
Autoridad pública responsable

Unidad para la Atención de Grupos Prioritarios

Reforma 51 Tabacalera Cuauhtémoc C.P.06030

Lunes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 6:00 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 6:00 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.

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