Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | Sí |
Tipo de revisión necesaria: | |
Nombre de la empresa o persona que lo emite: Otro | |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
1 | 1. Si las niñas, niños o adolescentes se mostraran renuentes a la práctica de los servicios; cuando se trate de alguna de las modalidades de convivencia, el especialista a cargo del servicio dialogará en privado con ellos a fin de tranquilizarlos y conocer las causas de su negativa, dicha intervención no podrá exceder de quince minutos. El mismo procedimiento se aplicará para los demás servicios, con excepción en los que la niña, niño o adolescente se resista a la práctica de una evaluación o terapia psicológica, en estos casos será el psicólogo a cargo quien realizará dicho procedimiento buscando persuadirlos para el cabal cumplimiento de la orden judicial, y de persistir en oponerse a la práctica de cualquiera de los servicios, se procederá a la suspensión conforme a la fracción VIII del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Centros de Convivencia Familiar del Poder Judicial del Estado de Chiapas. |
Descripción | Requerido |
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La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites | No |
La resolución es requisito de otro trámite | No |
Centro de Convivencia Familiar
Chiapas, Tuxtla Gutiérrez, EL BOSQUE Tuxtla Gutiérrez, El Bosque, 350, C.P.29049, Telefono: (961) 617-8700, ,ext. 8902_,
Correo: [email protected]
Lunes 8:00 A. M. a 7:00 P. M.
Martes 8:00 A. M. a 7:00 P. M.
Miércoles 8:00 A. M. a 7:00 P. M.
Jueves 8:00 A. M. a 7:00 P. M.
Viernes 8:00 A. M. a 7:00 P. M.
Sábado 10:00 A. M. a 7:00 P. M.
Domingo 10:00 A. M. a 7:00 P. M.
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