Presentación de informe de auditoría interna para evaluar el cumplimiento de las disposiciones de carácter general en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo

Modalidad: Instituciones de crédito; sociedades financieras de objeto múltiple, entidades reguladas; casas de cambio; casas de bolsa; almacenes generales de depósito; uniones de crédito; sociedades cooperativas de ahorro y préstamo; sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias, organismos de integración financiera rural; sociedades operadoras de fondos de inversión y sociedades distribuidoras de acciones de fondos de inversión

Homoclave: CNBV-19-024-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Otro
Dependencia: Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Unidad administrativa: Dirección General de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita B
Nivel de gobierno:
¿Estás obligado presentar el informe por parte del área de auditoría interna, o bien, de un auditor externo independiente, para evaluar y dictaminar la efectividad del cumplimiento dado por las entidades financieras a las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo?
Requisitos
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34 Accede al apartado correspondiente.
35 Accede al apartado correspondiente.
36 Accede al apartado correspondiente.
37 Adjuntar el documento que contenga los resultados de la revisión anual por parte del auditor interno o auditor externo independiente.
38 Adjuntar el documento que contenga los resultados de la revisión anual por parte del auditor interno o auditor externo independiente.
39 Adjuntar el documento que contenga los resultados de la revisión anual por parte del auditor interno o auditor externo independiente.
40 Adjuntar el documento que contenga los resultados de la revisión anual por parte del auditor interno o auditor externo independiente.
41 Adjuntar el documento que contenga los resultados de la revisión anual por parte del auditor interno o auditor externo independiente.
42 Adjuntar el documento que contenga los resultados de la revisión anual por parte del auditor interno o auditor externo independiente.
43 Adjuntar el documento que contenga los resultados de la revisión anual por parte del auditor interno o auditor externo independiente.
44 Adjuntar el documento que contenga los resultados de la revisión anual por parte del auditor interno o auditor externo independiente.
45 Adjuntar el documento que contenga los resultados de la revisión anual por parte del auditor interno o auditor externo independiente.
46 Da click en enviar.
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57 Obtén tu acuse.
58 Obtén tu acuse.
59 Obtén tu acuse.
60 Obtén tu acuse.
61 Obtén tu acuse.
62 Obtén tu acuse.
63 Obtén tu acuse.
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite No
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos No
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite No
El trámite es de resolución inmediata
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: No aplica. La obligación es remitir a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, el documento que contenga la revisión anual de la efectividad del cumplimiento de las disposiciones de carácter general en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, dentro de los sesenta días naturales siguientes al cierre del ejercicio al que corresponda la revisión, en los medios electrónicos que para tales efectos se emita.
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
No aplica. La obligación es remitir a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, el documento que contenga la revisión anual de la efectividad del cumplimiento de las disposiciones de carácter general en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, dentro de los sesenta días naturales siguientes al cierre del ejercicio al que corresponda la revisión, en los medios electrónicos que para tales efectos se emita.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Otro: Oficial de Cumplimiento o Representante
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando la entidad financiera cuente con el informe por parte del área de auditoría interna, o bien, de un auditor externo independiente, para evaluar y dictaminar la efectividad del cumplimiento dado por las entidades financieras a las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Servicios financieros y de seguros
Subsector: Banca central Instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil Actividades bursátiles, cambiarias y de inversión financiera
Rama: Banca múltiple Uniones de crédito e instituciones de ahorro Otras instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil Casas de bolsa, casas de cambio y centros cambiarios
Subrama: Banca múltiple Uniones de crédito Cajas de ahorro popular Otras instituciones de ahorro y préstamo Sociedades financieras de objeto múltiple Casas de bolsa Casas de cambio y centros cambiarios
Clase: Banca múltiple Uniones de crédito Cajas de ahorro popular Otras instituciones de ahorro y préstamo Sociedades financieras de objeto múltiple Casas de bolsa Casas de cambio
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- JORGE ALAIN HIDALGO PEREA
Cargo: DIRECTOR GENERAL DE PREVENCION DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILICITA B
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (551) 454-6000
Ext: 6302
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Insurgentes Sur, Interior 9_________, Exterior 1971______, Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, CP 01020, Teléfono (551) 454-6000, Extensión 6302_, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 115
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 71 y 72
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 129 de la Ley de Uniones de Crédito
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 2
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 61a
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 87-D y 95
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 124
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 51a
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 64a
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 60a
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 51a
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 55a
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 212
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Fondos de Inversión
Artículo: 91
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 61a
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 62
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 129
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 60a
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 51a
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 55a
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 51a
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 64a
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 60a
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 61a
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 62a
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 62a
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 51a
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 55a
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 51a
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 51a
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 129 de la Ley de Uniones de Crédito
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 60a
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 61a
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 129 de la Ley de Uniones de Crédito
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 2
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 60 de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 48a
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 64a
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 64a
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 55a
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 62a
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 51a
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 129 de la Ley de Uniones de Crédito
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Para acreditar el cumplimiento dado por la entidad financiera a sus obligaciones en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Para que los inspectores, en el cumplimiento de sus funciones, corroboren que la entidad financiera dio cumplimiento a sus obligaciones en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: Para verificar el cumplimiento dado por la entidad financiera a sus obligaciones en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 453
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Las entidades financieras deben remitir a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, el documento que contenga la revisión anual de la efectividad del cumplimiento de las disposiciones de carácter general en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, dentro de los sesenta días naturales siguientes al cierre del ejercicio al que corresponda la revisión, en los medios electrónicos que para tales efectos se emita. NOTA: Para consulta de las compilaciones de las disposiciones de carácter general aplicables en materia de PLD/FT, que en su momento se encuentren vigentes, se sugiere dar clic al siguiente vínculo: https://www.gob.mx/shcp/documentos/uif-marco-juridico-disposiciones-de-caracter-general.aspx Por otro lado, es importante mencionar que el nombre completo del formato oficial para presentar los resultados de la revisión anual por parte del área de auditoría interna, o bien, de un auditor externo independiente, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2019 es el siguiente: "AVISO por el que se da a conocer el medio electrónico a través del cual se deberá presentar el informe de los resultados de la revisión anual de auditoría, así como el Manual de Cumplimiento o documento equivalente, a que se refieren las diversas disposiciones de carácter general aplicables en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo" disponibles en el siguiente enlace: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5577575&fecha=01/11/2019#gsc.tab=0 Finalmente, para que las entidades financieras cuenten con la información necesaria para adoptar las medidas que permitan hacer más eficientes sus procesos, mecanismos y herramientas para prevenir Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y Financiamiento al Terrorismo, así como para establecer planes de acción que deriven de la revisión materia del Informe de Auditoría, se sugiere consultar los "LINEAMIENTOS para la elaboración del informe de auditoría para evaluar el cumplimiento de las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 2021, disponibles en el siguiente enlace: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5632969&fecha=18/10/2021
Última modificación del trámite o servicio: 05 septiembre 2023
Autoridad pública responsable

COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES

INSURGENTES SUR 1971 Guadalupe Inn Álvaro Obregón C.P.01020

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