Información sobre la identidad de la persona o grupo de personas que ejerzan el control en la entidad financiera

Modalidad: Sociedades financieras de objeto múltiple, entidades reguladas; casas de cambio; sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias, organismos de integración financiera rural, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo

Homoclave: CNBV-19-038 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Otro
Dependencia: Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Unidad administrativa: Dirección General de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita B
Nivel de gobierno:
¿Estás obligado a remitir la información sobre la identidad de la persona o grupo de personas que ejerzan el control en la entidad financiera?
Requisitos
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21 Proporciona la información solicitada de acuerdo con el formato oficial que para tales efectos se emita.
22 Proporciona la información solicitada en el formato oficial que para tales efectos se emita.
23 Proporciona la información solicitada en el formato oficial que para tales efectos se emita.
24 Proporciona la información solicitada en el formato oficial que para tales efectos se emita.
25 Proporciona la información solicitada en el formato oficial que para tales efectos se emita.
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Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite No
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos No
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite No
El trámite es de resolución inmediata
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: No aplica. La obligación es informar sobre la identidad de la persona o grupo de personas que ejerzan el control en las entidades financieras, así como de cualquier cambio de dichas personas, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que los accionistas o socios respectivos comuniquen esa situación a la persona que se encuentre a cargo de la administración de la entidad financiera de que se trate.
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
No aplica. La obligación es informar sobre la identidad de la persona o grupo de personas que ejerzan el control en las entidades financieras, así como de cualquier cambio de dichas personas, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que los accionistas o socios respectivos comuniquen esa situación a la persona que se encuentre a cargo de la administración de la entidad financiera de que se trate.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Otro: Oficial de Cumplimiento
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando exista algún cambio de las personas o grupo de personas que ejerzan el control de las entidades financieras.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Servicios financieros y de seguros
Subsector: Instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil Actividades bursátiles, cambiarias y de inversión financiera
Rama: Uniones de crédito e instituciones de ahorro Otras instituciones de intermediación crediticia y financiera no bursátil Casas de bolsa, casas de cambio y centros cambiarios
Subrama: Cajas de ahorro popular Sociedades financieras de objeto múltiple Casas de cambio y centros cambiarios
Clase: Cajas de ahorro popular Sociedades financieras de objeto múltiple Casas de cambio
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- JORGE ALAIN HIDALGO PEREA
Cargo: DIRECTOR GENERAL DE PREVENCION DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILICITA B
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (551) 454-6000
Ext: 6302
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Insurgentes Sur, Interior 9_________, Exterior 1971______, Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, CP 01020, Teléfono (551) 454-6000, Extensión 6302_, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 53a, primer párrafo
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 71 y 72
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 66a
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 53a, primer párrafo
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 53a, primer párrafo
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 66a
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 87-D y 95
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 66a
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a, primer párrafo
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a, primer párrafo
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 66a
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a, primer párrafo
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 2
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 66a
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 66a
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 52a, primer párrafo
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 124
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 53a, primer párrafo
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 2
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 66a
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 66a
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Para acreditar el cumplimiento dado por la entidad financiera a sus obligaciones en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Para que los inspectores, en el cumplimiento de sus funciones, corroboren que la entidad financiera dio cumplimiento a sus obligaciones en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: Para verificar el cumplimiento dado por la entidad financiera a sus obligaciones en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 4
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Las entidades financieras deberán informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a través del formato oficial que para tal efecto se emita, la identidad de la persona o grupo de personas que ejerzan el control en las citadas entidades financieras, así como de cualquier cambio de dichas personas, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que los accionistas o socios respectivos comuniquen esa situación a la persona que se encuentre a cargo de la administración de la entidad financiera de que se trate NOTA: Para consulta de las compilaciones de las disposiciones de carácter general aplicables en materia de PLD/FT, que en su momento se encuentren vigentes, se sugiere dar clic al siguiente vínculo: https://www.gob.mx/shcp/documentos/uif-marco-juridico-disposiciones-de-caracter-general.aspx Finalmente, es importante mencionar que el nombre completo del formato oficial para reportar el control que ejercen las personas en las entidades financieras, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2020 es el siguiente: "RESOLUCIÓN por la que se expide la información y se dan a conocer los medios electrónicos para informar la integración y cambios del Comité de Comunicación y Control; la designación y revocación del Oficial de Cumplimiento, Representante u Oficial de Cumplimiento interino; la identidad de la persona o grupo de personas que ejercen el control de la sociedad, así como la transmisión de acciones por más del dos por ciento del capital social pagado, según corresponda, contemplados en las disposiciones de carácter general que se indican", disponible para consulta en el siguiente vínculo: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593585&fecha=20/05/2020#gsc.tab=0
Última modificación del trámite o servicio: 05 septiembre 2023
Autoridad pública responsable

COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES

INSURGENTES SUR 1971 Guadalupe Inn Álvaro Obregón C.P.01020

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