Trámite 1. Entrega de información de costos para la revisión, verificación y determinación de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos (TOSSB) en la modalidad de: Información de costos para su revisión, verificación y determinación.

Modalidad: Información de costos para su revisión, verificación y determinación.

Homoclave: CRE-2023-034-001-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Entrega De Información
Dependencia: Comisión Reguladora de Energía
Unidad administrativa: Unidad de Electricidad
Nivel de gobierno:
Determinación de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos.
Requisitos
Formato requerido:
Federal
Ley
158
Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se expiden las disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos de energía eléctrica.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lielec.htm
Pasos
1 La persona legalmente acreditada acude a la Oficialía de Partes de la CRE a entregar la información.
App
1 La persona legalmente acreditada ingresa a la Oficialía de Partes Electrónica de la CRE con su contraseña y correo electrónico, registrado previa solicitud.
Liga para descargar o utilizar la aplicación: Android | iOS
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 75 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: Se llevará conforme a lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se expiden las disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos de energía eléctrica. 
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 45 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 10 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Industria Eléctrica
Artículo: 138
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Disposición 3.1.7. del Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se expiden las disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos de energía eléctrica.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 52
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se expiden las disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos de energía eléctrica. 
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando un Suministrador de Servicios Básicos (SSB) cuente con un permiso vigente y en operación para prestar el servicio de Suministro Básico y acreditado ante la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, suministro de agua y de gas natural por ductos al consumidor final
Subsector: Generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, suministro de agua y de gas natural por ductos al consumidor final
Rama: Generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica
Subrama: Transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica
Clase: Comercialización de energía eléctrica
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Francisco Javier Varela Solís
Cargo: Jefe de la Unidad
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 283-1500
Ext: 1905
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 52
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se expiden las disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos de energía eléctrica.
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 138
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se expiden las disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos de energía eléctrica. 
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 12
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 138 (párrafo primero, fracción III), 139 (párrafo primero) ,140 (fracciones I y III), 141, 145 y 158 . Disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos de energía eléctrica.
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Código
Nombre: Código de Comercio
Artículo: 38
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 138
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se expiden las disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos de energía eléctrica, así como la Resolución por la que se expiden las Reglas generales para el funcionamiento de la Oficialía de Partes Electrónica de la Comisión Reguladora de Energía, publicada el 06 de junio de 2014 .
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 158
Fracción:
Inciso:
Párrafo: 2
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Industria Eléctrica
Artículo: 138
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Disposición 3.1.7. del Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se expiden las disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos de energía eléctrica.
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 52
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se expiden las disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos de energía eléctrica. 
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 3
Fracción: XXI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 52
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía por el que se expiden las disposiciones administrativas de carácter general que establecen la metodología para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas para el servicio de operación de los Suministradores de Servicios Básicos de energía eléctrica.
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Visita de verificación a unidad de inspección de la industria eléctrica
Objetivo de la inspección: Con el objeto de promover el desarrollo eficiente de las actividades en materia de electricidad, la Comisión Reguladora de Energía considera indispensable supervisar y vigilar el adecuado y puntual cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 158
Fracción:
Inciso:
Párrafo: 2
Número:
Letra:
Otro:
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: El SSB esta obligado a conservar la información proporcionada de conformidad con el Artículo 38 del Código de Comercio.
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Con fundamento en los artículos 12 fracción IV y 158 de la Ley de la Industria Eléctrica, los cuales facultan a la CRE a expedir y aplicar la regulación tarifaria a que se sujetará la operación de los Suministradores de Servicios Básicos, así como solicitar información a los integrantes de la industria eléctrica para el cumplimiento de sus funciones. Este trámite les permitirá a los SSB obtener el ingreso estimado necesario para recuperar los costos de operación, mantenimiento, financiamiento y depreciación, los impuestos aplicables y una rentabilidad razonable, misma que no estará garantizada.
Última modificación del trámite o servicio: 21 abril 2023
Autoridad pública responsable

Unidad de Electricidad

Blvd. Adolfo López Mateos 172 Merced Gómez Benito Juárez C.P.03930

Lunes 9:00 A. M. a 6:30 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 6:30 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 6:30 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 6:30 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

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