Trámite de los recursos de revisión en materia de acceso a la información que en su caso sean presentados, promovidos o interpuestos ante la Unidad de Transparencia del Instituto de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado de Chiapas (ICTIECH).

Homoclave: ICTI-2024-3158-004-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Medio De Impugnación
Dependencia: Instituto de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado de Chiapas
Unidad administrativa: Unidad de Transparencia
Nivel de gobierno:
Dar trámite a los recursos de revisión en materia de acceso a la información que en su caso sean presentados, promovidos o interpuestos ante la Unidad de Transparencia del Instituto de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado de Chiapas (ICTIECH), la cual deberá canalizarlos al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH) a más tardar al día hábil siguiente de haberlos recibido, ya que dicho organismo garante local de esta entidad federativa es la autoridad facultada para sustanciarlos y resolverlos.
Requisitos
1
Escrito Libre (de solicitud o petición)
Original
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 172 y 174
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Escrito libre o correo electrónico que cumpla los requisitos establecidos en los artículos 144 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) y 174 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas (LTAIPCHIS).
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 Acudir a la Unidad de Transparencia del Instituto de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado de Chiapas (ICTIECH), sita en Calzada Cerro Hueco,#3000, Colonia Cerro Hueco, C.P. 29094, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México; en días hábiles de lunes a viernes, de las 8:00 a las 16:00 horas.
2 Presentar un recurso de revisión por escrito que cumpla los requisitos establecidos en los artículos 144 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) y 174 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas (LTAIPCHIS).
Otro
1 Enviar un recurso de revisión que cumpla los requisitos establecidos en los artículos 144 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) y 174 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas (LTAIPCHIS) a las cuentas oficiales de correo electrónico [email protected] o al domicilio oficial sito en Calzada Cerro Hueco, #3000, Colonia Cerro Hueco, C.P. 29094, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México.
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 45 Días hábiles
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 5 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles

Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 176
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: 15 días hábiles de vigencia
Observaciones: La persona solicitante podrá interponer el recurso de revisión, por sí mismo o a través de su representante, de manera directa o por medios electrónicos, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta o del vencimiento del plazo para su notificación; la Unidad de Transparencia del Instituto de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado de Chiapas (ICTIECH) deberá canalizarlo al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH) a más tardar al día hábil siguiente de haberlo recibido, ya que dicho organismo garante local de esta entidad federativa es la autoridad facultada para sustanciarlo y resolverlo.
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 172
Fracción:
Inciso:
Párrafo: primero
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 142
Fracción:
Inciso:
Párrafo: primero
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? recibir el recurso de revisión y mandarlo al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas para su revisión de acuerdo a la inconformidad del solicitante de la información presentada.
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- José Roberto Trejo Trujillo
Cargo: Auxiliar de la Unidad de Transparencia
Correo electrónico: ictiechtransparenciachiapasgobmx@_
Teléfono: (961) 691-4020
Ext: 67622
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Calzada Cerro Hueco, Exterior 3000, Rivera Cerro Hueco, Tuxtla Gutiérrez, CP 29094, Teléfono (961) 691-4020, Extensión 67622, Chiapas
Fundamento Jurídico
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 174
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 172
Fracción:
Inciso:
Párrafo: primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 142
Fracción:
Inciso:
Párrafo: primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 172
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 174
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 175
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 176
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 175
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite: La persona recurrente deberá conservar la copia de la respuesta que se impugna y, en su caso, de la notificación correspondiente, salvo en el caso de la respuesta a su solicitud.
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 1
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 159 al 180 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) y 185 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas (LTAIPCHIS), la persona inconforme con la resolución a su recurso de revisión que dicte el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH) también podrá presentar, promover o interponer un recurso de inconformidad por sí misma o a través de su representante ante el Instituto de Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha en que tuvo conocimiento de la resolución a su recurso de revisión o del vencimiento del plazo para su notificación, lo cual podrá realizar por medio de las cuentas oficiales de correo electrónico [email protected] y/o [email protected] ; o bien, presentarlo por escrito directamente en la oficialía de partes del INAI. Asimismo, podrá presentar, promover o interponer su recurso de inconformidad ante el propio organismo garante local del estado de Chiapas que conoció de su recurso de revisión, el cual deberá canalizarlo al INAI a más tardar al día hábil siguiente de haberlo recibido, ya que el organismo garante nacional es la única autoridad facultada para sustanciarlo y resolverlo. Por otra parte, cabe señalar que la persona inconforme también podrá impugnar las resoluciones que dicten el Pleno del ITAIPCH o el Pleno del INAI al resolver dichos recursos por la vía del juicio de amparo, el cual debe ser presentado, promovido o interpuesto ante el Poder Judicial de la Federación.
Última modificación del trámite o servicio: 24 octubre 2024
Oficinas de Atención

Unidad de Transparencia

Chiapas, Tuxtla Gutiérrez, Calzada Cerro Hueco Tuxtla Gutiérrez, Rivera Cerro Hueco, 3000, C.P.29094, Telefono: (961) 691-4020, ,ext. 67622,

Lunes 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

Martes 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

Miércoles 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

Jueves 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

Viernes 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

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