Dar trámite remitiendo los recursos de revisión en materia de datos personales o para el ejercicio de los derechos ARCO.

Homoclave: IJECH-2024-7947-005-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Medio De Impugnación
Dependencia: Instituto de la Juventud del Estado de Chiapas
Unidad administrativa: Unidad de Transparencia
Nivel de gobierno:
El trámite es para que la Unidad de Transparencia del Instituto de la Juventud del Estado de Chiapas remita todos aquellos los recursos de revisión en materia de datos personales o para el ejercicio de los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación, y Oposición de datos personales), que sean presentados, promovidos o interpuestos ante está Unidad de Transparencia, al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH) a más tardar al día hábil siguiente de haberlos recibido.
Requisitos
1
Escrito Libre (de solicitud o petición)
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 127
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 105
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Escrito libre que cumpla los requisitos establecidos en los artículos 105 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, 131 y 132 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Chiapas.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
La denominación del responsable ante quien se presentó la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO
Descripción: La denominación o razón social (nombre) del sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud de acceso, rectificación, cancelación, u oposición de datos personales.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Datos del Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 105
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 131
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: El nombre del titular que recurre o su representante y, en su caso, del tercero interesado, así como el domicilio o medio que señale para recibir notificaciones
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
4
La fecha en que fue notificada la respuesta al titular, o bien, en caso de falta de respuesta la fecha de la presentación de la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO.
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 131
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 105
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: La fecha en que fue notificada la respuesta a la persona titular (dueña) de los datos personales, o bien, en caso de falta de respuesta la fecha de la presentación de la solicitud para el ejercicio de los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición de datos personales (ARCO).
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
5
El acto que se recurre y los puntos petitorios, así como las razones o motivos de inconformidad
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 131
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 105
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: El acto que se impugna o reclama y los puntos petitorios, así como las razones o motivos de la inconformidad.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
6
En su caso, copia de la respuesta que se impugna y de la notificación correspondiente
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 132
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 105
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: En su caso, copia de la respuesta que se impugna y de la notificación de la misma
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
7
Los documentos que acrediten la identidad del titular y, en su caso, la personalidad e identidad de su representante
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 105
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 132
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 95
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 126
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 132
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 96
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
Artículo: 97
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 130
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 129
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Los documentos que acrediten la identidad de la persona titular (dueña) de los datos personales y, en su caso, la personalidad e identidad de su representante; como por ejemplo: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, documento migratorio, poder notarial o carta poder, etc.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
8
Las pruebas y demás elementos que considere el titular procedentes someter a juicio del organismo garante local del estado de Chiapas.
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 132
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 105
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: En su caso, las pruebas y demás elementos que considere la persona titular (dueña) de los datos personales someter a juicio del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH).
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 Acudir a la Unidad de Transparencia del Instituto de la Juventu del Estado de Chiapas, ubicado en Boulevard Ángel Albino Corzo, No. 1800, C.P 29000, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; en días hábiles de lunes a viernes, de las 09:00 a las 17:00 horas.
2 Presentar un recurso de revisión por escrito que cumpla los requisitos establecidos en los artículos 105 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y 131 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Chiapas, así como los documentos que prevé el artículo 132 de la Ley local de referencia.
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
Liga electrónica para agendar una cita en linea para realizar el trámite:
Otro Correo electrónico
1 Enviar el escrito de recurso de revisión que cumpla los requisitos establecidos en los artículos 105 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y 131 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Chiapas, así como los documentos que prevé el artículo 132 de la ley local de referencia, a la cuenta oficial de correo electrónico: [email protected]
Costo
Gratuito
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 50
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 1 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y 136 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Chiapas, los tiempos de respuesta dependerán de las fases para resolver el recurso de revisión, conforme a lo siguiente: I. El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH) requerirá a las partes que manifiesten, por cualquier medio, su voluntad de conciliar, en un plazo no mayor a siete días hábiles, contados a partir de la notificación de dicho acuerdo, mismo que contendrá un resumen del recurso de revisión y de la respuesta del responsable si la hubiere, señalando los elementos comunes y los puntos de controversia. La conciliación podrá celebrarse presencialmente, por medios remotos o locales de comunicación electrónica o por cualquier otro medio que determine el ITAIPCH. En cualquier caso, la conciliación habrá de hacerse constar por el medio que permita acreditar su existencia. Queda exceptuado de la etapa de conciliación, cuando la persona titular (dueña) de los datos personales sea menor de edad y se haya vulnerado alguno de los derechos contemplados en la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, vinculados con dicha Ley y su Reglamento, salvo que cuente con representación legal debidamente acreditada; II. Aceptada la posibilidad de conciliar por ambas partes, el ITAIPCH señalará el lugar o medio, día y hora para la celebración de una audiencia de conciliación, la cual deberá realizarse dentro de los diez días siguientes en que el organismo garante local de la entidad haya recibido la manifestación de la voluntad de conciliar de ambas partes, en la que se procurará avenir los intereses entre la persona titular (dueña) de los datos personales y el responsable. La conciliadora o conciliador podrá, en todo momento en la etapa de conciliación, requerir a las partes que presenten en un plazo máximo de cinco días hábiles, los elementos de convicción que estime necesarios para la conciliación. La conciliadora o conciliador podrá suspender cuando lo estime pertinente o a instancia de ambas partes la audiencia por una ocasión. En caso de que se suspenda la audiencia, la conciliadora o conciliador señalará día y hora para su reanudación dentro de los cinco días hábiles siguientes. De toda audiencia de conciliación se levantará el acta respectiva, en la que conste el resultado de la misma. En caso de que el responsable o la persona titular (dueña) de los datos personales o sus respectivos representantes no firmen el acta, ello no afectará su validez, debiéndose hacer constar dicha negativa; III. Si alguna de las partes no acude a la audiencia de conciliación y justifica su ausencia en un plazo de tres días hábiles, será convocada a una segunda audiencia de conciliación, en el plazo de cinco días hábiles; en caso de que no acuda a esta última, se continuará con la sustanciación del recurso de revisión. Cuando alguna de las partes no acuda a la audiencia de conciliación sin justificación alguna, se continuará con el procedimiento; IV. De no existir acuerdo en la audiencia de conciliación, se continuará con la sustanciación del recurso de revisión; V. De llegar a un acuerdo, éste se hará constar por escrito y tendrá efectos vinculantes. El recurso de revisión quedará sin materia y el ITAIPCH deberá verificar el cumplimiento del acuerdo respectivo, y VI. El cumplimiento del acuerdo dará por concluido la sustanciación del recurso de revisión, en caso contrario, el ITAIPCH reanudará el procedimiento. El plazo al que se refieren los artículos siguientes de las leyes de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados de referencia será suspendido durante el periodo de cumplimiento del acuerdo de conciliación. El ITAIPCH resolverá el recurso de revisión en un plazo que no podrá exceder de cuarenta días hábiles, el cual podrá ampliarse por una sola ocasión hasta por veinte días hábiles más.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 125
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Se encuentra sujeto a lo que determine el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH), ya que dicho organismo garante local de esta entidad federativa es la autoridad facultada para sustanciar y resolver el recurso de revisión en materia de datos personales.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: 15 días hábiles de vigencia
Observaciones: La persona solicitante titular (dueña) de los datos personales podrá interponer el recurso de revisión, por sí misma o a través de su representante, de manera directa o por medios electrónicos, dentro de un plazo que no podrá exceder de 15 días contados a partir del siguiente a la fecha de la notificación de la respuesta o dentro de los 15 días siguientes al que haya vencido el plazo para dar respuesta; la Unidad de Transparencia del Instituto de la Juventud del Estado de Chiapas, deberá remitirlo al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH) a más tardar al día hábil siguiente de haberlo recibido, ya que dicho organismo garante es la autoridad facultada para sustanciarlo y resolverlo.
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 125
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 103
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Tutor
  • Padres
  • Tercero con carta poder
  • Representante legal
  • Otro: Interesado en relación con personas fallecidas o en representación de personas en estado de interdicción.
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Dar trámite a los recursos de revisión en materia de datos personales o para el ejercicio de los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación, y Oposición de datos personales), que sean presentados, promovidos o interpuestos ante la Unidad de Transparencia del Instituto de la Juventud del Estado de Chiapas, por lo que deberá remitirlos al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH) a más tardar al día hábil siguiente de haberlos recibido, ya que dicho organismo garante local es la autoridad facultada para sustanciarlos y resolverlos.
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Keiry del Valle Reyes Lugo
Cargo: Responsable de la Unidad de Transparencia
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (961) 618-6601
Ext: 0
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Boulevard Ángel Albino Corzo , Exterior 1800, Tuxtla Gutiérrez Centro, Tuxtla Gutiérrez, CP 29000, Teléfono (961) 618-6601, Correo electrónico [email protected], Chiapas
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 103
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 103
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 94
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 125
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 50
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 125
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 105
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
Artículo: 107
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 125
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 136
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Estatal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos para la Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Chiapas
Artículo: 87
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 125
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Estatal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos para la Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Chiapas
Artículo: 88
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 103
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Es necesario acreditar la identidad de la persona titular (dueña) de los datos personales y, en su caso, la identidad y personalidad con la que actúe su representante.
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 117 al 129 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y 152 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Chiapas, la persona inconforme con la resolución a su recurso de revisión que dicte el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH) también podrá presentar, promover o interponer un recurso de inconformidad por sí misma o a través de su representante ante el Instituto de Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha en que tuvo conocimiento de la resolución a su recurso de revisión o del vencimiento del plazo para su notificación, lo cual podrá realizar por medio de las cuentas oficiales de correo electrónico [email protected] y/o [email protected] ; o bien, presentarlo por escrito directamente en la oficialía de partes del INAI.
Última modificación del trámite o servicio: 13 mayo 2024
Oficinas de Atención

Unidad de Transparencia

Chiapas, Tuxtla Gutiérrez, Boulevard Ángel Albino Corzo Tuxtla Gutiérrez, Tuxtla Gutiérrez Centro, 1800, C.P.29000, Telefono: (961) 618-6601, ,
Correo: [email protected]

Lunes 9:00 A. M. a 5:00 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 5:00 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 5:00 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 5:00 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 5:00 P. M.

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