Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social.

Modalidad: D) Trabajadores no asalariados del campo.

Homoclave: IMSS-02-030-D Tipo: Trámite Tipo de trámite: Registro
Dependencia: Instituto Mexicano del Seguro Social
Unidad administrativa: Dirección de Incorporación y Recaudación
Nivel de gobierno:
Si eres ejidatario, comunero, colono o pequeño propietario, puedes solicitar tu Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social; tu incorporación también puede ser de manera colectiva, a través de la celebración de un convenio con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Al inscribirte podrás obtener asistencia médico familiar, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, así como las pensiones de invalidez y/o de viudez o por vejez (65 años de edad), orfandad y ascendencia.
Requisitos
1
Identificación oficial vigente.
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Descripción: Presencial: Identificación oficial vigente.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
2
Comprobante de Domicilio
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Descripción: Presencial: Comprobante de domicilio.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
3
Clave Única de Registro de Población (CURP)
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Descripción: Presencial y en línea: Dato de la Clave Única de Registro de Población (CURP).
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
4
Cuestionario médico proporcionado por el IMSS, cuando aplique.
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Descripción: Presencial y en línea: En su caso, datos para responder cuestionario médico proporcionado por el IMSS, llenado por la persona solicitante y por cada familiar a asegurar, cuando aplique.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
5
Número de Seguridad Social (NSS).
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Descripción: Presencial y en línea: Dato del Número de Seguridad Social (NSS). Es un número único, permanente e intransferible.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
Nombre del trámite o servicio: Solicitud de asignación o localización de número de seguridad social.
Nivel de gobierno: Administración Pública Federal
Homoclave: IMSS-02-008
6
Correo electrónico
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Descripción: Presencial y en línea: Dato del correo electrónico.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 Acude personalmente a la Subdelegación que te corresponda de acuerdo a tu domicilio.
2 Entrega toda la documentación requerida para la incorporación de los trabajadores no asalariados del campo.
3 Realiza el pago en la institución bancaria correspondiente.
Web
1 Ingresa a la página web del IMSS. Selecciona los nuevos servicios digitales. Accede al Escritorio Virtual en la liga: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal. Debes tener a la mano tu e.firma y correo electrónico personal. Seleccionar el recuadro de incorporación voluntaria al régimen obligatorio. Para realizar el trámite utilizando tu CURP, ingresa en la siguiente liga: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home , en donde es necesario tener a la mano tu correo electrónico. En ambos casos, aplica únicamente para inscripción inicial.
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite No
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos No
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite No
El trámite es de resolución inmediata
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 1 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: 1. Que el sujeto de aseguramiento tenga el carácter de trabajador no asalariado del campo. 2. Que el trabajador no asalariado del campo no esté sujeto a un régimen obligatorio en algún sistema de Seguridad Social. 3. Que el trabajador no asalariado del campo o alguno de sus beneficiarios no presente alguna de las enfermedades preexistentes señaladas en el Artículo 82 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. 4. No serán aplicables las disposiciones señaladas en los artículos 81, 82 y 83 de este Reglamento, a las incorporaciones voluntarias al régimen obligatorio, solicitadas dentro de un plazo de doce meses, contado a partir de la fecha de la baja del solicitante, sea con el carácter de asegurado o beneficiario en el régimen obligatorio o en el Seguro de Salud para la Familia, siempre que hubieran estado bajo seguro cincuenta y dos semanas previas a dicha baja. 5. Tampoco serán aplicables las anteriores disposiciones, en el caso de aquellos sujetos que hubieren estado afiliados a algún régimen de seguridad social a través de Decreto Presidencial y demuestren a juicio del Instituto este supuesto y soliciten su incorporación voluntaria al régimen obligatorio dentro del plazo de doce meses contado a partir de la fecha en que hubieren dejado de ser sujetos del Decreto. 6. Cubrir la cuota anual anticipada. 7. Que el trabajador no asalariado del campo firme el convenio en términos del formato impreso que establezca el IMSS.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: Inmediato
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: Inmediato

Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: 1 año de vigencia
Observaciones: Los sujetos de aseguramiento cotizarán por anualidades adelantadas.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
  • Otro: Trabajador no asalariado del campo, ya sea ejidatario, comunero, colono o pequeño propietario.
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando los trabajadores no asalariados del campo, como ejidatarios, comuneros, colonos o pequeños propietarios, quieran voluntariamente incorporarse al régimen obligatorio del Seguro Social, para tener derecho a las prestaciones que corresponden a este esquema de aseguramiento.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza
Subsector: Agricultura Cría y explotación de animales Aprovechamiento forestal Servicios relacionados con las actividades agropecuarias y forestales
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Proceso de aperturaOperación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Adriana Alejandra Pedroza Márquez
Cargo: Titular de la Coordinación de Afiliación
Correo electrónico: http://www.imss.gob.mx/contacto
Teléfono: 800 6232-323
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Paseo de la Reforma 476 PB, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc. 06600
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 13
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 13
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 75
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 77
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 81, 82, 83, 84, y 85
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número: 10.3
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite: Seguimiento de la anualidad contratada, pagos realizados, y renovación oportuna (30 días antes del vencimiento de la anualidad contratada) o renovación extemporánea (30 días naturales posteriores al vencimiento del aseguramiento).
Descripción: Los datos son verificados y los documentos que sean los correctos.
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 15259
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
• Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios (modalidad 43), podrán realizar el pago de forma bimestral o anual. • La contratación podrá ser individual y colectiva (para realizarla se requieren cuando menos 25 personas). • No podrás solicitar la incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social, si presentas: - Alguna enfermedad preexistente, tales como: tumores malignos; enfermedades crónico-degenerativas como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); enfermedades crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; valvulopatías cardíacas; insuficiencia cardíaca; secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto del miocardio); enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria, entre otras, y - Enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo; adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías; trastornos mentales como psicosis y demencias; enfermedades congénitas y síndrome de inmunodeficiencia adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo (VIH) Aplican tiempos de espera para la atención de padecimientos señalados en el artículo 83 del RACERF. No se cuenta con cobertura para los padecimientos señalados en el artículo 84 del RACERF. • La cobertura de esta incorporación voluntaria es de 1 año, iniciando los servicios médicos del IMSS para ti como trabajador no asalariado del campo y tus beneficiarios, a partir del primer día del mes siguiente al de tu ingreso al Seguro Social. • Podrás renovar tu incorporación, dentro de los 30 días naturales previos al vencimiento de la anualidad contratada que está transcurriendo. • Fuera de ese plazo, el Instituto puede autorizarla en forma extemporánea, dentro de los treinta días naturales posteriores al término de la vigencia, en cuyo caso surtirá efecto a partir del día siguiente al de la baja del período anterior. Si él trámite subsecuente no se lleva a cabo en forma extemporánea dentro del plazo señalado, la siguiente incorporación se considerará como inicial para todos los efectos legales. • En ningún caso, el IMSS te hará la devolución total o parcial de los pagos realizados, por lo que es muy importante que toda la información que proporciones sea la correcta y completa, en especial respecto a las enfermedades preexistentes. • El trabajador no asalariado del ámbito urbano podrá realizar el trámite a través de internet o presentándose directamente en ventanilla. En línea, ingresando a la página web del IMSS en el Escritorio Virtual, teniendo a la mano tu firma electrónica expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y correo electrónico personal. Presencial, acudiendo personalmente a la Subdelegación que te corresponda de acuerdo con tu domicilio y entregando toda la documentación requerida para la incorporación del trabajador no asalariado del ámbito urbano. Para consultar los datos de las instalaciones del IMSS: http://www.imss.gob.mx/directorio Se proporciona la liga al Centro de Contacto IMSS, en donde se ponen a disposición los diversos canales que nuestra derechohabiencia y población usuaria pueden utilizar para realizar sus peticiones y consultas relacionadas con trámites y servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social, que serán atendidas por personal especializado. http://www.imss.gob.mx/contacto
Última modificación del trámite o servicio: 05 abril 2024
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