Solicitud de Pago de licencia por cuidados médicos de hijos de hasta dieciséis años, aplicación del artículo 140 bis, de la Ley del Seguro Social

Modalidad: En cuenta bancaria, en Línea: Registro y Modificación

Homoclave: IMSS-2020-041-002-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Otro
Dependencia: Instituto Mexicano del Seguro Social
Unidad administrativa: Coordinación de Prestaciones Económicas
Nivel de gobierno:
El 5 de junio de 2019 entró en vigor el decreto que adiciona el artículo 140 Bis a la Ley del Seguro Social, donde se establece que para los casos de madres o padres trabajadores asegurados, cuyos hijos de hasta dieciséis años hayan sido diagnosticados por el Instituto con cáncer de cualquier tipo, podrán gozar de una licencia por cuidados médicos de los hijos para ausentarse de sus labores en caso de que el niño, niña o adolescente diagnosticado requiera de descanso médico en los periodos críticos de tratamiento o de hospitalización durante el tratamiento médico, de acuerdo a la prescripción del médico tratante, incluyendo, en su caso, el tratamiento destinado al alivio del dolor y los cuidados paliativos por cáncer avanzado.
Requisitos
1
e.firma
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.260623/161.P.DPES y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria del día 26 de junio de 2023, relativo a la aprobación de las Reglas Generales, lineamientos, así como datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para llevar a cabo diversos trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en materia de prestaciones en dinero que prevé la Ley del Seguro Social.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo A
Descripción: Al ser un trámite digital, no debe presentarse ningún documento, únicamente es necesario el uso de la Firma Electrónica Avanzada
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 El asegurado solicitante de la licencia debe de ser trabajador vigente en sus derechos ante el IMSS.
2 El menor debe de estar registrado ante el IMSS como beneficiario del padre o madre trabajador asegurado.
3 3. Solicitar cita médica en Hospital General de Zona (HGZ) o Unidad de Médica de Alta Especialidad (UMAE) que tenga atención de oncología pediátrica.
4 4. Verificar que el menor esté registrado en la base de datos de menores beneficiados que reciben atención médica oncológica en el IMSS.
5 Solicitar la expedición de la licencia al médico tratante del menor de hasta 16 años.
6 Por unica vez: Ingresar al escritorio virtual del IMSS con su Firma Electrónica Avanzada para registrar su cuenta CLABE a 18 posiciones.
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 7 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: 1. El asegurado solicitante de la licencia debe de ser trabajador vigente en sus derechos ante el IMSS. 2. El menor debe de estar registrado ante el IMSS como beneficiario del padre o madre trabajador asegurado. 3. Solicitar cita médica en Hospital General de Zona (HGZ) o Unidad de Médica de Alta Especialidad (UMAE) que tenga atención de oncología pediátrica. 4. Verificar que el menor esté registrado en la base de datos de menores beneficiados que reciben atención médica oncológica en el IMSS. 5. Solicitar la expedición de la licencia al médico tratante del menor de hasta 16 años Por única vez: 6. Ingresar al escritorio virtual del IMSS con su Firma Electrónica Avanzada para registrar su cuenta CLABE a 18 posiciones.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.260623/161.P.DPES y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria del día 26 de junio de 2023, relativo a la aprobación de las Reglas Generales, lineamientos, así como datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para llevar a cabo diversos trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en materia de prestaciones en dinero que prevé la Ley del Seguro Social.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo A
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando la asegurada(o) registrada(o) en el IMSS como trabajador(a) vigente bajo el régimen obligatorio, tienen derecho a realizar el trámite si tienen hijas(os) de hasta 16 años hayan sido diagnosticadas(os) por el Instituto con cualquier tipo de cáncer.
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- HUMBERTO VAZQUEZ OROZCO
Cargo: TITULAR DE LA DIVISIÓN DE SUBSIDIOS Y AYUDAS
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (800) 623-2323
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.260623/161.P.DPES y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria del día 26 de junio de 2023, relativo a la aprobación de las Reglas Generales, lineamientos, así como datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para llevar a cabo diversos trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en materia de prestaciones en dinero que prevé la Ley del Seguro Social.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo A
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.260623/161.P.DPES y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria del día 26 de junio de 2023, relativo a la aprobación de las Reglas Generales, lineamientos, así como datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para llevar a cabo diversos trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en materia de prestaciones en dinero que prevé la Ley del Seguro Social.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo A y B
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.260623/161.P.DPES y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria del día 26 de junio de 2023, relativo a la aprobación de las Reglas Generales, lineamientos, así como datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para llevar a cabo diversos trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en materia de prestaciones en dinero que prevé la Ley del Seguro Social.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo A
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 140 Bis
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.260623/161.P.DPES y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria del día 26 de junio de 2023, relativo a la aprobación de las Reglas Generales, lineamientos, así como datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para llevar a cabo diversos trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en materia de prestaciones en dinero que prevé la Ley del Seguro Social.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Anexo A
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Los documentos que deben anexarse deben ser presentados con las características señaladas en el "CAPITULO I. LISTA DE DOCUMENTOS A PRESENTAR EN LOS TRÁMITES” y en las condiciones señaladas en el "CAPITULO II. REGLAS GENERALES" y "CAPITULO III. TRÁMITES INSTITUCIONALES EN MATERIA DE PRESTACIONES EN DINERO" del Anexo A del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.260623/161.P.DPES, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria celebrada el 26 de junio de 2023, relativo a la aprobación de los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para efectuar diversos trámites en materia de prestaciones en dinero, así como los plazos máximos de Resolución de éstos y la vigencia de la Resolución de los mismos. No es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para obtener una resolución favorable de este trámite. Se deberá estar a lo dispuesto en las REGLAS GENERALES.
Última modificación del trámite o servicio: 20 mayo 2024
Oficinas de Atención

http://www.imss.gob.mx/directorio

Ciudad de México, Cuauhtémoc, Reforma http://www.imss.gob.mx/directorio Cuauhtémoc, Juárez, 476, C.P.06600, Telefono: (800) 623-2323, ,ext. 1____,
Correo: [email protected]

Lunes 8:00 A. M. a 5:00 P. M.

Martes 8:00 A. M. a 5:00 P. M.

Miércoles 8:00 A. M. a 5:00 P. M.

Jueves 8:00 A. M. a 5:00 P. M.

Viernes 8:00 A. M. a 5:00 P. M.

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