Recurso de Revisión de Acceso a la Información Pública

Modalidad: Presencial o por medios electrónicos

Homoclave: OG-2025-12753-003-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Medio De Impugnación
Dependencia: Oficina del Gobernador
Unidad administrativa: Unidad de Transparencia
Nivel de gobierno:
Medio de impugnación con el que cuenta el solicitante para defender sus derechos constitucionales de acceso a la información pública y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales, previsto en el Capítulo I del Título Noveno de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas.
Requisitos
1
Copia de la respuesta que se impugna
1 copia
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 174
Fracción: VII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Copia de la respuesta que entregó el Sujeto Obligado a quien generó solicitud de información
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Copia de notificación
1 copia
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 174
Fracción: VII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Notificación que haya emitido el Sujeto Obligado a quien generó solicitud de información
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Pruebas y demás elementos
1 copia
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 174
Fracción:
Inciso:
Párrafo: 2
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Pruebas y demás elementos que considere necesarios exponer
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
Estatal
Ley
172
Pasos
1 Acudir a la Unidad de Transparencia.
2 Llevar solicitud por escrito o solicitar apoyo para ingresar al sistema.
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
Liga electrónica para agendar una cita en linea para realizar el trámite:
Web
1 Ingresar a la dirección electrónica https://www.plataformadetransparencia.org.mx
2 Ingresar con su cuenta de usuario
3 Impugnar respuesta o falta de respuesta a su solicitud
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite
El trámite es de resolución inmediata No
Costo
Gratuito
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 168
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 60 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: Cumpliendo las condiciones antes mencionadas el Órgano Garante podrá admitir el recurso para efectuar el análisis del mismo.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles

Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 176
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Si el escrito de interposición del recurso de revisión no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el artículo anterior y el Instituto no cuenta con elementos para subsanarlos, se prevendrá al recurrente, por una sola ocasión y a través del medio que haya elegido para recibir notificaciones, con el objeto de que subsane las omisiones dentro de un plazo que no podrá exceder de cinco días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de la prevención, con el apercibimiento de que, de no cumplir, se desechará el recurso.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: 60 días hábiles de vigencia
Observaciones: El Instituto resolverá el recurso de revisión en un plazo que no podrá exceder de cuarenta días hábiles, contados a partir de la admisión del mismo, plazo que podrá ampliarse por una sola vez y hasta por un periodo de veinte días hábiles más.
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 176
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? I. La clasificación de la información. II. La declaración de inexistencia de información. III. La declaración de incompetencia por parte del Sujeto Obligado. IV. La entrega de información incompleta. V. La entrega de información que no corresponda a lo solicitado. VI. La falta de respuesta a la solicitud dentro de los plazos establecidos en la Ley General y la presente Ley. VII. La notificación, entrega o puesta a disposición de información en una modalidad o formato distinto al solicitado. VIII. La entrega o puesta a disposición de información en un formato incomprensible y/o no accesible para el solicitante. IX. Los costos o tiempos de entrega de la información. X. La falta de trámite a una solicitud. XI. La negativa a permitir la consulta física directa de la información. XII. La falta, deficiencia o insuficiencia de la fundamentación y/o motivación en la respuesta. XIII. La orientación a un trámite específico.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Víctor Hugo Alegría Cordero
Cargo: Jefe de la Unidad de Información Pública Institucional
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (961) 618-8050
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 175 a 184
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 174
Fracción: VII
Inciso:
Párrafo: 2
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 172
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 176
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 172 a 186
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 175
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 174 y 175
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 176
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Artículo: 168
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite: Soporte documental
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 1
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
¿Qué es un recurso de revisión? El recurso de revisión es el medio legal con el que cuentan los particulares para impugnar la respuesta de los sujetos obligados a sus solicitudes de acceso a la información pública, El fundamento legal del recurso de revisión se encuentra en el Capítulo I del Título Octavo de la LGTAIP y al Capítulo III del Título Quinto de la LFTAIP.
Última modificación del trámite o servicio: 20 marzo 2025
Oficinas de Atención

Unidad de Transparencia

Chiapas, Tuxtla Gutiérrez, Central Oriente (Palacio de Gobierno) Tuxtla Gutiérrez, Tuxtla Gutiérrez Centro, S/N, C.P.29000, Telefono: (961) 618-8050, ,ext. 21218___,
Correo: [email protected]

Lunes 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

Martes 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

Miércoles 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

Jueves 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

Viernes 8:00 A. M. a 1:00 P. M.

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