Solicitud para prorrogar los títulos de concesión para la construcción, operación y explotación de las Vías Generales de Comunicación Ferroviarias, así como para la prestación del Servicio Público del Transporte Ferroviario.

Homoclave: SCT-04-009 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Solicitud
Dependencia: Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Unidad administrativa: Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal
Nivel de gobierno:
Cuando los concesionarios soliciten una prórroga a la vigencia de la concesión.
Requisitos
1
Escrito libre de solicitud
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Servicio Ferroviario
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 11
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Servicio Ferroviario
Artículo: 225
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Solicitud por escrito dirigida al titular de la DGDFM, la cual deberá contener: nombre o denominación social de quien o quienes promueven; nombre y domicilio de las personas autorizadas para recibir notificaciones, teléfono y correo electrónico; la petición que se formula, los hechos y razones que dieron motivo a la misma; Órgano administrativo a quien se dirige; lugar y fecha de emisión y firma del solicitante o representante legal.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Plan de Negocios
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Servicio Ferroviario
Artículo: 225
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 11
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Servicio Ferroviario
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Documento que contenta el Plan de Negocios correspondiente.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 2 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Comprobante de Pago del trámite
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 172 I
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Comprobante del pago de derechos correspondiente.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 Solicitud por escrito dirigida al titular de DGDFM, en la cual haga referencia a cada uno de los requisitos que se incluyen en el triptico del trámite; Plan de negocios correspondiente; y Comprobante de pago de derechos.
Costo
$ 3,348.00
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 172 I
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024, Anexo 19.
Artículo: 172-I
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿En dónde puedo realizar el pago? las instituciones de crédito autorizadas, a través de Internet y de ventanilla bancaria.
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 30 Días naturales
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 10 Días naturales
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 4 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17B
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Representante legal
  • Otro: El concesionado o representante legal.
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? La Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario establece que las confesiones se otorgarán hasta por 50 años, y podrán ser prorrogadas en una o varias ocasiones, hasta por un plazo total que no exceda de 50 años.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Transportes, correos y almacenamiento
Subsector: Transporte por ferrocarril
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Miguel Ferrusquía Canchola
Cargo: Director de Asuntos Legales
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 55 57239300 ext. 19018
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- LIC. VIRIDIANA GARCÍA FLORES
Cargo: Titular del Área de Especialidad en Quejas, Denuncias e Investigaciones.
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 723-9300
Ext: 12010
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 11
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Servicio Ferroviario
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 172 I
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17A
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 172 I
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Servicio Ferroviario
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Servicio Ferroviario
Artículo: 225
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Manual
Nombre: Manual de organización de la Dirección General de transporte Ferroviario y Multimodal.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Numeral 8.14
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17B
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se establecen las acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y su órgano administrativo desconcentrado Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario
Artículo: Quinto
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Servicio Ferroviario
Artículo: 225
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024, Anexo 19.
Artículo: 172 I
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se establecen las acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y su órgano administrativo desconcentrado Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario
Artículo: Segundo
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Servicio Ferroviario
Artículo: 225
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Servicio Ferroviario
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17A
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024, Anexo 19.
Artículo: 172-I
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite: para expediente
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Última modificación del trámite o servicio: 21 febrero 2024
Autoridad pública responsable

Centro Integral de Servicios de la SICT

Avenida de los Insurgentes Sur 1089 Nochebuena Benito Juárez C.P.03720

Lunes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Lunes 4:00 P. M. a 6:00 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Martes 4:00 P. M. a 6:00 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Miércoles 4:00 P. M. a 6:00 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Jueves 4:00 P. M. a 6:00 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Viernes 4:00 P. M. a 6:00 P. M.

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