Expedición de permisos de importación. Modalidad D. Neumáticos usados para comercializar.

Modalidad: Modalidad D.

Homoclave: SE-03-057-D Tipo: Trámite Tipo de trámite: Solicitud
Dependencia: Secretaría de Economía
Unidad administrativa: Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior
Nivel de gobierno:
¿Estás interesado en importar neumáticos usados para que puedan ser comercializados? Recuerda que necesitas este permiso previo. El permiso previo, es la licencia o autorización, dentro de las denominadas regulaciones no arancelarias, para que los interesados puedan importar o exportar legalmente mercancías que están sujetas a dicho requisito por parte de la Secretaría de Economía ¡Consulta más información aquí!
Requisitos
1
RFC; Condición de la mercancía (nuevo o usado); Régimen aduanero; Descripción de la mercancía; Fracción arancelaria; Cantidad a importar; Unidad de medida; Valor de factura en dólares; País(es) de procedencia; Uso específico de la mercancía; Justificación de la importación y el beneficio que se obtiene.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior.
Artículo:
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.21
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
2
Comprobante de disposición de neumáticos de desecho en los centros de acopio autorizados, expedido por el centro de acopio que corresponda.
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número: 1
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
Web
1 Prepara la información necesaria para realizar tu trámite de solicitud utilizando la Ventanilla Única.
2 Ingresa a la siguiente liga https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/index.html
3 Captura la información que te solicita el sistema.
4 Firma electrónicamente.
5 Imprime tu acuse de recepción de solicitud.
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite No
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos No
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite No
El trámite es de resolución inmediata No
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 15 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: Para la emisión del permiso a personas físicas o morales dedicadas a la comercialización de neumáticos y cámaras usadas establecidas en el Estado de Baja California, la región parcial del Estado de Sonora y Cd. Juárez, Chihuahua, es necesario que sea conforme a la cuota global que se determine, en términos de los convenios que, en su caso, se celebren, tomando como base el monto ejercido en el año inmediato anterior y el cumplimiento de los compromisos de acopio de neumáticos de desecho con vistas a su disposición final. La cuota global a que se refiere el párrafo anterior será determinada por la SE con base en: a) El volumen importado el año inmediato anterior, y b) El cumplimiento de los compromisos de acopio de neumáticos de desecho con vistas a su disposición final. Para efectos de la reexpedición de las Para la emisión del permiso a personas físicas o morales dedicadas a la comercialización de neumáticos y cámaras usadas establecidas en el Estado de Baja California, la región parcial del Estado de Sonora y Cd. Juárez, Chihuahua, es necesario que sea conforme a la cuota global que se determine, en términos de los convenios que, en su caso, se celebren, tomando como base el monto ejercido en el año inmediato anterior y el cumplimiento de los compromisos de acopio de neumáticos de desecho con vistas a su disposición final. La cuota global a que se refiere el párrafo anterior será determinada por la SE con base en: a) El volumen importado el año inmediato anterior, y b) El cumplimiento de los compromisos de acopio de neumáticos de desecho con vistas a su disposición final. Para efectos de la reexpedición de las mercancías a que se refiere el presente criterio se estará a lo dispuesto en la Ley Aduanera.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 5 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: I
Inciso: f)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.30
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Para la emisión del permiso a personas físicas o morales dedicadas a la comercialización de neumáticos y cámaras usadas establecidas en el Estado de Baja California, la región parcial del Estado de Sonora y Cd. Juárez, Chihuahua, es necesario que sea conforme a la cuota global que se determine, en términos de los convenios que, en su caso, se celebren, tomando como base el monto ejercido en el año inmediato anterior y el cumplimiento de los compromisos de acopio de neumáticos de desecho con vistas a su disposición final. La cuota global a que se refiere el párrafo anterior será determinada por la SE con base en: a) El volumen importado el año inmediato anterior, y b) El cumplimiento de los compromisos de acopio de neumáticos de desecho con vistas a su disposición final. Para efectos de la reexpedición de las Para la emisión del permiso a personas físicas o morales dedicadas a la comercialización de neumáticos y cámaras usadas establecidas en el Estado de Baja California, la región parcial del Estado de Sonora y Cd. Juárez, Chihuahua, es necesario que sea conforme a la cuota global que se determine, en términos de los convenios que, en su caso, se celebren, tomando como base el monto ejercido en el año inmediato anterior y el cumplimiento de los compromisos de acopio de neumáticos de desecho con vistas a su disposición final. La cuota global a que se refiere el párrafo anterior será determinada por la SE con base en: a) El volumen importado el año inmediato anterior, y b) El cumplimiento de los compromisos de acopio de neumáticos de desecho con vistas a su disposición final. Para efectos de la reexpedición de las mercancías a que se refiere el presente criterio se estará a lo dispuesto en la Ley Aduanera.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimeinto Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: 1 año de vigencia
Observaciones: 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro: ANEXO 2.2.1
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando requieras importar definitivamente llantas usadas para comercializar, comprendidos en las fracciones arancelarias: 4012.20.01 y 4012.20.99, anexo 2.2.1 del acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Carlos Martín Landa Valdés
Cargo: Director de área
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 729-9100
Ext: 34321
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Pachuca, Exterior 189, Condesa, Cuauhtémoc, CP 06140, Teléfono (555) 729-9100, Ciudad de México
Nombre: Sara Fuentevilla Ogarrio
Cargo: Titular del Área de Quejas, Denuncias e Investigaciones del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 629-9500
Ext: 21218
Correo electrónico: [email protected].
Nombre: Roberto Martínez Barjau
Cargo: Director de Quejas y Denuncias
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 629-9500
Ext: 21217
Correo electrónico: [email protected].
Fundamento Jurídico
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número: 1
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número: 1
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Reglas 1.3.1, 1.3.2, 1.3.3, 5.3.1, Letra A, Numeral 1, fracción II letra a, inciso II y numeral 2 fracción II del anexo 2.2.2
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.7
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro: ANEXO 2.2.1
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.1
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.7
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimeinto Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: I
Inciso: f)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.30
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas:
Número de solicitudes rechazadas:
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
1. Para establecer la clasificación arancelaria de las mercancías de las mercancías a importar, deberás auxiliarte de un Agente Aduanal, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley Aduanera. 2. Para la consulta las fracciones arancelarias sujetas a permisos previo, textos, regímenes aduaneros, podrás ver el Anexo 2.2.1 del “ACUERDO por el que la Secretaria de Economia emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior” (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones.). 3. Para el correcto llenado del formato de solicitud de permiso previo consulta su instructivo de llenado en las secciones “Consideraciones generales para su llenado” y “Documentos anexos” y en esta última particularmente la fracción I, numeral 8.3 del formato SE-03-057 “Solicitud de permiso de importación o exportación y de modificaciones” inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios. 4. Son mercancías beneficiadas por la Regla 8ª: las que se refieren a los incisos a) y b) de la Regla 8ª de las Complementarias para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, tales como insumos, materiales, partes, componentes, maquinaria y equipo, inclusive material de empaque y embalaje y, en general, aquellos para la elaboración de los productos finales establecidos en el Decreto que establece diversos Programas de Promoción Sectorial. 5. Se sugiere consultar los criterios de dictamen son los establecidos en los Anexos 2.2.2 numeral 2, fracción VIII del “”Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior”(publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones.) 6. De acuerdo al Capítulo 1.4 Sección II, regla 1.4.3, se indica lo siguiente: Para los efectos de los trámites que se presenten a través de Ventanilla Digital, los particulares podrán acudir a las Oficinas de Representación de la SE a ingresar sus trámites, para lo cual deberán llevar en un dispositivo de almacenamiento portátil, la E.firma del solicitante junto con los anexos del trámite debidamente digitalizados en formato PDF conforme a los requerimientos técnicos de la propia Ventanilla Digital, para ser descargados del medio de almacenamiento portátil por el personal de apoyo con que cuente la SE en las Oficinas de Representación. La orientación y apoyo no implica resolución favorable a los intereses del particular, como tampoco validación alguna respecto del contenido de los requisitos y anexos; del ACUERDO por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones.
Última modificación del trámite o servicio: 12 julio 2024
Oficinas de Atención

Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior

Ciudad de México, Cuauhtémoc, Pachuca Cuauhtémoc, Condesa, 189, C.P.06140, Telefono: (555) 729-9100, ,

Lunes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Cerrar

Catálogo Nacional