Expedición de permisos de importación. Modalidad N. Mercancías de la Regla 8a. bajo las fracciones arancelarias de la Partida 98.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación que se pretendan importar debido a inexistencia o insuficiencia de producción nacional, excepto las fracciones arancelarias 9802.00.13 y 9802.00.23.

Modalidad: Modalidad N.

Homoclave: SE-03-057-N Tipo: Trámite Tipo de trámite: Solicitud
Dependencia: Secretaría de Economía
Unidad administrativa: Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior
Nivel de gobierno:
¿Importarás bienes de la industria siderúrgica por inexistencia o insuficiencia de producción nacional? Consulta la información relativa aquí con base en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación
Requisitos
1
RFC; Condición de la mercancía (nuevo o usado); Régimen aduanero; Descripción de la mercancía; Fracción arancelaria; Cantidad a importar; Unidad de medida comercial; Valor de factura en dólares; País(es) de procedencia; Uso específico de la mercancía (nombre comercial o técnico del producto en el que se utilizará la mercancía a importar); Justificación de la importación y el beneficio que se obtiene.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.21
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
2
Contar con un PROSEC o IMMEX
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
3
El solicitante deberá incluir la descripción de las especificaciones técnicas de las mercancías solicitadas, en idioma español, sin hacer referencia a marcas registradas.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
4
Si se trata de solicitudes que requieran materias textiles, la descripción deberá incluir:i. Para hilados: composición; decitex, sencillos, cableados o retorcidos; si son de algodón: cardados o peinados; crudos o blanqueados, teñidos recubiertos u otro acabado; acondicionados para la venta al menudeo o mayoreo (carrete, madeja, etc.). Proporcionar muestra(s) según presentación. ii. Para hilos, hilados o fibras químicas: composición; título (peso en gramos de 10,000 metro), número de cabos y filamentos, número de torsiones por metro, acabados de lustre y color, corte transversal (ejemplo: redondo, trilobal, aserrado), y proporcionar muestra(s). iii. Para tejidos: tipo; ligamento; acabado (crudo, blanqueado, teñido, estampado, recubierto (sustancia); gofrado, etc.); gramos por m2 (excepto punto); peso en Kilogramos para tejido de punto; dimensiones por rollo (ancho y largo en metros para tejido plano y peso para tejido de punto). Proporcionar muestra(s) (de un metro).
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
5
Tratándose de sectores de la insdustria Química(9802.00.11); Industria de Manufacturas de Caucho y Plástico (9802.00.12) e Industria de Productos Farmoquímicos, Medicamentos y Equipo Médico (9802.00.14), se deberá anexar para la correcta identificación de las sustancias, la siguiente información: i. Nombre de la sustancia mono-constituyente, multi-constituyente o composición variable; y, de ser el caso, nombre internacional; ii. Número de registro Chemical Abstracts Service (CAS); iii. Fórmula molecular o estructural5; iv. En caso de mezclas: composición, principal constituyente, grado de pureza y aditivos; v. Estado, y vi. Niveles de concentración por empaque o envase de transportación.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
6
Para las fracciones arancelarias 9802.00.05, 9802.00.20 y 9802.00.24, adicionalmente el solicitante deberá: i. Describir el producto a fabricar e indicar la cantidad que utiliza del insumo(s) solicitado(s) por cada unidad de producto final fabricado, el porcentaje de mermas y desperdicios. ii. Proporcionar datos sobre capacidad de producción para transformar los productos solicitados, indicando: ii.i. Número de trabajadores (presentar copia del último bimestre de la cédula de cuotas obrero patronal del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). ii.ii. Cantidad y tipo de máquinas que intervienen en el proceso. ii.iii. Capacidad de cada máquina por turno, en la unidad de medida del producto a fabricar, y número máximo de turnos por día.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
7
Optativo: El solicitante podrá aportar fotografías de la mercancía solicitada, muestras (excepto para sustancias químicas) u otra información que facilite la identificación de la mercancía solicitada. El solicitante podrá proveer la información pública disponible o cualquier otra que considere sustenta su petición.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Forma parte del formato: No
Naturaleza: No documental
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
Web
1 Prepara la información necesaria para realizar tu trámite de solicitud utilizando la Ventanilla Única.
2 Ingresa a la siguiente liga https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/index.html
3 Captura la información que te solicita el sistema.
4 Firma electrónicamente.
5 Imprime tu acuse de recepción de solicitud.
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite No
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos No
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite No
El trámite es de resolución inmediata No
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 13 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: Es indispensable contar con un PROSEC en términos del Decreto del mismo nombre en el sector al que corresponda la fracción arancelaria de que se trate, y tratándose de operaciones bajo el régimen de importación temporal para elaboración, transformación o reparación contar con un Programa IMMEX. Además de que se determine inexistencia o insuficiencia de producción nacional de una mercancía, pieza, parte o componente de la Regla 8a. con las características requeridas por el usuario para utilizarla o incorporarla al proceso integral de fabricación o ensamble de productos y/o para mantener o mejorar la competitividad de la empresa. La SE podrá consultar a otras dependencias del gobierno federal o a las asociaciones de empresas de la industria sobre la existencia de la producción nacional de la mercancía solicitada. Cuando la SE resuelva negar una solicitud, con base en información que proporcionen otras dependencias del gobierno federal o las asociaciones de empresas de la industria nacional, la respuesta que estas últimas emitan a la SE deberá: a. Referir existencia y/o suficiencia de producción de la mercancía para la cual se solicita el permiso de importación. b. Contener los datos de los productores nacionales que se comprometan a proveer dicha mercancía por la cantidad solicitada y, durante un plazo similar al que requiere el solicitante; o bien, acompañarse de un escrito en donde además de referir la existencia y/o suficiencia de la producción de la mercancía para la cual se solicita un permiso de importación, algún productor nacional se comprometa a proveer de dicha mercancía por la cantidad solicitada, durante un plazo similar del que requiere el solicitante, y de existir, con base en un precio de referencia verificable del país donde haya oferta y se considere representativo en los mercados externos. La SE hará del conocimiento de los solicitantes las empresas proveedoras que resulten de la consulta realizada y en su caso, podrá convocar reuniones de proveeduría por conducto del organismo empresarial consultado. La inasistencia de los fabricantes constituirá un elemento de evidencia de inexistencia de producción nacional. En caso de solicitudes subsecuentes a las resueltas conforme a este punto, la SE podrá otorgar el permiso cuando el solicitante muestre que no se cumplió con el compromiso de proveeduría, o si en la reunión de proveeduría se evidencia la inexistencia de producción nacional.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 4 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: I
Inciso: b)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.30
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Es indispensable contar con un PROSEC en términos del Decreto del mismo nombre en el sector al que corresponda la fracción arancelaria de que se trate, y tratándose de operaciones bajo el régimen de importación temporal para elaboración, transformación o reparación contar con un Programa IMMEX. Además de que se determine inexistencia o insuficiencia de producción nacional de una mercancía, pieza, parte o componente de la Regla 8a. con las características requeridas por el usuario para utilizarla o incorporarla al proceso integral de fabricación o ensamble de productos y/o para mantener o mejorar la competitividad de la empresa. La SE podrá consultar a otras dependencias del gobierno federal o a las asociaciones de empresas de la industria sobre la existencia de la producción nacional de la mercancía solicitada. Cuando la SE resuelva negar una solicitud, con base en información que proporcionen otras dependencias del gobierno federal o las asociaciones de empresas de la industria nacional, la respuesta que estas últimas emitan a la SE deberá: a. Referir existencia y/o suficiencia de producción de la mercancía para la cual se solicita el permiso de importación. b. Contener los datos de los productores nacionales que se comprometan a proveer dicha mercancía por la cantidad solicitada y, durante un plazo similar al que requiere el solicitante; o bien, acompañarse de un escrito en donde además de referir la existencia y/o suficiencia de la producción de la mercancía para la cual se solicita un permiso de importación, algún productor nacional se comprometa a proveer de dicha mercancía por la cantidad solicitada, durante un plazo similar del que requiere el solicitante, y de existir, con base en un precio de referencia verificable del país donde haya oferta y se considere representativo en los mercados externos. La SE hará del conocimiento de los solicitantes las empresas proveedoras que resulten de la consulta realizada y en su caso, podrá convocar reuniones de proveeduría por conducto del organismo empresarial consultado. La inasistencia de los fabricantes constituirá un elemento de evidencia de inexistencia de producción nacional. En caso de solicitudes subsecuentes a las resueltas conforme a este punto, la SE podrá otorgar el permiso cuando el solicitante muestre que no se cumplió con el compromiso de proveeduría, o si en la reunión de proveeduría se evidencia la inexistencia de producción nacional.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Admiistrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: 1 año de vigencia
Observaciones: UN AÑO A PARTIR DE SU EXPEDICIÓN
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro: Anexo 2.2.1
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando requieras importar mercancías de la Regla 8a. bajo las fracciones arancelarias de la Partida 98.02 de la TIGIE que pretendas importar debido a inexistencia o insuficiencia de producción nacional
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Ernestina Flores Ocampo
Cargo: Directora de Operación de Instrumentos de Comercio Exterior
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 229-6100
Ext: 34333
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Pachuca, Exterior 189, Condesa, Cuauhtémoc, CP 06140, Teléfono (555) 729-9100, Ciudad de México
Nombre: Sara Fuentevilla Ogarrio
Cargo: Titular del Área de Quejas, Denuncias e Investigaciones del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 629-9500
Ext: 21218
Correo electrónico: [email protected].
Nombre: Roberto Martínez Barjau
Cargo: Director de Quejas y Denuncias
Rol:
Otro:
Teléfono: (555) 629-9500
Ext: 21217
Correo electrónico: [email protected].
Fundamento Jurídico
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número: 15
Letra:
Otro: Anexo 2.2.1
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Reglas 1.3.1, 1.3.2, 1.3.3, 5.3.1, Letra A, Numeral 1, fracción II letra a, inciso II y numeral 2 fracción II del anexo 2.2.2
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2,
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Admiistrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.7
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: I
Inciso: b)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 2.2.30
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.1
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número: 2
Letra:
Otro: Anexo 2.2.2
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro: Regla 1.3.7
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas:
Número de solicitudes rechazadas:
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
1. Para establecer la clasificación arancelaria de las mercancías de las mercancías a importar, deberás auxiliarte de un Agente Aduanal, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley Aduanera. 2. Para la consulta las fracciones arancelarias sujetas a permisos previo, textos, regímenes aduaneros, podrás ver el Anexo 2.2.1 del “ACUERDO por el que la Secretaria de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior” (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones.). 3. Son mercancías beneficiadas por la Regla 8ª: las que se refieren a los incisos a) y b) de la Regla 8ª de las Complementarias para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, tales como insumos, materiales, partes, componentes, maquinaria y equipo, inclusive material de empaque y embalaje y, en general, aquellos para la elaboración de los productos finales establecidos en el Decreto que establece diversos Programas de Promoción Sectorial. 4. Se sugiere consultar los criterios de dictamen son los establecidos en los Anexos 2.2.2 numeral 2, fracción VIII del “”Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior”(publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones.).
Última modificación del trámite o servicio: 12 julio 2024
Oficinas de Atención

Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior

Ciudad de México, Cuauhtémoc, Pachuca Cuauhtémoc, Condesa, 189, C.P.06140, Telefono: (555) 729-9100, ,

Lunes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

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