Despacho de embarcaciones o artefactos navales

Modalidad: Despacho extraordinario de transbordadores y lanchas de pasaje

Homoclave: SEMAR-05-018-I Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Secretaría de Marina
Unidad administrativa: Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos
Nivel de gobierno:
Permite obtener la autorización para que su transbordador o lancha de pasaje, pueda hacerse a la mar entre dos puntos de la costa o entre la costa e isla o islas nacionales.
Requisitos
1
Escrito Libre (de solicitud o petición)
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Escrito libre o formato de solicitud que contenga los siguientes datos: A. Nombre del órgano administrativo a que se dirigen. B. Lugar y fecha de su emisión. C. Nombre del solicitante, denominación o razón social de quienes promueva, en caso de representante legal, señalar su nombre, domicilio, Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Clave Única de Registro de Población (CURP). D. Deberá precisar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o tratándose de personas físicas, la Clave Única de Registro de Población (CURP). E. Domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas. F. Formulación de la petición, así como los hechos o razones que dan motivo a la misma. G. Fecha y hora prevista de despacho. H. Datos generales de la embarcación. I. Firma autógrafa del interesado o su representante legal. Si el interesado o el representante legal no pueden firmar, deberán imprimir la huella digital de su pulgar.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Documento con el cual el promovente acredite su personalidad o interés jurídico.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15 y 19
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Pudiendo presentar para tal fin uno de los siguientes documentos: Título de propiedad de la embarcación o artefacto naval correspondiente que esté a nombre del promovente; o en su caso, Instrumento Público, Poder Notarial o Carta Poder mediante el cual se acredite que el promovente tiene facultades de representación del propietario para gestionar el trámite. (ORIGINAL Y COPIA).
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
4
Constancia de no adeudo, de servicios portuarios, y de uso de infraestructura o daños causados a ésta, expedida por la API. (ORIGINAL Y COPIA).
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 457
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
5
Certificados aplicables.
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 457
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: En caso de ser buques de línea regular será necesario entregar copia simple de los certificados aplicables la primera vez que arribe al puerto; o bien, cuando haya algún cambio. En los arribos y despachos sucesivos, sólo se entregará relación actualizada con vigencia firmada por el capitán de la Embarcación y se hará referencia a la primera entrega. (ORIGINAL Y COPIA).
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
6
Documentos que acrediten la capacidad técnica de los tripulantes de conformidad con las normas aplicables, en su caso, del Convenio STCW y/o convenio internacional del que el Estado mexicano sea parte en materia de Educación Marítima Mercante. (ORIGINAL Y COPIA).
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 457
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
7
Cálculo de estabilidad y plan de estiba de la carga en el caso de embarcaciones de carga. Tratándose de embarcaciones de pasaje y/o de carga rodada, sólo se requerirá manifiesto bajo protesta de decir verdad firmada por el capitán de la misma, que saldrá y mantendrá durante toda la travesía estabilidad positiva, conforme a las normas técnicas de este Reglamento. (ORIGINAL Y COPIA).
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 457
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
8
Lista de tripulantes y de pasajeros, si los hubiere. (ORIGINAL Y COPIA).
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 457
Fracción: V
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
9
Comprobante de Pago del trámite
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 195-Z-28
Fracción: I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
Formato requerido:
Federal
Ley
15
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpa.htm
Pasos
1 Consultar los requisitos del trámite (en línea, vía telefónica o de manera presencial) en la UNICAPAM o Capitanía de Puerto.
2 Presentarse en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos o de cualquier Capitanía de Puerto con los requisitos solicitados, en los días y horario hábiles (8:30 a 14:30).
3 Solicitar el trámite, recibir el acuse de recibo y realizar el pago de derechos.
Web
1 Ingresar al sitio web y buscar al solicitante mediante su RFC.
2 En caso de persona moral, seleccionar al representante legal.
3 Seleccionar la oficina en la que desea que se atienda su trámite.
4 En caso de que el trámite cuente con modalidades, seleccionar la modalidad requerida.
5 Adjuntar los archivos correspondientes a los requisitos del trámite.
6 Firmar la solicitud con la e.firma otorgada por el Servicio de Administración Tributaria.
7 Descargar el acuse de ingreso de trámite.
8 Dar seguimiento al trámite mediante el tablero de control.
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite No
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite No
El trámite es de resolución inmediata
Costo
$ 384.00 - 6,853.00
Monto calculado
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Metodología utilizada para cálculo del monto: I. De más de 3 hasta 20 unidades de arqueo bruto $384.00 II. De más de 20 hasta 100 unidades de arqueo bruto $578.00 III. De más de 100 hasta 500 unidades de arqueo bruto $947.00 IV. De más de 500 hasta 1,000 unidades de arqueo bruto $1,928.00 V. De más de 1,000 hasta 15,000 unidades de arqueo bruto $3,868.00 VI. De más de 15,000 hasta 25,000 unidades de arqueo bruto $4,927.00 VII. De más de 25,000 hasta 50,000 unidades de arqueo bruto $5,683.00 VIII. De más de 50,000 unidades de arqueo bruto $6,853.00
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 195-Z-28
Fracción: I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿En dónde puedo realizar el pago? En las oficinas, en el banco, Para trámites con formato "línea de captura". Personas físicas: transferencia bancaria, cheque nominativo, pago en ventanilla bancaria; personas morales: Transferencia bancaria.
Descripción del medio de pago: Tarjeta de crédito o débito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 20 Días hábiles
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 5 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
1. La autoridad administrativa verificará que los solicitantes cuenten con la personalidad e interés jurídico idóneo para presentar la solicitud que corresponda. 2. La autoridad administrativa valorará que la solicitud de trámite cumpla con todos y cada uno de los requisitos establecidos por las leyes y reglamentos de la materia, en caso de falta de documentos o requisitos de la solicitud, la autoridad prevendrá al solicitante para que presente la documentación faltante; hecho lo anterior y si la documentación ha cumplido con los requisitos establecidos, la autoridad autorizará el trámite correspondiente. 3. El simple hecho de presentar la solicitud de trámite, no impone la obligación a la autoridad a resolverla en sentido afirmativo, dicho criterio dependerá de que los documentos y requisitos exigidos por las leyes y reglamentos correspondientes hayan sido cabalmente cumplidos. 4. 4. En caso de que la solicitud no sea resuelta de manera favorable al solicitante, el pago de derechos no será reintegrado.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: 30 días naturales de vigencia
Observaciones: En ese caso, se deberá tramitar un despacho en cada puerto, con entradas y salidas múltiples entre ambos puertos con vigencia de treinta días naturales.
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 489
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
  • Otro: Propietario, naviero, armador, agente naviero
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Tratándose de transbordadores o lanchas de pasaje que se dediquen al transbordo de carga y pasaje entre dos puntos de la costa o entre la costa e isla o islas nacionales, y que realicen más de dos viajes al día entre ambos puntos.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Jenny Martínez Contreras
Cargo: Jefe de Departamento de Navegación
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 624-6500
Ext: 1825
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Heroica Escuela Naval Militar, Exterior 669, Presidentes Ejidales 2a Sección, Coyoacán, CP 04470, Teléfono (555) 624-6500, Extensión 1838____, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 489
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 1, 2, 3, 452 fracción II, 457, 458, 459, 460, 461, 479 fracción V
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17-A
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 1
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 15, 15 A, 16, 17, 17-A, 17 B, 18, 19, 20, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 42, 43, 44, 45, 57, 58, 59, 60, 61, 69 B, 69 C, 69 C Bis
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 489
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17-A
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 2
Fracción: I
Inciso: Bis
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: II, IV, V, VIII, IX, 3, 4, 5, 7, fracción I, 8 Bis, 9 fracción I, 38 fracción II, 48 fracción II, 49 y 49 Bis
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimeinto Administrativo
Artículo: 16 fraccion X, 17, 17-A, 17-B, 18, 57 fraccion I, 59 y 60
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 69-C
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 195-Z-28
Fracción: I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 1208
Número de solicitudes rechazadas: 26
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
1. Todos los documentos que se presenten en original y copia deberán encontrarse plenamente legibles. 2. Los demás documentos originales serán cotejados con sus copias simples, hecho lo anterior serán devueltos al solicitante. 3. La autoridad únicamente conservará copias simples de los documentos, previo cotejo. 4. Los documentos no deberán tener tachaduras, enmendaduras o correcciones las cuales puedan causar duda sobre su autenticidad. 5. Los documentos presentados ante la autoridad administrativa serán considerados como manifestaciones de la voluntad verdaderas por lo que todos aquellos datos e información proporcionada por los particulares que no sean verídicos, serán imputables a quien presentó el documento, sin perjuicio de las sanciones que puedan generarse por el hecho de presentar documentación falsa ante una autoridad. 6. La solicitud al trámite es el documento en el cual se deben indicar los datos del solicitante, así como del representante legal, domicilio para oír y recibir notificaciones, la petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición, el órgano administrativo a que se dirigen y lugar y fecha de su emisión. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital. 7. El documento con el cual se acredite la personalidad o interés jurídico del solicitante deberá observar: a. El título de propiedad deberá consistir en factura, refactura, contrato de compraventa los cuales constaran con los requisitos legales establecidos por el Código Federal Civil. b. El poder notarial deberá ser otorgado al solicitante con la característica de representación o gestión, poder general para pleitos y cobranzas o poder para actos de dominio. c. La Carta Poder deberá contar con la firma de dos testigos, contar con una copia de un documento de identidad del titular de los derechos y mencionar específicamente el acto para el que fue suscrita por el otorgante. 8. Las solicitudes de despacho de embarcaciones y artefactos navales deberán presentarse ante la capitanía de puerto al menos dos horas antes del cierre del horario ordinario de labores de la misma, cuando el usuario pretenda que la autorización de salida se le entregue ese mismo día. 9. En la lista de tripulantes se deberán precisar el nombre de los mismos y su categoría. 10. En cuanto a la solicitud, es necesario contar con los datos del solicitante, del representante legal, de la embarcación tales como lo son nombre, calado, bandera, UAB, entre otros y la información del trámite que se desea realizar, considerando la fecha y hora de zarpe. 11. El documento por el cual se acredita la identidad y personalidad jurídica puede ser poder notarial, carta mandato, credencial para votar, pasaporte, etc. 12. En el caso que la embarcación entre a puerto distinto al emisor, el despacho perderá vigencia y deberá tramitar un nuevo despacho. De igual manera, al efectuar el cambio del capitán o jefe de máquinas de la embarcación, se deberá tramitar un nuevo despacho. 13. Se deberá tramitar un despacho en cada puerto, con entradas y salidas múltiples entre ambos puertos con vigencia de treinta días naturales 14. El despacho perderá su vigencia en los siguientes casos: a. Si la embarcación opera en puertos, rutas o zonas distintas a las autorizadas en su despacho; b. Por embarcar tripulación que no compruebe su capacidad técnica o distinta a la señalada en el despacho o lista de tripulación autorizada; c. Si la embarcación no cuenta con los equipos de seguridad establecidos en sus certificados; d. Por terminación o revocación de los permisos expedidos por las autoridades competentes que dieron origen al despacho correspondiente; e. No rendir los avisos de salida y entrada cuando corresponda, y f. Realizar cualquier otra actividad que sea distinta a la señalada en el despacho. Las capitanías de puerto informarán de este hecho a las autoridades competentes. 15. Al término de la vigencia del despacho, se deberá tramitar una autorización de arribo.
Última modificación del trámite o servicio: 12 enero 2024
Autoridad pública responsable

Capitanías de Puerto del país

Directorio: https://www.gob.mx/semar/unicapam/documentos/directorio-de-las-capitanias-de-puerto 669 Presidentes Ejidales 2a Sección Coyoacán C.P.04470

Lunes 8:30 A. M. a 2:30 P. M.

Martes 8:30 A. M. a 2:30 P. M.

Miércoles 8:30 A. M. a 2:30 P. M.

Jueves 8:30 A. M. a 2:30 P. M.

Viernes 8:30 A. M. a 2:30 P. M.

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