Trámite unificado de cambio de uso de suelo forestal Modalidad A

Homoclave: SEMARNAT-03-066 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Unidad administrativa: Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico
Nivel de gobierno:
Con este trámite puedes obtener la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales y la autorización en materia de impacto ambiental sólo para las obras o actividades establecidas en el artículo 28 fracción VII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Requisitos
1
Escrito libre de solicitud
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Artículo: primero
Fracción: XXVII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Es el documento por el cual se presenta las solicitud para obtener la autorización Modalidad a en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo en terrenos forestales
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Escrituras del Predio
Original y 1 copia
Descripción: Es el documento legal por el cual se acredita la propiedad para poder realizar actividades de cambio de uso de suelo en terrenos forestales.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 2 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
3
Acta de asamblea
Original y 1 copia
Descripción: Es el documento legal con el cual se acredita la posesión o el derecho para realizar actividades de cambio de uso de suelo en terrenos forestales en un ejido.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 30 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
4
Documento técnico unificado
Original y 1 copia
Descripción: Es el documento técnico mediante el cual se demuestra técnicamente que el proyecto es viable en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo en terrenos forestale. El documento debe contener la información indicada en los artículos 93 de la LeyGeneral de Desarrollo Forestal Sustentable y 121 de su Reglamento, así como la señalada en ela rtículo 12, fracciones I, III, V y VIII, del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental. s
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 150 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
5
Resumen del contenido del documento técnico unificado
Original y 1 copia
Descripción: Se debe presentar una sintesis de la información técnica del documento técnico unificado
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 3 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
6
Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)
Original y 1 copia
Descripción: Es el documento con el cual se identifica el promovente.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
7
Poder notarial
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 19
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Es el documento con el cual se acredita la personalidad del promovente o representante legal.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 3 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria:
Nombre de la empresa o persona que lo emite:
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
8
Comprobante de Pago del trámite
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194 H
Fracción: II
Inciso: a,b y c
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: 194 H Fracción III a) b ) y c)
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024, Anexo 19.
Artículo: 194
Fracción: III
Inciso: a), b), c)
Párrafo:
Número:
Letra: H
Otro: artículo 194-H, fracción II, incisos a), b), c)
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y ANEXO 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021
Artículo: 194
Fracción: III
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra: H
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y ANEXO 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021
Artículo: 194
Fracción: II
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra: H
Otro:
Descripción: Se paga el pago de derechos de acuerdo a las cuotas establecidas de la Manifestación de Impacto Ambiental
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
9
Estudio de Riesgos
Original y 1 copia
Descripción: Se deberá presentar cuando se trate de actividades altamente riesgosas
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 75 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
10
Documento legal por el cual se acredite la posesión o el derecho para realizar las actividades de cambio de uso de suelo en terrenos forestales
Original y 1 copia
Descripción: Es el documento legal con el cual se acredita la posesión del predio.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 30 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
11
Estudio Técnico
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 97
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Es el documento técnico con el que se demuestra fehacientemente que se a recuperado la vegetación en un terreno que se haya incendiado y que haya pasado más de 20 años.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 30 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 Llena el formato que corresponda al trámite y ten listos los requisitos que en él se indican, incluyendo el pago de derechos (en el caso que corresponda). ,
2 Acude a ingresar el trámite a la oficina correspondiente. Se sugiere ingresar el(los) trámite(s) en el Espacio de Contacto Ciudadano ECC de la Delegación Federal de la SEMARNAT en la Entidad Federativa que corresponda o en el ECC de la SEMARNAT ubicado en la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos en caso de que corresponda a la Ciudad de México. Dar seguimiento en el siguiente link: ,https://www.semarnat.gob.mx/gobmx/transparencia/mapa.html,En caso de que seas particular debes ingresar la solicitud junto con sus anexos en original y copia simple al Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de la Delegación Federal de la SEMARNAT según corresponda (Artículo 40 del Reglamento Interior de la SEMARNAT) . En caso de que sea una Dependencia de la Administración Pública Federal Estatal o Municipal se debe ingresar la solicitud junto con sus anexos en original y copia simple al ECC de la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos de la SEMARNAT(Artículo 33 del Reglamento Interior de la SEMARNAT),El horario de atención en el Espacio de Contacto Ciudadano de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para los trámites competencia de la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos es de lunes a viernes de 9:30 a 15:00 horas. De conformidad con lo dispuesto en el Aviso por el que se informa al público en general el horario de atención en el Espacio de Contacto Ciudadano de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de noviembre de 2016.
3 En caso de la solicitud sea del sector de Hidrocarburos, esta se deberá presentar a la ASEA.
4 Considerando que el registro del trámite es mayor a 30 minutos, le sugerimos acudir lo más temprano posible para poder ofrecerle un mejor servicio. En caso de que requiera presentar más de un trámite, le sugerimos acudir lo más temprano posible.
Costo
Monto calculado
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Metodología utilizada para cálculo del monto: Se debe calcular el pago de derechos de conformidad con las Tablas A y B contenidas en el artículo 194 H de la Ley Federal de Derechos vigente, en relación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y sus anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023. Liga: http://dsiappsdev.semarnat.gob.mx/formatos/derechos/Derechos-Criterios-Ambientales.pdf
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194
Fracción: II
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra: H
Otro: Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1981. Texto vigente última reforma publicada DOF 13-11-2023.
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024, Anexo 19.
Artículo: 194
Fracción: III
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra: H
Otro: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024 y sus anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, mismos que entran en vigor el 01 de enero de 2024.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194
Fracción: III
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra: H
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024, Anexo 19.
Artículo: 194
Fracción: II
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra: H
Otro: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024 y sus anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, mismos que entran en vigor el 01 de enero de 2024.
¿En dónde puedo realizar el pago? En el banco , http://dsiappsdev.semarnat.gob.mx/formatos/derechos/Derechos-Criterios-Ambientales.pdf
Descripción del medio de pago: 400098
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 120 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: El personal del ECC registra en el Sistema Nacional de Trámites la solicitud del trámite unificado de cambio de uso de suelo forestal modalidad A y te entrega el acuse de recepción de tu solicitud. En caso de que la autoridad requiera información faltante y/o información adicional será solicitada a través de oficio que deberás recoger en el ECC de la Oficina de Representación o de la Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico según corresponda. La información faltante y/o información adicional, la debes presentar a través del ECC de la Oficina de Representación o de la Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico según corresponda.En caso de que se solicite consulta pública, la autoridad solicitará envíes una copia del expediente a la Oficina de Representación según corresponda a través de oficio que se deberá recoger en el ECC de la Oficina de Representación o de la Dirección General de Gestión Forestal, Suelos Ordenamiento Ecológico, según te corresponda. En caso de que se solicite reunión pública sólo se notificará que se llevará a cabo ésta a través de oficio que se deberá recoger en el ECC de la Oficina de Representación o de la Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico según corresponda. Se notificará de la realización de una visita técnica de campo al o los predio(s) sujetos a cambio de uso de suelo en terrenos forestales. Una vez evaluado el proyecto en caso de que no sea viable se notificará que ya se emitió el resolutivo el cual deberás recoger en el ECC de Oficina de Representación o de la Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico según te corresponda. Una vez evaluado el proyecto y en caso de que sea viable te será solicitado el depósito al FFM por concepto de compensación ambiental a través de oficio que deberás recoger en el ECC de la Oficina de Representación o de la Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico según corresponda. Se deberá presentar en el ECC correspondiente mediante oficio la notificación de que ya se realizó dicho depósito adjuntando la ficha de depósito y el recibo fiscal de la CONAFOR. Una vez que se notifique que ya se emitió autorización se deberá recoger en el ECC de la Oficina de Representación o de la Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico según corresponda.
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 10 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 60 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 35
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 46
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Se debe revisar a detalle los documentos presentados, tales como la documentación legal la cual debe acreditar la posesión o el derecho para realizar el CUSTF, así mismo deberá demostrar mediante el Documento o técnico Unificado (DTU) que el cambio de uso de suelo es viable técnicamente cumpliendo con los supuestos normativos establecidos en la Ley. Debe atender y dar cumplimiento a los POETS, Programas de Manejo de las ANP´s, AICAS, entre otros ordenamientos jurídicos. Asimismo se debe obtener la opinión de diversas instancias para tomarlas en consideración en la resolución del trámite y realizar una visita técnica al o los predios por afectar para verificar la información del DTU.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando se pretenda obtener en un sólo procedimiento administrativo el trámite relativo a la Autorización en materia de impacto ambiental y forestal para las obras o actividades descritas sólo en la fracción VII del artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Cuando las actividades objeto del trámite correspondan al sector hidrocarburos, este deberá presentarse ante la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA).
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza
Subsector: Agricultura
Construcción
Subsector: Edificación
Generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, suministro de agua y de gas natural por ductos al consumidor final
Subsector: Generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, suministro de agua y de gas natural por ductos al consumidor final
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Proceso de apertura
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Ricardo Ríos Rodríguez
Cargo: Director General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 484-3500
Ext: 15508
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Avenida Progreso, Exterior 3_________, Del Carmen, Coyoacán, CP 04100, Teléfono (555) 484-3505, Extensión 15505___, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Fundamento Jurídico
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194
Fracción: II
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra: H
Otro: Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1981. Texto vigente última reforma publicada DOF 13-11-2023.
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024, Anexo 19.
Artículo: 194
Fracción: III
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra: H
Otro: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024 y sus anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, mismos que entran en vigor el 01 de enero de 2024.
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 143
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 5,
Fracción:
Inciso: O
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 109 BIS 1
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 28
Fracción: VII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 93
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194
Fracción: III
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra: H
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 143
Fracción: IV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra: A
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 35
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 69
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra: C
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 21
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 22
Fracción:
Inciso:
Párrafo: segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 46
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 35 BIS
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Resolución
Nombre: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024, Anexo 19.
Artículo: 194
Fracción: II
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra: H
Otro: RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024 y sus anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, mismos que entran en vigor el 01 de enero de 2024.
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite: Auditorias
Descripción: Verificar la información del Docuemnto Técnico Unificado en campo
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 70
Número de solicitudes rechazadas: 53
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Es indispensable verificar que la biodiversidad de los ecosistemas que se verán afectados se mantenga, y que la erosión de los suelos, la capacidad de almacenamiento de carbono, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación se mitiguen en las áreas afectadas por la remoción de la vegetación forestal en el DTU. Para el caso que se solicite una autorización de cambio de uso de suelo forestal Modalidad A en terrenos incendiados, talados o desmontados es necesario que hayan pasado 20 años y que se acredite que la vegetación forestal afectada se ha regenerado. Es indispensable considerar durante la evaluación los posibles efectos de las actividades a desarrollarse en el o los ecosistemas de que se trate, tomando en cuenta el conjunto de elementos que los conforman, y no únicamente los recursos que fuesen objeto de aprovechamiento o afectación. Es necesario considerar la utilización de los recursos naturales en forma de que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos, por períodos indefinidos. Es necesario que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, considere las medidas preventivas, de mitigación y las demás que sean propuestas de manera voluntaria por el solicitante, para evitar o reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente . Es obligatorio que el solicitante deposite durante el plazo que se le indique ante el Fondo Forestal Mexicano (FFM) el monto establecido por la Secretaría para compensación ambiental por el cambio de uso de suelo forestal a realizar. Es obligatorio que el solicitante acredite fehacientemente la propiedad, la posesión o el derecho de los terrenos donde se ubica la superficie solicitada para la realización de actividades que impliquen el cambio de uso de suelo en terrenos forestales. De la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos: Art. 5º la Agencia tendrá las siguientes atribuciones Fracción XVIII Expedir suspender revocar o negar licencias autorizaciones permisos y registros en materia ambiental a que se refiere el artículo 7º de esta Ley en los términos de las disposiciones normativas aplicables. Art. 7º Los actos administrativos a que se refiere la fracción XVIII del artículo 5º será la siguiente fracciones VII 6 Artículo Primero Transitorio. Del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos: Artículo Primero Transitorio.
Última modificación del trámite o servicio: 12 enero 2024
Autoridad pública responsable

Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico

Avenida Progreso 3 Del Carmen Coyoacán C.P.04100

Lunes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.

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