Recepción, evaluación y resolución de la Manifestación de Impacto Ambiental en su modalidad Regional

Modalidad: Incluye actividad altamente riesgosa

Homoclave: SEMARNAT-04-003-B Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Unidad administrativa: Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental
Nivel de gobierno:
La Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) regional es un documento con base en estudios técnicos con el que las personas (físicas o morales) que desean realizar alguna obra o actividad, analizan y describen las condiciones ambientales anteriores a la realización del proyecto con la finalidad de evaluar los impactos potenciales que la construcción y operación de dichas obras o la realización de las actividades podría causar al ambiente y definir y proponer las medidas necesarias para prevenir, mitigar o compensar esas alteraciones para proyectos que incluyen actividades altamente riesgosas.
Requisitos
1
Documento técnico impreso
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 17
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Este requisito es necesario cuando se presenta el trámite presencial. Documento técnico impreso deberá contener la manifestación de impacto ambiental, en su modalidad regional, deberá contener la información del Artículo 13 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental: I. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del estudio de impacto ambiental; II. Descripción de las obras o actividades y, en su caso, de los programas o planes parciales de desarrollo; III. Vinculación con los instrumentos de planeación y ordenamientos jurídicos aplicables; IV. Descripción del sistema ambiental regional y señalamiento de tendencias del desarrollo y deterioro de la región; V. Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales, acumulativos y residuales, del sistema ambiental regional; VI. Estrategias para la prevención y mitigación de impactos ambientales, acumulativos y residuales, del sistema ambiental regional; VII. Pronósticos ambientales regionales y, en su caso, evaluación de alternativas, y VIII. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan los resultados de la manifestación de impacto ambiental.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 70 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Documento técnico medio electronico
Original y 1 copia
Descripción: Este requisito se entrega junto con documento técnico en formato impreso. Documento técnico en medio magnético conteniendo la manifestación de impacto ambiental, modalidad regional (el cual deberá contener el resumen ejecutivo, la manifestación de impacto ambiental y sus anexos, dichos medios magnéticos deberán contener la misma información que el impreso. Uno de los discos deberá señalarse para consulta al público). Debe contener la información del Artículo 13 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental: I. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del estudio de impacto ambiental; II. Descripción de las obras o actividades y, en su caso, de los programas o planes parciales de desarrollo; III. Vinculación con los instrumentos de planeación y ordenamientos jurídicos aplicables; IV. Descripción del sistema ambiental regional y señalamiento de tendencias del desarrollo y deterioro de la región; V. Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales, acumulativos y residuales, del sistema ambiental regional; VI. Estrategias para la prevención y mitigación de impactos ambientales, acumulativos y residuales, del sistema ambiental regional; VII. Pronósticos ambientales regionales y, en su caso, evaluación de alternativas, y VIII. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan los resultados de la manifestación de impacto ambiental. En caso de presentar el trámite mediante el Sistema para el Ingreso, Evaluación y Resolución de Manifestaciones de Impacto Ambiental y trámites derivados en forma electrónica (MIA-E) este requisito se entrega de forma electrónica, lo anterior conforme al Acuerdo por el que se establece el Sistema para el Ingreso, Evaluación y Resolución de Manifestaciones de Impacto Ambiental y Trámites derivados en forma electrónica (MIA-E) y se definen los trámites que podrán realizarse a través de dicho sistema, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de febrero de 2017.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Resumen ejecutivo
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 17
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Síntesis de la manifestación de impacto ambiental, destacando la ubicación, principales obras y actividades, así como los principales efectos al ambiente y sus medidas de mitigación.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 5 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
4
Estudio de riesgo ambiental impreso
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Último
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: El estudio de riesgo impreso, consistirá en incorporar a la manifestación de impacto ambiental la siguiente información: I. Escenarios y medidas preventivas resultantes del análisis de los riesgos ambientales relacionados con el proyecto; II. Descripción de las zonas de protección en torno a las instalaciones, en su caso, y III. Señalamiento de las medidas de seguridad en materia ambiental. Una copia con la leyenda para consulta al público. Puede incluirse en los mismos medios electrónicos que la manifestación de impacto ambiental.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 30 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
5
Estudio de riesgo ambiental electrónico
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 19
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: El estudio de riesgo medio electrónico, consistirá en incorporar a la manifestación de impacto ambiental la siguiente información: I. Escenarios y medidas preventivas resultantes del análisis de los riesgos ambientales relacionados con el proyecto; II. Descripción de las zonas de protección en torno a las instalaciones, en su caso, y III. Señalamiento de las medidas de seguridad en materia ambiental. Una copia con la leyenda para consulta al público. Puede incluirse en los mismos medios electrónicos que la manifestación de impacto ambiental. Una copia con la leyenda para consulta al público. Se sugiere que se incluya en el mismo medio electrónico que la manifestación de impacto ambiental.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
6
Acta constitutiva
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Este requisito únicamente se presentará cuando el interesado sea una persona moral. Este documento es como el acta de nacimiento de una empresa, define el nombre de la sociedad, el objeto de la misma, domicilio y su duración. Participación accionaria, quienes serán los administradores y en su caso los apoderados. Acta Constitutiva para el caso de personas morales. Original o copia certificada y copia simple para cotejo.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 30 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria: Certificación
Nombre de la empresa o persona que lo emite: Notario Público
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
7
Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Este requisito deberán de presentarlo tanto las personas físicas como las personas morales. Documento con fotografía emitido por alguna dependencia gubernamental. Es la identificación para personas físicas que presentan el trámite. Original o copia certificada y copia simple para cotejo, en el caso de personas físicas y representantes legales.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 30 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria: Otro
Nombre de la empresa o persona que lo emite: Otro
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
8
Poder notarial
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Este requisito se presentará cuando el apoderado o representante legal no se encuentre en el Acta constitutiva. Este requisito se presentará cuando el apoderado o representante legal no se encuentre en el Acta constitutiva. Un poder notarial es la autorización bajo la cual una persona física o jurídica designa a otra como representante legal. Según el tipo de poder, este representante podrá obrar en determinados actos jurídicos o administrativos. Poder notarial para el caso de personas morales. Original o copia certificada y copia simple para cotejo.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 15 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria: Certificación
Nombre de la empresa o persona que lo emite: Prestador de servicios privado
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
9
Comprobante de Pago del trámite
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 17
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Este requisito es de carácter obligatorio para poder llevar a cabo el trámite. Comprobante bancario del pago o transferencia del pago por la recepción, evaluación y el otorgamiento de la resolución de la manifestación de impacto ambiental, en su modalidad regional, de acuerdo con los criterios ambientales de la tabla A y la clasificación de la tabla B.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria: Autorización
Nombre de la empresa o persona que lo emite: Otro
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
10
Tablas A y B mediante las cuales realizó el cálculo del monto pagado
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-H
Fracción: III
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Las tablas A y B de criterios ambientales
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
11
Declaración bajo protesta de decir verdad de quien(es) elaboraron la manifestación de impacto ambiental
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 36
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Completo
Descripción: Es la declaración bajo protesta de decir verdad, que los resultados se obtuvieron a través de la aplicación de las mejores técnicas y metodologías comúnmente utilizadas por la comunidad científica del país y del uso de la mayor información disponible, y que las medidas de prevención y mitigación sugeridas son las más efectivas para atenuar los impactos ambientales.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
12
e5cinco y hoja de ayuda (opcionales)
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-H
Fracción: VIII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Este requisito es opcional. e5cinco y hoja de ayuda, son los documentos para que el usuario pague el trámite o servicio a requerir, ante la ventanilla bancaria o banca electrónica, esta se genera desde la página de internet del SAT.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria:
Nombre de la empresa o persona que lo emite:
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
13
Formato FF- SEMARNAT-120. Recepción, evaluación y resolución de la Manifestación de Impacto Ambiental en su modalidad regional. Incluye actividad altamente riesgosa.
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa y se expiden los formatos de los trámites que se indican, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en materia de impacto ambiental.
Artículo: I.II,III, IV
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Formato descargable en PDF editable.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
14
Carta poder del representante legal
1 copia
Descripción: De ser el caso, la representación de las personas físicas deberá acreditarse mediante carta poder firmada ante dos testigos (Original y Copia para cotejo).
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
Federal
Acuerdo
Nombre: ACUERDO por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa y se expiden los formatos de los trámites que se indican, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en materia de impacto ambiental.
I.II,III, IV
TRANSITORIOS I,II, III
Pasos
1 Revisa los requisitos del trámite, Realiza tu solicitud y el pago correspondiente (incluidos en los requisitos), Acude a la oficina correspondiente (Ciudad de México o delegaciones federales en los estados), Da seguimiento al trámite con el número de tu bitácora en http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/transparencia/constramite.html, Espera el aviso correspondiente para la notificación de tu resolución. Contacto Ciudadano (ECC) distribuidos en las 31 Delegaciones Federales de la SEMARNAT en los estados o en su caso en el ECC de la Ciudad de México con un horario de atención de 9:30 a 15:00 horas. En caso de que requieras presentar más de un trámite, te sugerimos acudir lo más temprano posible para poder ofrecerte un mejor servicio. Asimismo, se hace del conocimiento a los ciudadanos interesados en acudir, previa cita, al Espacio de Contacto Ciudadano ubicado en Av. Ejército Nacional número 223, Colonia Anáhuac, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal 11320, en la Ciudad de México (entrada por Lago Xochimilco), que a partir del 16 de julio del año 2021, podrán utilizar el Servicio de citas para trámites de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, disponible en la dirección electrónica https://citas.semarnat.gob.mx/ Lo anterior permanecerá habilitado con independencia del semáforo epidemiológico que señale el Gobierno de la Ciudad de México y con el objetivo de evitar concentraciones de personas, privilegiando con ello la salud y la vida, de los servidores públicos y del público usuario de los trámites y servicios de esta Dependencia del Ejecutivo Federal. Cabe precisar que, una vez que los ciudadanos acudan a su cita presencial, se observarán en todo momento las disposiciones normativas aplicables en materia de higiene y seguridad sanitaria para la mitigación de la propagación del coronavirus citado, y prevenir con ello la enfermedad COVID-19 en espacios públicos cerrados. Nota: Si quieres solicitar que se te notifique por medios electrónicos respecto a este trámite, puedes decargar el formato en el siguiente link: https://dsiappsdev.semarnat.gob.mx/formatos/DGIRA/Formato_Notificaciones_DGIRA.pdf . Para el formato Formato FF-SEMARNAT-120 (publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 02 de febrero de 2022 debidamente requisitado. Original, en caso de requerir acuse, debes presentar una copia para ello. https://dsiappsdev.semarnat.gob.mx/formatos/DGIRA/FF-SEMARNAT-120-SEMARNAT-04-003-B.pdf
Web
1 Ingresar a SINATEC. Si no está registrado, hacer clic en nuevo usuario (Registrar el RFC del promovente, Capturar datos del representante legal, en su caso, Registrar contraseña, Validar el registro a partir del correo electrónico que manda el sistema). Con los datos registrados en el paso anterior, ingresar a SINATEC. Ir al menú “Alta de trámites”. Dar de alta un trámite. Capturar la información del trámite (capítulos 1 a 8 y anexos). Adjuntar la documentación necesaria. Firmar el trámite con el e.firma (firma electrónica). Descargar la Constancia de recepción.
Liga iniciar el trámite en linea: Liga para iniciar el trámite en línea
Descripción Requerido
Se puede realizar el trámite en línea sin acudir a oficinas gubernamentales
Se puede cargar o subir documentos en línea
Se notifica al interesado sobre el estatus del trámite
Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos
La resolución o respuesta de la dependencia del trámite es en línea
Se utiliza firma electrónica avanzada para realizar el trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre la información faltante del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el plazo de prevención del trámite
Se notifica al interesado en línea, sobre el vencimiento del plazo de respuesta del trámite
El trámite es de resolución inmediata No
App
1 Ingresar al sitio de SINATEC. Registrar un nuevo usuario, en su caso. Iniciar sesión en SINATEC, Registrar un nuevo trámite, Capturar el trámite. Adjuntar la documentación necesaria. Firmar el trámite con e.firma (firma electrónica).
Liga para descargar o utilizar la aplicación: Android | iOS
Costo
Monto calculado
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Metodología utilizada para cálculo del monto: Tres montos, se indican: De acuerdo con los criterios ambientales de la TABLA A y su corresponsabilidad en la TABLA B a). $58,301.73 b). $116,601.35 c). $ 174,900.95, los cuales son correctos de acuerdo a su fundamento legal ( Ley Federal de Derechos 194-H, III a), b) y c)), con excepción del inciso b). En el siguiente link https://dsiappsdev.semarnat.gob.mx/formatos/derechos/Derechos-Criterios-Ambientales.pdf, se muestran las tablas A y B, con el cual se obtienen los criterios ambientales para el cálculo del pago de dicho trámite.
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-H
Fracción: III
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y ANEXO 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 2023
¿En dónde puedo realizar el pago? En el banco , en línea, http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/pagosat5.html
Descripción del medio de pago: Dependencia 08 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales DPA: 084000984
Dependencia 08 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales DPA: 084000984
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 60 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: La atención y resolución del trámite se realiza en apego al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y al procedimiento administrativo correspondiente.
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 10 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 15 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 35 BIS
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 35 BIS
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Se consideran durante la evaluación los posibles efectos de las actividades a desarrollarse en el o los ecosistemas de que se trate, tomando en cuenta el conjunto de elementos que los conforman, y no únicamente los recursos que fuesen objeto de aprovechamiento o afectación (Artículo 44 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al ambiente en materia de Evaluación de Impacto Ambiental). Se considera durante la evaluación que la utilización de los recursos naturales en forma de que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos, por periodos indefinidos (Artículo 44 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación de Impacto Ambiental). En su caso, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales podrá considerar las medidas preventivas, de mitigación y las demás que sean propuestas de manera voluntaria por el solicitante, para evitar o reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente (Artículo 44 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación de Impacto Ambiental).
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando las personas físicas o morales, pretendan realizar obras y/o actividades en: I. Parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de 500 hectáreas, carreteras y vías férreas, proyectos de generación de energía nuclear, presas y, en general, proyectos que alteren las cuencas hidrológicas; II. Un conjunto de obras o actividades que se encuentren incluidas en un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que sea sometido a consideración de la Secretaría en los términos previstos por el artículo 22 del Reglamento en Materia de Evaluación de Impacto Ambiental; III. Un conjunto de proyectos de obras y actividades que pretendan realizarse en una región ecológica determinada, y IV. Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que por su interacción con los diferentes componentes ambientales regionales, se prevean impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas, excepto cuando las actividades objeto del trámite correspondan al sector hidrocarburos, éste deberá presentarse ante la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA). O cuando las Autoridades de Estados, Municipios o del Ciudad de México, pretendan realizar obras y/o actividades en: I. Parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de 500 hectáreas, carreteras y vías férreas, proyectos de generación de energía nuclear, presas y, en general, proyectos que alteren las cuencas hidrológicas; II. Un conjunto de obras o actividades que se encuentren incluidas en un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que sea sometido a consideración de la Secretaría en los términos previstos por el artículo 22 del Reglamento en Materia de Evaluación de Impacto Ambiental; III. Un conjunto de 2 proyectos de obras y actividades que pretendan realizarse en una región ecológica determinada, y IV. Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que, por su interacción con los diferentes componentes ambientales regionales, se prevean impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas. En el caso de que un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico del territorio incluyan obras o actividades de las señaladas en el artículo 28 de la LGEEPA, excepto cuando las actividades objeto del trámite correspondan al sector hidrocarburos, éste deberá presentarse ante la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA). Las autoridades competentes de los Estados, el Ciudad de México o los Municipios, deberán presentar dichos planes o programas a la Secretaría, con el propósito de que ésta emita la autorización que en materia de impacto ambiental corresponda, respecto del conjunto de obras o actividades que se prevean realizar en un área determinada, en los términos previstos en el artículo 32 de la LGEEPA. Y además involucre Actividades Altamente Riesgosas enlistadas en los Acuerdos en que se expiden el Primer Listado (Diario Oficial de la Federación del 28 de marzo de 1990) y el Segundo Listado (Diario Oficial de la Federación del 4 mayo 1992).
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Proceso de apertura
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- JUAN MANUEL TORRES BURGOS
Cargo: Director General de Impacto y Riesgo Ambiental
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 624-3383
Ext: 23337
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 28 y 30
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 55
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 42
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Priemro
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 44
Fracción: I, II y III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 69-C
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-H
Fracción: III
Inciso: a), b) y c)
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y ANEXO 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 2023
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 35 BIS
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17-A
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 21
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 35 BIS
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 10
Número de solicitudes rechazadas: 2
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Las Delegaciones Federales de la SEMARNAT no tienen competencia para resolver este trámite de conformidad con lo señalado en el artículo 40 fracción IX inciso c) del Reglamento Interior de la SEMARNAT DOF 26-12-2012 por lo que únicamente puede resolverse en la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental. La Secretaría podrá solicitar aclaraciones rectificaciones o ampliaciones al contenido de la manifestación de impacto ambiental que le sea presentada suspendiéndose el término que restare para concluir el procedimiento, art. 22 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental. En ningún caso la suspensión podrá exceder el plazo de sesenta días contados a partir de que ésta sea declarada por la Secretaría y siempre y cuando le sea entregada la información requerida. Para el caso del trámite en línea, se debe capturar toda la información señalada en el formato web. Para el trámite en físico, si el promovente lo desea para la elaboración de la manifestación de impacto ambiental puede apoyarse en la guía correspondiente la cual se encuentra disponible en el Portal de la SEMARNAT en: http://www.gob.mx/semarnat/documentos/tramite-semarnat04-003-b De la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos: Art. 5º la Agencia tendrá las siguientes atribuciones Fracción 18 Expedir suspender revocar o negar licencias autorizaciones permisos y registros en materia ambiental a que se refiere el artículo 7º de esta Ley en los términos de las disposiciones normativas aplicables. Art. 7º Los actos administrativos a que se refiere la fracción XVIII del artículo 5º serán las siguientes fracciones I a VIII Artículo Primero Transitorio. Del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos: Artículo Primero Transitorio. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental Artículo 2º. El promoverte deberá publicar a su costa el extracto del proyecto en uno de los diarios de mayor circulación dentro de los 5 días hábiles posteriores al ingreso del trámite. Se recomienda revisar todos los requisitos de ingreso del trámite a fin de no tener que ser prevenido. Los documentos deben ser completos, legibles, sin tachaduras y sin enmendaduras. Los documentos legales deben presentarse en original o en copia certificada, acompañados de copia simple completa y legible, para cotejo, en el caso de que requiera la devolución de su original o copia certificada, una vez que se haya cotejado el documento. La prestación del servicio para la realización del trámite, se lleva a cabo sin discriminación de: género, edad, personas con discapacidad, etnia, religión, cultura o preferencia sexual. El monto a pagar por la recepción, evaluación y el otorgamiento de la resolución de la manifestación del impacto ambiental, en su modalidad regional, de acuerdo con los criterios ambientales de la TABLA A y la clasificación de la TABLA B: MONTO SIN REDONDEO MONTO CON REDONDEO a). $48,289.47 a). $48,289 b). $96,577.19 b). $96,577 c). $144,864.90 c). $144,865 TABLA A, CRITERIOS AMBIENTALES 1 ¿Se trata de obras o actividades en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación? RESPUESTA VALOR No 1 Si 3 2 ¿Para el desarrollo del proyecto se requiere la autorización de impacto ambiental por el cambio de uso del suelo de áreas forestales, en selvas o zonas áridas? RESPUESTA VALOR No 1 Sí 3 3 ¿El proyecto implica el uso o manejo de al menos una sustancia considerada dentro de las actividades consideradas altamente riesgosas? RESPUESTA VALOR No 1 Sí 3 Para determinar la cuota que le corresponde pagar, se debe calificar cada uno de los criterios anteriores y su clasificación será de acuerdo a la suma de los valores obtenidos en la TABLA A y deberá buscar el grado de acuerdo al rango en la TABLA B TABLA B Indica la cuota a pagar de acuerdo al inciso correspondiente a la fracción III del artículo 194-H de la Ley Federal de Derechos de acuerdo a rango obtenido Grado Mínimo Pagará de acuerdo al Inciso a) si obtuvo un valor de 3 de la evaluación de criterios de la TABLA A Grado Medio Pagará de acuerdo al Inciso b) si obtuvo de 5 a 7 de la evaluación de criterios de la TABLA A Grado Alto Pagará de acuerdo al Inciso c) si obtuvo 9 de la evaluación de criterios de la TABLA A
Última modificación del trámite o servicio: 12 enero 2024
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