Registro de planes de manejo

Homoclave: SEMARNAT-07-024 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Registro
Dependencia: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Unidad administrativa: Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas
Nivel de gobierno:
Este trámite te permite registrar el plan de manejo de grandes generadores de residuos peligrosos; de productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos; con aprobación de condiciones particulares de manejo y de los residuos de la industria minera-metalúrgica, así como poder adherirse a planes de manejo previamente registrados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, SEMARNAT.
Requisitos
1
Archivo electrónico en formato digital que incluya la versión de consulta píblica
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 24
Fracción: II
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Fecha de entrada en vigor del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos: 30 de diciembre de 2006
Descripción: Contiene la información completa en formato electrónico de las documentales del representante legal, el plan de manejo y los instrumentos celebrados para su implementación, así como la versión de consulta pública en medios de difusión de la Secretaría.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Poder notarial
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 24
Fracción: II
Inciso: a
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Fecha de entrada en vigor del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos: 30 de diciembre de 2006
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Ultima reforma publicada en el DOF: 18 de mayo de 2018
Descripción: Es el documento público con el cual se acredita el representante legal respecto a la razón social que solicita el trámite.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria: Certificación
Nombre de la empresa o persona que lo emite: Notario Público
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Escrito Libre (de solicitud o petición)
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 24
Fracción: II
Inciso: b
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: En el caso de Registro de Planes de Manejo de residuos mineros, debe observarse los elementos y procedimientos establecidos en la NOM-157-SEMARNAT-2009
Descripción: Documento que contiene la información del Plan de Manejo a registrar.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
4
Instrumentos celebrados para la implementación del Plan de Manejo
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 24
Fracción: II
Inciso: c
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Fecha de entrada en vigor del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos: 30 de diciembre de 2006
Descripción: Instrumentos que estimen necesarios en donde se indiquen las actividades, periodos y responsables de la gestión integral de los residuos, como pueden ser contratos, convenios, manifiestos o autorizaciones de prestadores de servicios o instrumentos jurídicos que acrediten la transferencia de la propiedad cuándo los residuos sean aprovechados por un tercero que no es prestador de servicios autorizado para su aprovechamiento en un proceso productivo.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
5
Instrumentos entre particulares que acrediten la adhesión a un plan de manejo registrado ante la Secretaría.
1 copia certificada
Descripción: Se deben presentar las cartas de solicitud y aceptación entre el titular del registro y el interesado a adherirse a través de sus representantes legales acreditados que expresen el comun acuerdo de adhesión y en el caso de registro de productos que al desechrse se convierten en residuos peligrosos, debe incluir además el acuerdo de voluntades que establece las responsabilidades para cada una de las partes, indicando su Identificación (nombre o razón social), figura, domicilio y NRA.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria: Otro
Nombre de la empresa o persona que lo emite: Notario Público
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
6
Escrito mediante el cual el sujeto obligado acepta la incorporación
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos
Artículo: 26
Fracción: II
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Fecha de entrada en vigor del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos: 30 de diciembre de 2006
Descripción: Escrito mediante el cual el sujeto obligado, por sí o a través del representante legal que cuente con facultades para ello, acepte expresamente la incorporación del interesado al Plan de Manejo. Es necesario que en este escrito se especifique el número de registro del plan de manejo.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
7
Comprobante de pago de derechos productos o aprovechamientos
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-T-5
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y su anexo 19, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2022, misma que entró en vigor el 1 de enero de 2023
Descripción: Pago de derechos
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
8
Caracterización del residuo
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Norma Oficial Mexicana
Artículo: No aplica
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: 5.4.2
Letra: No aplica
Otro: Fecha de entrada en vigor de la NOM-157-SEMARNAT-2009: 29 de septiembre de 2011
Descripción: Documento que contiene los análisis realizados por un laboratorio acreditado por la EMA, los cuales deben incluir cadena de custodia y croquis de ubicación de los puntos de muestreo de los residuos mineros
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
Federal
Acuerdo
Primero
XXX
No aplica
No aplica
No aplica
No aplica
Transitorio primero: Fecha de entrada en vigor 08/09/2015
Pasos
1 Revisa los requisitos del trámite.
2 Llena el formato FF - SEMARNAT – 034 y ten listos los requisitos que en él se indican, incluyendo el pago de derechos
3 Acude a ingresarlo a la oficina de Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de la SEMARNAT en la Ciudad de México o ECC de las Delegaciones Federales de la SEMARNAT en los Estados. Se sugiere sea en el ECC de la SEMARNAT en la Ciudad de México por ser la responsable del trámite. Sin embargo, a través de los ECC de las Delegaciones Federales de la SEMARNAT en los Estados se puede ingresar el trámite para que a través de éstos se remita a Oficinas Centrales, para su atención.
4 Da seguimiento en el siguiente link http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/transparencia/constramite.html y en caso de que al ingreso de tu trámite hayas solicitado notificarte en Oficinas Centrales o en Delegación, cuando indique “Recepción de resolutivo en el ECC para su entrega” acude a notificarte al Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) donde haya sido emitida la resolución para el caso del ECC de la SEMARNAT de la Ciudad de México en horario de atención de 9:30 a 15:00 horas.” En caso de que requiera presentar más de un trámite, le sugerimos acudir lo más temprano posible para poder ofrecerle un mejor servicio.
Costo
$ 954.28
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-T-5
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y su anexo 19, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 2023, misma que entró en vigor el 1 de enero de 2024
¿En dónde puedo realizar el pago? En el banco
Descripción del medio de pago: se otorga mediante la hoja de ayuda e5cinco
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 45 Días hábiles
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: 1. El promovente ingresa la solicitud en el Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de los diferentes Estados de la República y en el la Ciudad de México. 2. Al ser un trámite concentrado, se remiten las solicitudes ingresadas en los diferentes Estados a Oficinas centrales en la Ciudad de México. 3. El ECC envía las solicitudes a la subdirección correspondiente (SEPRBI), quien las asigna al área correspondiente (Jefatura de Evaluación de la Peligrosidad). 4. El área de Evaluación de la Peligrosidad realiza la evaluación con base en la normatividad y legislación vigente en la materia. 5. Si cumple con los requisitos se genera oficio Resolutivo, en caso contrario se genera oficio de información faltante. 6. Se pasa a revisión del Subdirector de la SEPRBI y aprueba con su rúbrica, en caso contrario lo devuelve al área para modificaciones. 7. Una vez rubricado el oficio por el Subdirector de la SEPRBI, se elabora la atenta nota en el SADGGIMAR y se turna en SINAT al Director de Área para su revisión final. En el caso de que no haya observaciones se pasa al Departamento de Documentación en trámite para firma y aprobación del Director General; de lo contrario se devuelve al área de Evaluación de la Peligrosidad para su corrección. 8. Una vez firmado por el Director General, se envía oficio a ECC, para notificar y entregar al promovente. 9. En caso de que el oficio haya sido de información faltante, el promovente ingresará la respuesta a lo solicitado, lo cual seguirá los pasos 1 a 4, solo en caso de no cumplir con los requisitos o existiera duda sobre el contenido de la información ingresada, se elaborará oficio de información adicional otorgando 5 días al promovente para desahogar los requerimientos, en caso contrario se elaborará oficio Resolutivo y se seguirá con los puntos 6 a 8. 10. En caso de que el oficio haya sido de información adicional, el promovente ingresará su respuesta, lo cual seguirá los pasos 1 a 4; si no cumplió con lo requerido, se negará el registro dejando a salvo sus derechos para que ingrese nuevamente su solicitud, y se seguirá con los puntos 6 a 8. 11. En los casos de que el oficio haya sido Resolutivo, se da por concluido el trámite.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 15 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 15 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 25
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: No aplica
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Grandes generdores: Cuando derivado de las actividades industriales generen una cantidad igual o mayor a 10 toneladas anuales de residuos peligrosos. De productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos: Cuando sus actividades industriales o comerciales incluyan la producción, importación, exportación y/o distribución de los productos listados en el art. 31 de la LGPGIR. De residuos de la industria minero metalúrgica: Cuando se realicen procesos de exploración, extracción y/o beneficio de minerales (Mineros, conforme a la NOM-157-SEMARNAT-2009) y cuando los procesos productivos incluyen procesos metalúrgicos listados en el art. 32 del Reglamento de la LGPGIR, debiendo incluir los residuos peligrosos o no que provienen de dichos procesos. Con aprobación de Condición Particular de Manejo: Cuando el generador realice algúna actividad de manejo que no genere emisiones a la atmosféra por fuentes fijas que requiere autorización como puede ser transporte, acopio y tratamiento a sus propios residuos. Adhesión a un Plan de manejo previamente registrado: Cuando haya similitudes en cuanto a los residuos generados y existan compromisos de cumplir con lo establecido en el registro, respecto al manejo, mediante acuerdos mutuos entre el titular del Plan de manejo registrado y la razón social que se incorporará (para el caso de grandes generadores) y, cuando se pretende cumplir con el principio de responsabilidad compartida al ser productor, importador o distribuidor de productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos, pero no se cuenta con la infraestructura para la implementación de un propio y existan compromisos de cumplir con lo establecido en el registro, especificando su participación respecto al manejo, mediante acuerdos mutuos entre el titular del Plan de manejo registrado y la razón social que se incorporará (para el caso de registros de productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos).
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Arturo Gavilán García
Cargo: Director General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 490-0900
Ext: 23603
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Ejercito Nacional, Interior 15________, Exterior 223_______, Anáhuac I Sección, Miguel Hidalgo, CP 11320, Teléfono (555) 490-0900, Extensión 23603___, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Fundamento Jurídico
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-T-5
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y su anexo 19, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 2023, misma que entró en vigor el 1 de enero de 2024
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: No aplica
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17, 33, 46
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Fecha de entrada en vigor de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos: 06 de enero 2004
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 24
Fracción: I y II
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Fecha de entrada en vigor del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos: 30 de diciembre de 2006
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 69-C
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: No aplica
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 101
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Fecha de entrada en vigor de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos: 06 de enero de 2004
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 25
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Fecha de entrada en vigor del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos: 30 de diciembre de 2006
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 154
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Fecha de entrada en vigor del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos: 30 de diciembre de 2006
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 24
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: cuarto
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: No aplica
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17-A
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: Primero
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Ultima reforma publica en el DOF: 18 de mayo de 2018
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17-A
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: Segundo
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: Ultima reforma publica en el DOF: 18 de mayo de 2018
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 25
Fracción: No aplica
Inciso: No aplica
Párrafo: No aplica
Número: No aplica
Letra: No aplica
Otro: No aplica
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: No aplica
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: Confrontar la información contenida en el Plan de Manejo con la que obra en poder de la Secretaría
Fines para conservar información el trámite: No aplica
Descripción: Confrontar la información contenida en el Plan de Manejo con la que obra en poder de la Secretaría
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 414
Número de solicitudes rechazadas: 193
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Podrá solicitar que sean cotejadas por el ECC las copias simples del poder notarial y que sean devueltos los originales. Los NRA son únicos y se asocian directamente al RFC y el domicilio de las instalaciones donde se generan los residuos peligrosos, verificar en la constancia de recepción que si ya tiene un NRA previo no se genere uno nuevo al ingresar el trámite.
Última modificación del trámite o servicio: 18 enero 2024
Oficinas de Atención

Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas

Ciudad de México, Miguel Hidalgo, Ejercito Nacional Miguel Hidalgo, Anáhuac I Sección, 223, C.P.11320, Telefono: (555) 490-0900, ,ext. 23603___,
Correo: [email protected]

Lunes 9:00 A. M. a 3:00 P. M.

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