Incorporación al registro de organizaciones relacionadas con la conservación y el aprovechamiento sustentable de la vida silvestre.

Homoclave: SEMARNAT-08-004 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Registro
Dependencia: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Unidad administrativa: Dirección General de Vida Silvestre
Nivel de gobierno:
¿Perteneces a una organización no gubernamental que realiza actividades enfocadas a la conservación o aprovechamiento sustentable de la vida silvestre? ¡Regístrala! ¡Acude a la SEMARNAT y solicita información!
Requisitos
1
Documentos de acreditación de la personalidad del solicitante
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 12
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Segundo
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: 1. Original o copia certificada y copia simple para cotejo del Acta Constitutiva para personas morales (la copia deberá estar legible y deberá ser la misma que el instrumento legal que están presentando). 3 Original o copia certificada y copia simple para cotejo del documento con el que se acredita la representación legal del solicitante. Para el caso de personas morales: Poder Notarial, sólo en el caso de que la representación y las actuaciones para las que se encuentre facultado no se encuentren contenidas desde el Acta Constitutiva.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza: Para cotejo del (de la) servidor(a) público(a)
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Comprobante de Pago del trámite
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-F-1
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y ANEXO 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022
Descripción: Corresponde al pago de derechos del trámite
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 0 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
Federal
Reglamento
12
Pasos
1 Revisa los requisitos del trámite.
2 Llena el formato FF - SEMARNAT – 06 y ten listos los requisitos que en él se indican, incluyendo el pago de derechos.
3 Acude a ingresarlo a la oficina correspondiente: - Al tratarse de un trámite descentralizado y desconcentrado puede realizarse en los Espacios de Contacto Ciudadano (ECC) de la SEMARNAT en la Ciudad de México y en los ECC las Delegaciones Federales de la SEMARNAT en los Estados, salvo para aquellas ubicadas en Baja California, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas, quienes a través de su autoridad ambiental estatal correspondiente tienen la atribución de su gestión, mediante la firma de un Convenio específico de Descentralización de Funciones en Materia de Vida Silvestre.
4 Da seguimiento en el siguiente link: http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/transparencia/constramite.html y en caso de que al ingreso de tu trámite hayas solicitado notificarte en Oficinas Centrales o en Delegación, cuando indique “Recepción de resolutivo en el ECC para su entrega” acude a notificarte al Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) donde haya sido emitida la resolución para el caso del ECC de la SEMARNAT de la Ciudad de México en horario de atención de 9:30 a 15:00 horas.”
Costo
$ 632.00
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-F-1
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y ANEXO 19 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, mismo que entra en vigor el 1° de enero de 2024.
¿En dónde puedo realizar el pago? http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/pagosat5.html
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 90 Días naturales
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: I. Recibida la solicitud, y dentro del primer tercio del plazo establecido para la resolución del trámite correspondiente, la Secretaría revisará la solicitud y los documentos presentados y, en su caso, prevendrá al interesado para que complete la información faltante, la cual deberá presentar dentro del término de quince días hábiles, contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación respectiva. El plazo de resolución se interrumpirá durante el término concedido al particular para desahogar la prevención; II. Transcurrido el plazo sin que se desahogue la prevención, se desechará el trámite; III. Desahogado el requerimiento la Secretaría reanudará el plazo de resolución correspondiente, y IV. Transcurridos los plazos de resolución sin que la Secretaría haya emitido pronunciamiento alguno respecto a la solicitud, se entenderá resuelta en sentido afirmativo, excepto en los supuestos para los que este Reglamento señale expresamente que la respuesta debe entenderse en sentido negativo.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 30 Días naturales
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 15 Días naturales

Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Tercero con carta poder
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando cualquier persona u organización o asociación no gubernamental está relacionada con programas enfocados al manejo, conservación o aprovechamiento sustentable de la vida silvestre.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Ninguna de las anteriores
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- María de los Ángeles Cauich García
Cargo: Directora General de Vida Silvestre
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 490-0900
Ext: 23309
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 10
Fracción: VII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 12
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 13
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Admiistrativo
Artículo: 69 C
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 13
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 10
Fracción: VII
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Procedimiento Administrativo
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 17
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 194-F-1
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y ANEXO 19 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, mismo que entra en vigor el 1° de enero de 2024.
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 17
Número de solicitudes rechazadas: 1
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
SEMARNAT-08-004 ¿En qué casos se debe presentar el trámite? Cuando una persona moral no gubernamental tenga objetos sociales relacionados con la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre. ¿Quién puede realizar el trámite? El representante legal de la personal moral con capacidad para realizar trámites, gestiones y comparecencias que fueren necesarios para la tramitación de tal procedimiento, incluyendo la interposición de recursos administrativos. ¿Qué documento(s) requiere mi representante o apoderado? Poder Notarial, sólo en el caso de que la representación y las actuaciones para las que se encuentre facultado no se encuentren contenidas desde el Acta Constitutiva. ¿En dónde se puede realizar el trámite? Al tratarse de un trámite descentralizado y desconcentrado puede realizarse en los Espacios de Contacto Ciudadano (ECC) de la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS) en la Ciudad de México y en los de las Delegaciones Federales de la SEMARNAT en los Estados, salvo para aquellas ubicadas en Baja California, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas, quienes a través de su autoridad ambiental estatal correspondiente tienen la atribución de su gestión, mediante la firma de un Convenio específico de Descentralización de Funciones en Materia de Vida Silvestre (para todos los casos consultar el apartado “Ubica tu oficina más cercana” que está disponible en la parte inferior del sitio electrónico de este trámite); asimismo, en el mismo apartado están disponibles los horarios y días de atención. ¿Por qué medio debo de presentar el trámite? Presencial, mediante su formato debidamente llenado que se puede descargar del apartado electrónico de Trámites de la SEMARNAT disponible en la liga: http://dsiappsdev.semarnat.gob.mx/formatos/DGVS/FF-SEMARNAT-006%20SEMARNAT-08-004.pdf, además de ser indispensable cumplir con la totalidad de los requisitos. ¿En qué momento del año se puede solicitar este trámite? Todo el año. ¿Cómo y en dónde puedo realizar el pago de derechos del trámite? Por cada solicitud de registro en materia de vida silvestre el pago se deberá de efectuar en el formato Hoja de Ayuda del Pago de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA’s) e5cinco, el cual se puede encontrar en http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/pagosat5.html, y se debe realizar en los bancos autorizados a través de sus portales de internet o directamente en las ventanilla bancarias. En la liga anterior podrás obtener dicha Hoja, además de encontrar información general, preguntas frecuentes y un instructivo al respecto. ¿Cuál es el plazo de resolución o conclusión de este trámite? El plazo máximo de resolución del trámite son 90 días naturales a partir del día siguiente hábil a la fecha de presentación de la solicitud. ¿Qué procede en caso de que me falte un requisito? La autoridad inicia un plazo de prevención para requerirle al particular la información faltante al trámite, que para este caso es de 30 días naturales a partir del día siguiente de su recepción. ¿Aplica positiva ficta? No. ¿Qué vigencia tiene la resolución emitida? Indefinida ¿Puedo darle seguimiento a mi trámite por internet? Sí, ingresando a la siguiente liga: http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/transparencia/constramite.html ¿Qué fundamento jurídico le da origen al trámite? Artículo 10, Fracción VII y Artículo Tercero Transitorio de la Ley General de Vida Silvestre, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 03/07/2000.
Última modificación del trámite o servicio: 11 enero 2024
Autoridad pública responsable

Espacio de Contacto Ciudadano

Ejército Nacional 223 Anáhuac I Sección Miguel Hidalgo C.P.11320

Gobiernos Estatales que cuentan con firma de Convenio específico de Descentralización en Materia de Vida Silvestre, y datos de su Autoridad Ambiental que brinda la atención correspondiente en la entidad.

Ver anexo 0 Anáhuac I Sección Miguel Hidalgo C.P.11320

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