Aviso de inicio de funcionamiento de unidades de producción primaria

Homoclave: SENASICA-04-038 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Aviso
Dependencia: Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
Unidad administrativa: Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera
Nivel de gobierno:
Si tiene una Unidad de Producción Primaria de bienes de origen pecuario con fines de consumo humano, es necesario que lo notifique al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), ya que esta información es necesaria para que este Servicio tenga conocimiento de su ubicación y así poder identificar a los animales que sean producidos en éstas, su trazabilidad.
Requisitos
1
Aviso el cual deberá contener la siguiente información: Nombre o razón social; II. Domicilio del interesado; III. Número de teléfono y, en su caso, de fax; IV. Correo electrónico, en su caso, y V. Número del Registro Federal de Contribuyentes o en su defecto la Clave Única de Registro de Población.
Original
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 3
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Documento que informa
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Acta constitutiva
1 copia certificada
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 195
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Documento que permite corroborar la información del solicitante
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 5 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Artículo: 195
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Documento que comprueba la apertura ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 1 día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
4
Constancia de autorización vigente del médico veterinario responsable autorizado, quien coadyuvará y vigilará el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas de acuerdo al tipo de establecimiento que corresponda.
1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Artículo: 195
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Documento que comprueba la Unidad de Producción se encuentra asesorada por un del médico veterinario responsable autorizado.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 60 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 Acude a las oficinas centrales
2 Entrega tu aviso
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: No aplica
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Representante legal
  • Otro: Propietarios
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando seán propietarios de una unidad de producción de bienes de origen pecuario
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza
Subsector: Cría y explotación de animales Servicios relacionados con las actividades agropecuarias y forestales
Rama: Acuicultura
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Proceso de aperturaOperación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- Joaquín Rivera Quiroz
Cargo: Jefe de Departamento de Certificación, Verificación, Inspección, Autorización y Aprobación en Inocuidad Pecuaria, Acuícola y Pesquera
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 905-1000
Ext: 51540
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: Insurgentes Sur , Exterior 489_______, Hipódromo, Cuauhtémoc, CP 06100, Teléfono (555) 905-1000, Extensión 51508___, Correo electrónico [email protected], Ciudad de México
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 105
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 110
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 110
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 6
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 15
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 197
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite: Certificación de las Buenas Prácticas Pecuarias
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 590
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
La Secretaría verificará el cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal aplicables a los establecimientos que dieron aviso de funcionamiento, con base en el artículo 199 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal, publicado en el DOF el 21 de mayo de 2012: por lo que se sugiere que las personas físicas o morales, que presenten al aviso indiquen la actividad real a la que se dedicará el establecimiento. Los propietarios o representantes legales estarán obligados a proporcionar la información veraz y actualizada requerida por la Secretaría, cuando corresponda cambio y ampliación de giro, ampliación de instalaciones y proceso, elaboración de nuevos productores, elaboración de nuevos productos, cambios de representación legal, cambio de domicilio, médico veterinario responsable autorizado o en la constitución de la persona moral, según lo establecido en el Artículo 198 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal, Publicado en el DOF el 21 de mayo de 2012. Los establecimientos que den aviso de inicio de funcionamiento que se dediquen a la comercialización de productos para uso o consumo animal registrados y autorizados, así como a la prestación de servicios zoosanitarios, estarán obligados a notificar por escrito a la Secretaría su cancelación de actividades; con base en el artículo 207 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal, publicado en el DOF el 21 de mayo de 2012. Cuando el establecimiento modifique algunas de las características que dieron origen al aviso de inicio de funcionamiento o autorización o dé por terminadas sus actividades, deberá comunicarlo a la Secretaría en un plazo no mayor de treinta días hábiles a partir del día hábil siguiente en que se concrete cualquier modificación conforme a lo establecido en el artículo 208 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal, publicado en el DOF el 21 de mayo de mayo 2012.
Última modificación del trámite o servicio: 23 abril 2025
Oficinas de Atención

Oficina de Control de Gestión del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria

Ciudad de México, Cuauhtémoc, Insurgentes Sur Cuauhtémoc, Hipódromo, 489, C.P.06100, Telefono: (555) 905-1000, ,

Lunes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.

Martes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.

Miércoles 9:00 A. M. a 6:00 P. M.

Jueves 9:00 A. M. a 6:00 P. M.

Viernes 9:00 A. M. a 6:00 P. M.

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