Otorgamiento de Título de permiso de Tratamiento de Petróleo

Modalidad: Otorgamiento de Título de permiso de Tratamiento de Petróleo

Homoclave: SENER-09-012-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Secretaría de Energía
Unidad administrativa: Dirección General de Petrolíferos
Nivel de gobierno:
Te permite obtener el permiso de tratamiento que comprende los procesos industriales previos a la refinación, a los cuales se somete el Petróleo, para llevar a cabo la separación de agua, sedimentos u otros compuestos con los que se encuentre mezclado.
Requisitos
1
1 . Acta de nacimiento, pasaporte o credencial de elector vigente, de quien será titular del permiso(persona física).2. Acta constitutiva certificada por notario público de la razón social quien será titular del permiso (persona moral).3. Escrito libre donde se describa la estructura del capital social del interesado.4. Poder notarial del representante legal, en su caso(original o copia certificada y copia simple).5. Escrito libre donde el solicitante indique el domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas.6. Escrito libre describiendo la actividad que va a realizar.7. Documento con la ubicación geo-referenciada de las instalaciones que serán sujetas a Permiso.8. Plot-Plan de las instalaciones sujetas a Permiso.9. Documento que indique el tipo, origen, calidad y volumen de la materia prima a procesar.10. Documento en el que se indique el listado, calidad y volumen de los productos finales que se espera obtener en las instalaciones sujetas a Permiso.1 1 . Diagrama de Flujo de Proceso (DFP) de los principales procesos involucrados en las diferentes instalaciones que serán sujetas a Permiso.12. Documento en el que se describa la capacidad nominal y útil estimada de proceso de las instalaciones involucradas en la actividad sujeta a Permiso.13. Documento con la descripción de las plantas de proceso de las instalaciones involucradas en la actividad sujeta a Permiso.14. Carta firmada por el solicitante o su representante legal en la que se obliga a contar con las garantías o seguros que le sean requeridos por la autoridad competente.15. Documento con la lista de contratos o promesa de contrato para el suministro y su vigencia.16. Documento con la descripción y esquema del plan general de financiamiento, desglosando las aportaciones de capital y del plan de crédito que, en su caso, vaya a adoptarse.17. Copia simple de las dos últimas declaraciones anuales de impuestos.18. Copia de los estados financieros de los dos últimos ejercicios, o en su caso de estar obligado a contar con estados financieros dictaminados, presentar los últimos dos ejercicios auditados para efectos fiscales por auditores externos debidamente autorizados, de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables(para personas morales).19. Carta compromiso firmada por el solicitante o su representante legal, en la que se obliga a presentar la carta de intención de disponibilidad de los recursos financieros para desarrollar el proyecto otorgada por una institución financiera, en su caso.20. Documentación que acredite la capacidad técnica del solicitante.21. Documento que contenga una descripción general del proyecto, que incluya un estimado de calendario, monto de inversión y plan de negocios.22. Dictamen de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), en el que se acredite el cumplimiento de lo establecido por el artículo 51 fracción I de la Ley de Hidrocarburos, el cual establece que el otorgamiento de los permisos a que se refiere el Título Tercero de la mencionada Ley está sujeto a que el interesado demuestre que, en su caso, cuenta con un diseño de instalaciones o equipos acordes con la normativa aplicable y las mejores prácticas. Anexo al dictamen debe ir el Manifiesto de Conocimiento Regulatorio. 23. Evaluación de impacto social.24. Comprobante de pago de derechos.
Original y 1 copia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 50, 51 y 121
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los formatos y especificaciones de los requisitos a que se refieren los artículos 50, 51 y 121 de la Ley de Hidrocarburos para el otorgamiento de permisos en materia de tratamiento y refinación de petróleo, así como de procesamiento de gas natural.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Requisitos solicitados conforme a lo establecido en los artículos 50, 51 121 de la Ley de Hidrocarburos.
Forma parte del formato: Si
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 30 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
Formato requerido:
Federal
Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los formatos y especificaciones de los requisitos a que se refieren los artículos 50, 51 y 121 de la Ley de Hidrocarburos para el otorgamiento de permisos en materia de tratamiento y refinación de petróleo, así como de procesamiento de gas natural.
Pasos
1 Solicitar un dictamen a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del sector de hidrocarburos (ASEA), en el que se acredite el cumplimiento de lo establecido por el artículo 51, fracción I de la Ley de hidrocarburos, el cual establece que el otorgamiento de los permisos a que se refiere el Título Tercero de la mencionada Ley está sujeto a que el interesado demuestre que, en su caso cuenta con un diseño de instalaciones o equipos acordes con la normativa aplicable y las mejores prácticas.
2 Una vez obtenido el dictamen de la ASEA, elaborar oficio solicitando obtención del Título de Permiso de tratamiento de petróleo.
3 Recopila información requerida para obtención del Título de Permiso de tratamiento de petróleo de conformidad con las Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los formatos y especificaciones de los requisitos a que se refieren los artículos 50,51 y 121 de la Ley de Hidrocarburos para el otorgamiento de permisos en materia de tratamiento y refinación de petróleo, así como procesamiento de gas natural.
4 Enviar el oficio y la información requerida para solicitar el Título de Permiso de tratamiento de petróleo a las oficinas de la Dirección General de Petrolíferos de la SENER.
5 En caso que la Dirección General de Petrolíferos considere que el interesado deba aportar información adicional, este deberá proporcionarla según lo establecido en las leyes y reglamentos aplicables.
6 Esperar a que la Dirección General de Petrolíferos analice la información proprcionada para determinar si se otorga el Título de Permiso de tratamiento de petróleo según lo establecido en las leyes y reglamentos aplicables.
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Liga electrónica para agendar una cita en linea para realizar el trámite:
Costo
$ 165,861.00
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 61
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra: A
Otro:
¿En dónde puedo realizar el pago? En el banco
Descripción del medio de pago: -
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 100 Días hábiles
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 30 Días hábiles
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 30 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 45
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
1.- Es necesario que la solicitud de permiso contenga: l. El nombre y domicilio del solicitante; 11. La actividad que desea realizar; 111. Las especificaciones técnicas del proyecto; IV. En su caso, el documento en que se exprese el compromiso de contar con las garantías o seguros que le sean requeridos por la autoridad competente, y V. La demás información que se establezca en la regulación correspondiente. 2.- El otorgamiento del permiso estará sujeto a que el interesado demuestre que, en su caso, cuenta con: l. Un diseño de instalaciones o equipos acordes con la normativa aplicable y las mejores prácticas, y 11. Las condiciones apropiadas para garantizar la adecuada continuidad de la actividad objeto del permiso. 3.- Los interesados en obtener un permiso para desarrollar la actividad de Tratamiento de Petróleo, deberán presentar a la Secretaría de Energía una evaluación de impacto social que deberá contener la identificación, caracterización, predicción y valoración de los impactos sociales que podrían derivarse de sus actividades, así como las medidas de mitigación y los planes de gestión social correspondientes, en los términos que señale el Reglamento de la Ley de Hidrocarburos. La resolución favorable dependerá de la evaluación técnica que realice la Secretaría de Energía, a través de la Dirección General de Petrolíferos.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 45
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: 30 años de vigencia
Observaciones:
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 11
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando se quiera realizar la actividad de Tratamiento de Petróleo
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Proceso de apertura
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Consultas
Otro:
Nombre:- Arturo Alejandro Macías Macías
Cargo: Director de Área
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (555) 000-6000
Ext: 1407
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 48 y 80
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 84
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 45
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 16, 17 y 17 A
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 11
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 4
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 4
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 61
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra: A
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 48, 50, 51, 80 y 121
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 45
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 45
Fracción: III
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los formatos y especificaciones de los requisitos a que se refieren los artículos 50, 51 y 121 de la Ley de Hidrocarburos para el otorgamiento de permisos en materia de tratamiento y refinación de petróleo, así como de procesamiento de gas natural.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 80
Fracción: I
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 45
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Disposiciones
Nombre: Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los formatos y especificaciones de los requisitos a que se refieren los artículos 50, 51 y 121 de la Ley de Hidrocarburos para el otorgamiento de permisos en materia de tratamiento y refinación de petróleo, así como de procesamiento de gas natural.
Artículo:
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Artículo: 45
Fracción: II
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción: Verificar que se cumpla con el objeto materia del permiso, en los términos y condiciones establecidos en la ley y demás ordenamientos legales.
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas: 0
Número de solicitudes rechazadas: 0
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Última modificación del trámite o servicio: 24 mayo 2022
Autoridad pública responsable

Dirección General de Petrolíferos

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