Anotación de Primer y Segundo Aviso Preventivo.

Homoclave: SGG-2022-3187-187-A Tipo: Trámite Tipo de trámite: Constancia
Dependencia: Secretaría General de Gobierno
Unidad administrativa: Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
Nivel de gobierno:
El primer aviso preventivo es el acto por el cual el Notario Público comunica al Registro que ante su fe se encuentra en trámite alguna operación y este aviso tendrá vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de presentación. El segundo aviso preventivo es el acto por medio del cual el notario público comunica al Registro la formalización de la operación que se haya hecho ante su fe, proporcionando la fecha de la escritura y la de su firma y este tendrá vigencia de 90 días naturales partir de la recepción del mismo.
Requisitos
1
Solicitud de la anotación del primero o segundo aviso preventivo del notario o autoridad competente con las formalidades de ley
Original
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Registro Público de la Propiedad y del Comercio para el Estado de Chiapas
Artículo: 154
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Documento expedido por fedatario publico y/o autoridad competente
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: 3 días
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero
Tipo de revisión necesaria:
Nombre de la empresa o persona que lo emite:
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Boleta de Pago de Derechos
Original
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Registro Público de la Propiedad y del Comercio para el Estado de Chiapas
Artículo: 4
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Descripción: Documento expedido por cualquier modulo de recaudación de la Secretaria de Hacienda del Estado de Chiapas.
Forma parte del formato: No
Naturaleza: Documento para entrega al Sujeto Obligado
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 Acudir a la Delegación del Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde efectuara el trámite;
2 Presentar en el área de ventanillas, la documentación a inscribir;
3 Previa validación de requisitos, se le proporcionara un acuse de recibido de dicha documentación (Volante);
4 Posteriormente, la documentación (volante), se pasará al área de calificación, donde previo análisis de la información entre la documentación y lo que obra en el sistema denominado Sistema Integral Registral del Estado de Chiapas, se procederá a inscribir;
5 El usuario puede recoger su trámite en un plazo de veinticinco a treinta días hábiles, mismo que podrá pasar al área de ventanillas, con el acuse de recibo (volante), debidamente inscrito; así mismo, el plazo de entrega dependerá de las circunstancias supervinientes, como pueden ser, rezago de trabajo y/o suspensión de labores o cualquier otra causa ajena a la Institución.
Costo
$ 530.00
Monto Fijo
Moneda en la que se realizó el pago: Pesos Mexicanos
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Derechos para el Estado de Chiapas
Artículo: 21
Fracción: XIV yXV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra: Ter
Otro:
¿En dónde puedo realizar el pago? Oficina Recaudadora de Hacienda para el Estado de Chiapasódulos de Hacienda
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago: Previo al inicio del trámite
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 25 Días hábiles
Anexo de los criterios de resolución
Descargar documento de criterios de resolución: Archivo
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: No aplica

Además de cumplir con todos los requisitos, que otras condiciones o consideraciones son necesarias:
Se necesita realizar la verificación de la información contenida en la solicitud con lo que obra en el sistema.
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: No aplica
Vigencia de la resolución
Vigencia: 30 días naturales de vigencia
Observaciones: El primer aviso preventivo, tiene una vigencia de 30 días naturales; y el segundo aviso preventivo, tiene una vigencia de 60 días.
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Se inscribe en el caso de proteger al inmueble de no realizar cualquier otro movimiento registral, distinto al que ya se formalizo ante notario público.
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- María de Lourdes Morales Urbina
Cargo: Directora
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (961) 613-3020
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite: 5ta. Norte Poniente, Interior S/N, Exterior 1320, Tuxtla Gutiérrez Centro, Tuxtla Gutiérrez, CP 29000, Teléfono (961) 613-3020, Correo electrónico [email protected], Chiapas
Fundamento Jurídico
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Registro Público de la Propiedad y del Comercio para el Estado de Chiapas
Artículo: 108
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Registro Público de la Propiedad y del Comercio para el Estado de Chiapas
Artículo: 38
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento del Registro Público de la Propiedad y del Comercio para el Estado de Chiapas
Artículo: 29
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Código
Nombre: Código Civil para el Estado de Chiapas
Artículo: 2974
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Derechos para el Estado de Chiapas
Artículo: 21
Fracción: XIV yXV
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra: Ter
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?: No
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite:
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas:
Número de solicitudes rechazadas:
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El usuario puede recoger su trámite en un plazo de veinticinco a treinta días hábiles, mismo que podrá pasar al área de ventanillas, con el acuse de recibo (volante), debidamente inscrito; así mismo, el plazo de entrega dependerá de las circunstancias supervinientes, como pueden ser, rezago de trabajo y/o suspensión de labores o cualquier otra causa ajena a la Institución. Ademas de los requisitos establecidos, se deberá de anexar copia de la credencial de elector de la persona que ingrese dicho tramite
Última modificación del trámite o servicio: 09 enero 2023
Autoridad pública responsable

Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

5ta. Norte Poniente 1320 Tuxtla Gutiérrez Centro Tuxtla Gutiérrez C.P.29000

Lunes 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

Martes 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

Miércoles 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

Jueves 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

Viernes 8:00 A. M. a 4:00 P. M.

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