Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | Sí |
Tipo de revisión necesaria: Certificación | |
Nombre de la empresa o persona que lo emite: Otro | |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
1 | Ambos cónyuges deben presentarse en cualquier Oficialía del Registro Civil en el Estado. |
2 | Manifestar que es voluntad de ambas personas iniciar trámite de Divorcio Administrativo (pueden presentar solicitud escrito libre o se les proporciona en la Oficialía) |
3 | Llenada la solicitud entregaran al Oficíal en conjunto con los requisitos, quien analizara la documentación presentada para determinar su procedencia. |
4 | Siendo procedente el trámite el Oficial recibe la solicitud con los requisitos establecidos y da cita a los interesados para la audiencia de ratificación de su solicitud y presentación de testigos (dos testigos). |
5 | Agotado el procedimiento, el Oficial declara la disolución del vinculo matrimonial levanta el acta de divorcio y entrega un tanto original a los interesados. |
6 | De haber sido tramitado el procedimiento en la misma Oficialía que registro el matrimonio, ésta procede al resguardo del acta en su archivo y notifica a la Dirección del Registro Civil para los efectos conducentes; en caso contrario procede a notificar a la Oficina registradora del matrimonio para la vinculación del acta de divorcio en la partida de matrimonio correspondiente e informa a la Dirección del Registro Civil . |
Descripción | Requerido |
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La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites | No |
La resolución es requisito de otro trámite | No |
Directorio de Oficialias del Registro Civil en el Estado (https://slp.gob.mx/sgg/pdf/Directorio%20de%20oficilias%20del%20Registro%20Civil.pdf)
San Luis Potosí, San Luis Potosí, Calle Simón Bolivar San Luis Potosí, Centro Histórico, 965, C.P.78230, Telefono: (448) 128-2002, ,
Correo: [email protected]
Lunes 8:00 A. M. a 3:00 P. M.
Martes 8:00 A. M. a 3:00 P. M.
Miércoles 8:00 A. M. a 3:00 P. M.
Jueves 8:00 A. M. a 3:00 P. M.
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