Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
Descripción | Requerido |
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Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero | No |
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental | No |
1 | Los refugiados tendrán derecho a solicitar reunificación familiar del cónyuge, concubinario, concubina, hijos, parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, parientes consanguíneos del cónyuge, concubinario, concubina, hasta el segundo grado que dependan económicamente del refugiado, así como la capacidad económica para su manutención. Para lo cual los refugiados, deberán: |
2 | Presentar ante la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados o ante el Instituto Nacional de Migración, una solicitud individual mediante escrito libre, a la cual se anexará la evidencia que acredite el vínculo familiar y su solvencia económica. Si las solicitudes de reunificación familiar sonpresentadasanteelInstituto,éstelasremitiráala Coordinación al día hábil siguiente al de su recepción. |
3 | Desahogar ante la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, al menos una entrevista personal, con la finalidad de corroborar la veracidad de los elementos aportados.,www.gob.mx/comar/acciones-y-programas/tramites-comar |
Descripción | Requerido |
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La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites | No |
La resolución es requisito de otro trámite | No |
Coordinación General de la Comisión Mexicana para Ayuda a Refugiados
C.P., ,
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