Autorización para que una sociedad controladora invierta en títulos representativos del capital social de entidades financieras del exterior.

Modalidad: No aplica.

Homoclave: SHCP-01-059 Tipo: Trámite Tipo de trámite: Autorización
Dependencia: Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Unidad administrativa: Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social
Nivel de gobierno:
¿Eres una sociedad controladora y deseas invertir en el capital social de entidades financieras del extranjero? Solicita autorización a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Requisitos
1
Escrito libre de solicitud
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: Escrito libre que deberá contener: a) Nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan, en su caso, de su representante legal.b) Domicilio para oír y recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas.c) La petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición, el órgano administrativo a que se dirigen y lugar y fecha de emisión.d) Especificar el importe total de la inversión y el porcentaje de participación accionaria que esta represente en el capital social de la entidad financiera del exterior de que se trate, así como la justificación de la viabilidad económica y operativa de realizarse la inversión en la entidad financiera del exterior. e) Firma del interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, su huella digital.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
2
Documento que acredite la personalidad del promovente.
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: Documento que acredite la personalidad del promovente.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
3
Copia autentificada por el secretario del consejo de administración de la Sociedad Controladora, del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno que corresponda, en el que conste la aprobación del monto por invertir en el capital de la entidad financiera del exterior, de que se trate.
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: Copia autentificada por el secretario del consejo de administración de la Sociedad Controladora, del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno que corresponda, en el que conste la aprobación del monto por invertir en el capital de la entidad financiera del exterior, de que se trate.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
4
Proyecto de escritura constitutiva de la entidad financiera del exterior, en caso de ser de nueva creación. En caso de una entidad financiera del exterior ya constituida, únicamente deberá presentar instrumento público otorgado ante fedatario público que contenga los estatutos sociales vigentes.
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: Proyecto de escritura constitutiva de la entidad financiera del exterior, en caso de ser de nueva creación. En caso de una entidad financiera del exterior ya constituida, únicamente deberá presentar instrumento público otorgado ante fedatario público que contenga los estatutos sociales vigentes.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
5
Autorización o el registro, según sea el caso, expedido por la autoridad competente del lugar de origen de la entidad financiera del exterior para constituirse y operar.
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: Autorización o el registro, según sea el caso, expedido por la autoridad competente del lugar de origen de la entidad financiera del exterior para constituirse y operar.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
6
Autorización expedida por la autoridad competente del lugar de constitución de la entidad financiera del exterior, para que la Sociedad Controladora participe en su capital social.
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: Autorización expedida por la autoridad competente del lugar de constitución de la entidad financiera del exterior, para que la Sociedad Controladora participe en su capital social.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
7
Estados financieros consolidados y auditados de la entidad financiera del exterior, correspondientes a los tres últimos ejercicios. Lo anterior salvo que se trate de una entidad financiera del exterior de nueva creación.
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: Estados financieros consolidados y auditados de la entidad financiera del exterior, correspondientes a los tres últimos ejercicios. Lo anterior salvo que se trate de una entidad financiera del exterior de nueva creación.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
8
Escrito que justifique la realización de la inversión en la entidad financiera del exterior de que se trate, y se señalen las ventajas y desventajas de la operación.
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: Escrito que justifique la realización de la inversión en la entidad financiera del exterior de que se trate, y se señalen las ventajas y desventajas de la operación.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
9
Resolución del órgano de administración de la entidad financiera del exterior que apruebe la participación de la Sociedad Controladora en su capital social.
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: Resolución del órgano de administración de la entidad financiera del exterior que apruebe la participación de la Sociedad Controladora en su capital social.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
10
Documentación legal que acredite la personalidad y facultades del representante legal de la entidad financiera del exterior.
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: Documentación legal que acredite la personalidad y facultades del representante legal de la entidad financiera del exterior.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
11
Los programas y convenios conforme a los cuales la Sociedad Controladora adquirirá los títulos representativos del capital social de la entidad financiera del exterior que corresponda
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: Los programas y convenios conforme a los cuales la Sociedad Controladora adquirirá los títulos representativos del capital social de la entidad financiera del exterior que corresponda
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
12
La relación de accionistas de la entidad financiera del exterior y el porcentaje de tenencia accionaria de cada uno.
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: La relación de accionistas de la entidad financiera del exterior y el porcentaje de tenencia accionaria de cada uno.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
13
La demás documentación que, en su caso, solicite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a efecto de evaluar la solicitud correspondiente.
Original y 3 copias
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Descripción: La demás documentación que, en su caso, solicite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a efecto de evaluar la solicitud correspondiente.
Forma parte del formato: No
Naturaleza:
Utilidad tiene este requisito, para la dictaminación o resolución del trámite o servicio:
Tiempo promedio en conseguir el requisito para su presentacion: día
Descripción Requerido
Es necesario alguna firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero No
El requisito solicitado es un trámite que se debe realizar con alguna dependencia gubernamental No
Formato requerido:
No se presenta formato
Pasos
1 Presentar la solicitud en las oficinas de la ! Unidad de Seguros, Pensiones y j Seguridad Social. En caso de prevención. ] dar respuesta y presentarla en la misma . oficina de atención.
Costo
Gratuito
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se pude realizar el pago:
Plazo de respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver: 180 Días naturales
Metodología para llevar acabo la resolución
Metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio: Se revisa y analiza conforme a la normatividad aplicable y derivado de ello se emite la resolución.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 90 Días naturales
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 15 Días hábiles

Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 8
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Respuesta de la Dependencia en caso de no responder en el tiempo establecido: Negativa ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Vigencia de la resolución
Vigencia: no aplica
Observaciones:
¿Quién puede solicitarlo?
Lo puede solicitar:
  • Interesado
  • Representante legal
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio? Cuando una sociedad controladora quiera invertir en entidades financieras del exterior.
Actividad econónomica que está vinculada al trámite o servicio
Servicios financieros y de seguros
Subsector: Compañías de seguros, fianzas, y administración de fondos para el retiro Sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro y fondos de inversión
Rama: Servicios relacionados con los seguros y las fianzas, y administración de fondos para el retiro
El trámite o servicio se realiza cuando una empresa se encuentra en: Operación
Descripción Requerido
La resolución de este trámite está vinculada con la presentacion de otros trámites No
La resolución es requisito de otro trámite No
Autoridades responsables
Rol del Funcionario: Contacto oficial
Otro:
Nombre:- YOLANDA TORRES SEGARRA
Cargo: COORDINADORA JURÍDICA DE SEGUROS, FIANZAS Y PENSIONES
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (553) 688-1574
Ext:
Datos de la Unidad Administrativa del responsable del trámite:
Fundamento Jurídico
Fundamento de la ficta
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Primero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo: Tercero
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 81
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 81
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 7
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 81
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 81
Fracción: VI
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro: Artículo 47 de las Reglas Generales de Grupos Financieros.
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Artículo: 8
Fracción:
Inciso:
Párrafo:
Número:
Letra:
Otro:
Inspección, verficación o vista domiciliaria
Este trámite no requiere inspección
Inspecciónes o verficaciónes relacionadas
Este trámite no tiene inspecciónes relacionadas
Conservar Información
¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?:
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: En atención a que son supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y/o la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en virtud de que se otorga autorización para que una sociedad controladora invierta en títulos representativos del capital social de entidades financieras del exterior.
Fines de Acreditación para conservar información del trámite: En atención a que son supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y/o la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en virtud de que se otorga autorización para que una sociedad controladora invierta en títulos representativos del capital social de entidades financieras del exterior.
Fines para conservar información el trámite:
Descripción:
Número de solicitudes realizadas en el año anterior
Número de solicitudes aceptadas:
Número de solicitudes rechazadas:
Información adicional
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Ninguna
Última modificación del trámite o servicio: 05 mayo 2025
Oficinas de Atención

Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social

Ciudad de México, Álvaro Obregón, Insurgentes Sur Álvaro Obregón, Guadalupe Inn, 1971, C.P.01020, Telefono: (553) 688-1574, ,

Lunes 9:30 A. M. a 2:30 P. M.

Martes 9:30 A. M. a 2:30 P. M.

Miércoles 9:30 A. M. a 2:30 P. M.

Jueves 9:30 A. M. a 2:30 P. M.

Viernes 9:30 A. M. a 2:30 P. M.

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